Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/3/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 10 de marzo de 2022

Página 5

Por su parte, el personal de taller realizará un horario de lunes a viernes de 7:45 a 15:00
horas para el turno de mañana, y de 15:00 a 22:15 horas para el turno de tarde, debiendo recuperar 11 sábados al año en el periodo de 8 meses comprendido entre enero-abril, y septiembre-diciembre queda fuera de la recuperación el periodo de mayo a agosto.
En caso de ausencia por enfermedad o accidente que suponga baja médica, el personal deberá remitir la misma a su jefe inmediato en el término de 24 horas. Cuando la ausencia de un día o parte de él y no se llegue a baja facultativa, al incorporarse a su trabajo, el empleado deberá entregar justificante de dicha ausencia. La no entrega de dicha justificación se considerará falta injustificada al trabajo.
2. Vacaciones El personal disfrutará de unas vacaciones anuales de 23 días laborables, de lunes a viernes no computarán las jornadas de sábado, excepto cuando corresponda la prestación de servicios en ese concreto día semanal según cuadrante mensual, estableciendo a efectos de disfrute:
La posibilidad de fragmentar el disfrute en un máximo de tres periodos de, como mínimo, cinco días laborables siete días naturales cada uno de ellos.
Se dará preferencia a la concesión de periodos vacaciones que se inicien en jornada de lunes con el fin de favorecer la organización y el control de las actividades y jornada.
3. Retribución Durante la vigencia de este convenio, tanto la retribución mensual como el cómputo anual garantizado para cada uno de los grupos profesionales y categorías, se establece en las tablas salariales que figura como anexos al presente convenio colectivo y que son coincidentes, para cada uno de los años de vigencia del mismo 2022 y 2023, con las del Convenio Colectivo Estatal del Ciclo Integral del Agua, integrando la misma los siguientes conceptos salariales:
1 Salario base.
2 Plus de convenio.
3 Complemento de puesto de trabajo.
4 Complemento de vencimiento periódico superior al mes.
1. Salario base, es la parte de retribución de la persona trabajadora fijada por unidad de tiempo, de acuerdo con la jornada normal de trabajo. En caso de jornadas reducidas o especiales de trabajo, será el que proporcionalmente corresponda a las mismas.
2. Plus de convenio, todos los trabajadores percibirán este plus, que tendrá carácter de complemento salarial.
3. Complemento de puesto de trabajo, es el que debe percibir la persona trabajadora por razón de las características y condiciones relativas al puesto de trabajo.
4. Complemento de vencimiento superior al mes, son las dos pagas extraordinarias que los trabajadores tienen derecho en los meses de junio y diciembre, cuyo importe corresponde con el salario base.
Se abonarán al final de cada uno de dichos meses último día laborable del mes de junio y 20 de diciembre y proporcionalmente al tiempo de servicio prestado en los periodos de devengo de cada una de ellas, que son los siguientes:
1. Paga de junio: De 1 de enero a 30 de junio.
2. Paga de diciembre: De 1 de julio a 31 de diciembre.
4. Antigedad El importe que cada persona trabajadora viniese percibiendo anualmente en concepto de antigedad a 31 de diciembre de 2021 quedará consolidado en un nuevo concepto salarial denominado Antigedad consolidada, que se distribuirá a partir del 1 de enero de 2022 en los 12
pagos mensuales ordinarios. Esta antigedad consolidada se sumará a la cantidad que la persona trabajadora viniese percibiendo por este mismo concepto antigedad consolidada en el caso de tener reconocido este concepto con anterioridad.

CVE: 20220310-00492-2022 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 47

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/3/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date10/03/2022

Page count24

Edition count5600

Première édition15/01/2001

Dernière édition07/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones