Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 28 de enero de 2022

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1.3. Artefacto náutico de recreo autopropulsado: Artefacto náutico según queda definido en el artículo 2 del Real Decreto 1043/2003, de 1 de agosto, por el que se establecen determinadas medidas de seguridad para la utilización de artefactos náuticos de recreo autopropulsados.
1.4. Artefactos de arrastre: Artefacto flotante o de playa sin propulsión que es remolcado por una embarcación de recreo, tales como: Esquí-bus, esquí acuático, paracaidismo ascensional paracraft, etc.
1.5. Zona de navegación en aguas protegidas Zona 7 Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general artículo 3.1.g del Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, queda definida conforme a la resolución del Capitán Marítimo de Málaga, de 26 de octubre de 2021, de la forma que se indica a continuación:
Navegaciones no alejándose más de 1 milla de la costa, con luz diurna y buena visibilidad, siempre y cuando la fuerza del viento no sea superior a 4 de la escala Beaufort y la altura de la ola no supere los 0,5 metros.
2. Régimen de las embarcaciones de recreo y motos náuticas 2.1. El abanderamiento, matriculación y régimen de despacho queda regulado por el Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.
El Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, establece los requisitos relativos al equipo de seguridad y prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.
Asimismo, el Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, en su forma enmendada, establece los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar.
2.2. El Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, en su forma enmendada, establece el régimen aplicable a estos artefactos flotantes.
3. Seguro obligatorio de embarcaciones y motos náuticas 3.1. Todas las embarcaciones de recreo, deberán estar en posesión de la correspondiente póliza de seguros conforme al Real Decreto 607/99, de 16 de abril, por el que se aprueba el reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas.
3.2. Asimismo las motos náuticas deberán estar aseguradas conforme a lo dispuesto en el artículo 3.3 del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, antes citado, en su forma enmendada.
4. Competencia y atribuciones para el manejo de embarcaciones 4.1. Los patrones de las embarcaciones de recreo, deberán estar en posesión de la titulación correspondiente, conforme al Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, en su forma enmendada. Asimismo, el Real Decreto 259/2002, en su forma enmendada, establece las titulaciones requeridas para el manejo de motos náuticas.
4.2. Por otro lado, los requisitos necesarios para el manejo de embarcaciones explotadas comercialmente se establecen en el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la Marina Mercante, modificado por el Real Decreto 80/2014, de 7 de febrero. Real Decreto 938/2014, de 7 de noviembre, Real Decreto 238/2019, de 5 de abril artículo segundo y demás normativa e instrucciones vigentes que le son de aplicación.
Asimismo, el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril artículo tercero, establece las habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo con fines comerciales con los límites en él establecidos.

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Número 19

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/1/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date28/01/2022

Page count38

Edition count5563

Première édition15/01/2001

Dernière édition01/07/2024

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