Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 4/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

Núm. 27.3 de marzo de 2020

CVE: 20200300270020

Por haber desempeñado un puesto de Auxiliar de Turismo, en régimen funcionarial o laboral, perteneciente al Grupo C Subgrupo C2 o asimilado, en cualquier Administración Pública: a 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 6 puntos.
Por haber desempeñado un puesto de Informador Turístico en cualquier Administración Pública: 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
Por haber desempeñado un puesto de Diplomado en Turismo, en cualquier Administración Pública: 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 3 puntos.
Por haber efectuado prácticas de Informador Turístico o haber disfrutado de una beca de formación en prácticas en el Departamento de Turismo, en cualquier Administración Pública: 0,25 por mes o por cada 100 horas, hasta un máximo de 1 punto.
La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante certificado administrativo o documentos que acrediten fehaciente el puesto y funciones desempeñadas, la categoría profesional y la duración efectiva del trabajo contrato laboral junto con certificado de vida laboral.
7.3.- Conocimientos de Valenciano: Hasta un máximo de 4 puntos.
Se acreditarán estos conocimientos con la titulación expedida por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valenci u otro organismo oficial acreditado y se valorarán del siguiente modo:
Nivel A2: 1 punto.
Nivel B1: 1,5 puntos.
Nivel B2: 2 puntos.
Nivel C1: 3 puntos Nivel C2: 4 puntos Las distintas titulaciones no serán acumulables y sólo se puntuará la que acredite mayor conocimiento, siendo la puntuación máxima en este apartado de 4 puntos.
7.4.- Idiomas extranjeros: Hasta un máximo de 15 puntos.
Conocimientos en Inglés, Francés y Alemán:
Por estar en posesión de la Licenciatura o Título de grado equivalente en cualquiera de estos tres idiomas o de la Licenciatura en Traducción e Interpretación especialidad inglés, francés o alemán o grado equivalente: 5 puntos.
Por estar en posesión de los siguientes niveles de estos idiomas en la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes, de conformidad con el Marco Europeo de Referencia, de acuerdo con el siguiente baremo:
Nivel A1: 0,5 punto.
Nivel A2: 1 punto.
Nivel B1: 1,5 puntos.
Nivel B2: 2 puntos.
Nivel C1: 3 puntos Nivel C2: 4 puntos No se computarán acumuladamente los niveles de un mismo idioma sino que sólo se puntuará el que acredite mayor conocimiento.
Tampoco se acumulará la puntuación de los cursos de idiomas con las licenciaturas o grados equivalentes de un mismo idioma, por lo tanto la puntuación máxima a obtener por cada uno de los idiomas será de 5 puntos.
Conocimientos en otros idiomas extranjeros:
Por estar en posesión de la Licenciatura o Título de grado equivalente en otros idiomas extranjeros: 3 puntos.
Por estar en posesión de siguientes niveles de estos idiomas en la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes, de conformidad con el Marco Europeo de Referencia, de acuerdo con el siguiente baremo:
Nivel A1: 0,25 punto.
Nivel A2: 0,5 punto.
Nivel B1: 0,75 puntos.
Nivel B2: 1 puntos.
Nivel C1: 1,5 puntos Nivel C2: 2,5 puntos No se computarán acumuladamente los niveles de un mismo idioma sino que sólo se puntuará el que acredite mayor conocimiento.
Tampoco se acumulará la puntuación de los cursos de idiomas con la licenciatura o grado equivalente de un mismo idioma, por o tanto, la puntuación máxima a obtener por cada uno de los idiomas extranjeros será de 3 puntos.
La puntuación máxima a obtener en el apartado 7.4 idiomas extranjeros, acumulando la puntuación obtenida en inglés, francés y alemán y otros idiomas extranjeros, no podrá superar los 15 puntos.
7.5.- Publicación de las puntuaciones, plazo de reclamaciones y/o alegaciones y emplazamiento para la realización de la entrevista personal.
La puntuación máxima que podrá obtenerse en la baremación del concurso referente a los apartados anteriores, será de 36 puntos.
Para acceder a la entrevista personal, es necesario obtener un mínimo de 10 puntos en el concurso. Por lo tanto, aquellos/as aspirantes que obtengan el mínimo de 10 puntos, pasarán a la entrevista personal que es obligatoria y, realizada la misma, formarán parte de la Bolsa de Trabajo Temporal.
Finalizada la baremación de los apartados 7.1 a 7.4 del concurso, el Tribunal hará pública la puntuación obtenida por los/as aspirantes en Acta que publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y la página web, abriéndose un plazo de 5 días naturales para que los/
as opositores puedan presentar las reclamaciones y/o alegaciones que estimen convenientes a la puntuación obtenida y que se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento de Benicasim, en horario de registro y atención al público o mediante registro electrónico durante dicho plazo. Asimismo emplazará a los/as aspirantes que hayan obtenido un mínimo de 10 puntos a la realización de la entrevista personal, que será obligatoria y fijará la fecha y hora de realización de la misma.
LA ENTREVISTA PERSONAL, de carácter obligatorio, se puntuará hasta un máximo de 3 puntos y valorará el conocimiento del destino turístico Benicssim, la capacidad, disponibilidad, predisposición e iniciativa personal para la prestación del servicio.
Al efecto de una mayor objetividad en lo posible la puntuación de este apartado, el Tribunal, con anterioridad al inicio de las entrevistas, distribuirá la puntuación total a obtener entre los distintos apartados a valorar y consensuará las preguntas comunes que formulará a los/as aspirantes.
Los/as aspirantes aportarán curriculum vitae que adjuntarán a la instancia solicitando tomar parte de las pruebas selectivas.
OCTAVA.- RESOLUCIÓN DE EMPATES.
En caso de empate en la puntuación obtenida en la presente selección, se resolverá a favor de quien tenga mejor puntuación en el apartado experienciencia. De persistir el empate, se resolverá a favor del que haya obtenido mayor puntuación en apartado conocimiento de idiomas extranjeros. Si aún así continúa el empate, se resolverá a favor de la persona de mayor edad.
NOVENA.- CONSTITUCIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Publicada en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento la relación de aspirantes propuestos para integrar la Bolsa de Trabajo y su orden de puntuación, el Tribunal elevará a la autoridad competente propuesta de creación de la Bolsa de Auxiliar de Turismo, que será constituida por resolución de la Alcaldía y publicada en el B.O.P.
Cuando el Ayuntamiento proceda al llamamiento del/la aspirante al que, por orden de puntuación, le corresponda el nombramiento interino, éste/a presentará en la Sección de Recursos Humanos del Ayuntamiento en el plazo de 48 horas, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Base 2 de la convocatoria.
Si en el plazo indicado, salvo caso de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentase la documentación, no podrá ser nombrado/a y quedarán anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiere haber incurrido por falsedad en su instancia.
El funcionamiento de la bolsa de trabajo se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de Bolsas de Trabajo Temporal aprobadas por el Ayuntamiento de Benicasim en sesión plenaria celebrada el 25 de agosto de 2005 y publicadas en el B.O.P. de Castellón n.º 1 de fecha 3
de enero de 2006.
DÉCIMA. INCIDENCIAS.
El órgano técnico de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta convocatoria y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo. En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la normativa citada en la base primera de las mismas.
DECIMOPRIMERA. INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES. LEY ORGÁNICA 3/2018 DE 5 DE DICIEMBRE LOPDGDD.
El responsable del tratamiento de sus datos personales es el Ayuntamiento de Benicssim, con domicilio en calle Metge Segarra n.º 4, 12560 Benicssim pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos DPD mediante carta a dicho domicilio, sede electrónica o mediante correo electrónico dirigido a dpd@benicassim.org.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 4/3/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaysEspagne

Date04/03/2020

Page count28

Edition count4568

Première édition20/01/2011

Dernière édition06/08/2024

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