Boletín Oficial de Cantabria del 1/6/2023 - Extraordinario

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

JUEVES, 1 DE JUNIO DE 2023 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 44

3. Concluidas todas las actuaciones, la Inspección General de Servicios emitirá un informe y adoptará alguna de las siguientes decisiones:
a. Archivar el expediente.
b. Remitirlo al Ministerio Fiscal cuando los hechos pudieran ser indiciariamente constitutivos de delito o a la Fiscalía Europea en el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
c. Proponer la apertura del correspondiente procedimiento disciplinario o sancionador.
4. El plazo máximo para finalizar las actuaciones y dar respuesta al informante, si éste no ha renunciado a recibir comunicaciones, será de tres meses desde la recepción de la comunicación o, si no se remitió un acuse de recibo al informante, de tres meses a partir del vencimiento del plazo de siete días después de efectuarse la comunicación. El referido plazo se podrá ampliar motivadamente hasta un máximo de otros tres meses más en los casos de especial complejidad.
5. Cualquiera que sea la decisión, se comunicará al informante, salvo que haya renunciado a ello o que la comunicación sea anónima.
6. Las actuaciones administrativas de trámite desarrolladas por la Inspección General de Servicios en el presente procedimiento no serán recurribles en vía administrativa ni en vía contencioso administrativa, sin perjuicio del recurso administrativo o contencioso administrativo que pudiera interponerse frente a la eventual resolución que ponga fin al procedimiento disciplinario o sancionador que pudiera incoarse con ocasión de los hechos relatados.
7. El procedimiento de tramitación respetará, en todo momento, las disposiciones sobre protección de datos personales previstas en el Título VI de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, siendo responsable del tratamiento de los datos personales el Consejo de Gobierno, de conformidad a lo dispuesto en la normativa de protección de datos personales y en la referida Ley.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Soporte tecnológico Se encomienda a la Dirección General de Organización y Tecnología la provisión de la infraestructura tecnológica y herramientas necesarias para el desarrollo de este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La Dirección General competente en la materia notificará a la Autoridad Independiente de Protección del Informante A.A.I. el nombramiento del/a Inspectora General de Servicios como Responsable del Sistema Interno de Información de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de este Decreto, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 8.3 la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

i Pág. 4859

boc.cantabria.es
CVE-2023-5328

Notificación a la Autoridad Independiente de Protección del Informante A.A.I.

5/7

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 1/6/2023 - Extraordinario

TitreBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaysEspagne

Date01/06/2023

Page count10

Edition count842

Première édition07/01/2010

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2023>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930