Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/08/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 18 de agosto de 2022

negocios administrativos de la Provincia estará a cargo de dos o más Ministros/as Secretarios/as, y una ley especial deslindará los ramos y las funciones adscriptas al despacho de cada uno de los ministerios;
Que la Ley N 15.164 y modificatoria determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por los/as Ministros/as Secretarios/as, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que esta les confiere;
Que, asimismo, el artículo 9 de la citada ley prevé la potestad del/de la Gobernador/a para aprobar las estructuras organizativas y funciones específicas correspondientes a las mismas;
Que los artículos 19 y 33 de la citada ley establecen las funciones de la Secretaría General, determinando sus atribuciones y responsabilidades particulares;
Que, en ese marco, y con relación a los procedimientos de revisión continuos en las acciones desarrolladas, surge la necesidad de adecuar los procesos de gestión y de impulsar la modificación de la estructura orgánico-funcional, con el objeto de direccionar las acciones que resulten necesarias;
Que, como consecuencia de ello, deviene oportuno y conveniente determinar la estructura de la Secretaría General, en un todo de acuerdo con los principios de coherencia, transparencia, austeridad, eficiencia y optimización de la Administración Pública;
Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Personal y la Dirección Provincial de Planificación y Gestión Estratégica, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros; la Dirección Provincial de Presupuesto Público de la Subsecretaría de Hacienda y la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público de la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que ha tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 8º y 9 de la Ley N 15.164 y modificatoria y 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Modificar, a partir del 1 de agosto de 2022, la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General, aprobada por Decreto N 4/2020, de acuerdo con los cambios que a continuación se detallan.
ARTÍCULO 2. Crear, en el ámbito de la Secretaría General, la Unidad de Políticas de Igualdad de Géneros y Diversidad Sexual -a cargo de un/a Responsable con rango y remuneración equivalentes a Director/ay la Dirección de Análisis de Otros Tramites de Personal, dependiente de la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal y Técnica a cargo de un/a Director/a.
ARTÍCULO 3. Establecer que las Direcciones Provinciales de Bienes y Servicios y de Impresiones y Digitalización del Estado, junto con las Direcciones bajo su órbita, pasarán a depender de la Subsecretaría General.
ARTÍCULO 4. Establecer que la Dirección de Servicios Técnico-Administrativos pasará a depender de la Subsecretaría de Administración.
ARTÍCULO 5. Suprimir de la órbita de la Subsecretaría General a la Dirección de Comunicación y Desarrollo Institucional, transfiriendo sus plantas de personal, unidades organizativas con nivel inferior a dirección, créditos presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios a la Dirección de Desarrollo Institucional.
ARTÍCULO 6. Aprobar, de acuerdo con lo establecido precedentemente, el organigrama y las acciones de la Secretaría General, que como Anexos I, Ia, Ib y Ic IF-2022-22354311-GDEBA-SSADSGG y II, IIa, IIb y IIc IF-2022-24196381GDEBA-SSADSGG forman parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 7. Dejar establecido que las designaciones efectuadas en aquellas unidades orgánico-funcionales que no modificaron su denominación, hayan o no sufrido un cambio de dependencia jerárquica, como así también aquellas designaciones en unidades organizativas que solo modificaron su denominación y se encuentran detalladas en el Anexo III
IF-2022-22354171-GDEBA-SSADSGG, quedan ratificadas por el presente decreto.
ARTÍCULO 8. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las unidades organizativas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse tal decisión mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.
ARTÍCULO 9. Establecer que el/la titular del organismo deberá arbitrar los medios necesarios para efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico -funcional, como así también para la elaboración de las plantas de personal, innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el presente, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTÍCULO 10. Dejar establecido que, hasta tanto se efectúe la desagregación integral de la estructura orgánico-funcional aprobada por el presente decreto, mantendrán su vigencia aquellas unidades organizativas con nivel inferior a dirección oportunamente aprobadas.
ARTÍCULO 11. Establecer que el/la titular de la Secretaría General propondrá al Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Ejercicio Presupuestario vigente.
ARTÍCULO 12. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 13. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Pablo Julio López, Ministro, Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

DECRETO Nº 962/2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 12 de Agosto de 2022

SECCIÓN OFICIAL > página 9

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/08/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date18/08/2022

Page count111

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