Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/02/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 13 de febrero de 2023

2 RESO-2022-1536-GDEBA-DCZIIPLYC. La Plata, 31 de agosto de 2022. Visto el Expediente EX-2020-23738676GDEBA-DCZIIPLYC por el cual se investigó la conducta del agente Alejandro Sebastián Campesi Leg. 60.750, DNI N
26.056.755, por su accionar los días 05, 07, 08, 09, 15 y 18 de marzo de 2014 en el Casino de Miramar, y Considerando:
Que en el orden 7, páginas 18/21, obra Resolución N 1783/16 de fecha 30 de septiembre de 2016 del Presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, donde declara la existencia de responsabilidad disciplinaria administrativa del agente Alejandro Sebastián Campesi Leg. 60.750, DNI N 26.056.755, por su accionar los días 05, 07, 08, 09, 15 y 18 de marzo de 2014 en el Casino de Miramar, en violación a lo dispuesto en el art. 27 inciso a de la Ley N 22.140 actual articulo 23 incisos a de la Ley N 25.164, e imponer a dicho agente la sanción de cesantía, de acuerdo a lo normado en el art. 32 inc. f de la Ley N 22.140 correspondiente al art. 31 inc. c de la Ley N 25.164, ad referéndum del Poder Ejecutivo; Que en el orden 101 interviene la Dirección de Análisis Administrativo de la Secretaría General de Gobierno estimando que, Asesoría General de Gobierno a orden 53, 55 y 83 estima que la normativa aplicable al caso es el artículo 32 de la Ley N 25.164, el cual establece que Son causales para imponer cesantía: e Incumplimiento de los deberes establecidos en los artículos 23 y 24 cuando por la magnitud y gravedad de la falta así correspondiere.. Atento el encuadre esgrimido en la Resolución N 1783/16 y en virtud de lo antes señalado, correspondería rectificar dicho acto administrativo.; Que en el orden 107 Departamento Legales del Casino Central considera que, compartiendo lo indicado en el orden 101, se estima que correspondería se rectifique dicho error para luego proceder a proyectar el acto administrativo de ratificación por parte del Poder Ejecutivo. Ello conforme la facultad que confiere el art. 115 del Decreto Ley N 7647/70.; Que ha tomado intervención de su competencia la Dirección Jurídico Legal; Que ha dictaminado favorablemente Asesoría General de Gobierno; Que ha intervenido la Secretaría Ejecutiva de este organismo; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobada por el artículo 2 del Decreto N 1.170/1992 y sus modificatorios; Por ello, El Presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos Resuelve: Artículo 1. Rectificar la Resolución Nº 1783/16 del 30 de septiembre de 2016, en relación a su artículo primero, ya que por un error material este fuera mal consignado, debiendo indicar Declarar la existencia de responsabilidad administrativa disciplinaria del agente Alejandro Sebastián Campesi Legajo Nº 60.750 - DNI N
26.056.755, por su accionar los días 05, 07, 08, 09, 15 y 18 de marzo de 2014 en el Casino de Miramar en violación a lo dispuesto en el artículo 23 inciso a de la Ley N 25.164, e imponer a dicho agente la sanción de cesantía ad referéndum del Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo normado en el art. 32 inciso e de la misma norma y artículo 2 del Decreto Nº 4406/96., ello conforme la facultad que otorga el artículo 115 del Decreto Ley N 7647/70. Artículo 2º. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Omar Galdurralde, Presidente 3 DECRE-2022-1703-GDEBA-GPBA. La Plata, 11 de noviembre de 2022. Visto el Expediente EX-2020-23738676GDEBA-DCZIIPLYC del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, mediante el cual se propicia ratificar la Resolución N
1783/16, rectificada por Resolución N 1536/22, y Considerando: Que, mediante la Resolución N 1783/16, rectificada por Resolución N 1536/22, ambas del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, se declaró la existencia de responsabilidad administrativa del agente Alejandro Sebastián Campesi DNI Nº 26.056.755 - Legajo Nº 60.750 por haber vulnerado con su conducta las previsiones del artículo 32 inciso e de la Ley Nº 25.164, correspondiéndole la sanción disciplinaria de cesantía, ad referéndum del Poder Ejecutivo; Que se han expedido favorablemente la Dirección Jurídico Legal, la Dirección de Servicios Técnicos y Administrativos, la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos y la Secretaría Ejecutiva, todas dependencias del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, y la Dirección Provincial de Personal del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros; Que ha tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno; Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 inciso e de la Ley Nacional N
25.164 y por el artículo 2 del Decreto Nº 4406/96; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; Por ello, El Gobernador de la Provincia de Buenos Aires Decreta Artículo 1. Ratificar la Resolución N 1783/16, rectificada por Resolución N 1536/22, ambas del Instituto Provincial de Lotería y Casinos. Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 3. Registrar, notificar junto con las Resoluciones N 1783/16
y N 1536/22, dictadas por el Presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos. Comunicar y dar al SINDMA.
Cumplido, archivar. Queda Ud. debidamente notificado e intimado.
Martín Insaurralde, Ministro.
feb. 7 v. feb. 13

REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL N 1
Del Partido de Bahía Blanca POR 3 DÍAS - Citación. El Registro Notarial de Regularización Dominial 1 del Partido de Bahía Blanca, con competencia en los RNRD Nº 1 de los Partidos de Coronel Rosales, Villarino y Monte Hermoso, cita y emplaza al/los titulares de dominio o quienes se considere/n con derecho sobre el/los inmueble/s que se individualiza/n a continuación para que en el plazo de 30 días, deduzcan oposición a la debidamente fundada, en el domicilio de 19 de Mayo N 490/496 en la ciudad de Bahía Blanca en el horario de 8:00 hs. a 12:00 hs.
1.- Expediente 2147-007-1-167/2018 - Domicilio: Magallanes número 1303 - Bahía Blanca - Bahía Blanca - Nomenclatura Catastral: II-D-326-326-m-5 - Titular de Dominio: DE LEON, Juan y/o DE LEON, Fernando.2.- Expediente 2147-007-1-167/2018 - Domicilio: Magallanes número 1303 esquina Teniente Farías número 1.311 - Bahía Blanca - Bahía Blanca - Nomenclatura Catastral: II-D-326-326-m-5 - Titular de Dominio: DE LEON, Juan y/o DE LEON, Fernando.3.- Expediente 2147-007-1-49/2021 - Domicilio: Santa Cruz número 637/641 - Bahía Blanca - Bahía Blanca - Nomenclatura Catastral: II-D-331-x-23 - Titular de Dominio: SAN MARTIN, Juan.4- Expediente 2147-007-1-1/2023 - Domicilio: Sebastián El Cano número 3.855 - Bahía Blanca - Bahía Blanca - Nomenclatura Catastral: III-B-149-5-b - Titular de Dominio: MARTINEZ y FERNANDEZ, Nieves e Idalina Isabel.-

SECCIÓN OFICIAL > página 165

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/02/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date13/02/2023

Page count168

Edition count3407

Première édition02/07/2010

Dernière édition08/07/2024

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