Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/07/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 12 de julio de 2022

Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga. Dejar constancia de la posibilidad de ampliar el espectro de responsabilidades hasta aquí señaladas. Encomendarle a la División Relatora, actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio, que retome las cuestiones diferidas e informe al respecto.
ARTÍCULO CUARTO: Dar por cumplida a la División Relatora las encomiendas dispuestas por los Artículos Segundo, Tercero, Cuarto y Séptimo de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 91/2022, recaída sobre el estudio de la cuenta del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires - Ejercicio 2019, conforme lo expuesto en los Considerandos Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo de la presente Resolución.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a los señores Carlos Adrián PISONI, Raúl Oscar FERNANDEZ, Miguel OROZ, Julián Andrés SOBRAL De ELÍA y José Ramón ARTIGAS, Ismael José PASSAGLIA y a la señora Marisa Andrea ARANDA, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Resolución a las autoridades del Organismo, al Ministro de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires y al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales de este H.
Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18-16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de doce 12 fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Quinto. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 23/06/2022
N de Expediente: 2-195.0-2020
Ente u Organismo: Instituto Provincial de Lotería y Casinos Ejercicio: 2020
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta del INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS Ejercicio 2020, acorde a lo expresado en el Considerando Vigésimo Quinto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aplicar la sanción de Multa de $80.000,00 al señor Matías LANUSSE, Multa de $40.000,00 al señor Jorge Alberto ALVAREZ MILLET, Multa de $20.000,00 a la señora Laura Virginia COSTANCIO, Multa de $20.000,00
a la señora Nancy Elizabeth CRIADO, Multa de $40.000,00 a la señora Sabrina WOLFF, Multa de $20.000,00 a la señora Andrea Laura AZZATO, Multa de $20.000,00 al señor Gustavo Cesar DIONIGI, Multa de $20.000,00 al señor Juan Pablo ROSSINI, Multa de $40.000,00 al señor José MALBRAN, Multa de $40.000,00 al señor Adalberto Rodolfo DEL NEGRO, Multa de $40.000,00 al señor Pablo Martín GOROSITO, Multa de $20.000,00 al señor Pablo Martín SANTUCHO, Multa de $80.000,00 al señor Nicolás BULYGIN y Multa de $20.000,00 al señor Juan Pablo CURCIO, conforme lo señalado en el Considerando Vigésimo Cuarto.
ARTÍCULO TERCERO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre la materia tratada en el Considerando Séptimo. Declarar que el señor Fernando ROVELLO, no deberá considerarse exento de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga. Dejar constancia de la posibilidad de ampliar el espectro de responsabilidades hasta aquí señaladas. Encomendarle a la División Relatora, actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio, que retome las cuestiones diferidas e informe al respecto.
ARTÍCULO CUARTO: Dar por cumplida la observación efectuada por el Artículo Octavo, Considerando Octavo de la Resolución N 88/2022 del H. Tribunal de Cuentas, recaída sobre el estudio de la cuenta del Instituto Provincial de Lotería y Casinos Ejercicio 2019 y liberar de responsabilidad al señor Pablo Martín SANTUCHO, conforme lo expuesto en el Considerando Noveno.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar constancia de las limitaciones al alcance expuestas en el Considerando Vigésimo, diferir el tratamiento de los proyectos de auditoría allí señalados, declarar que los cuentadantes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos - Ejercicio 2019, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga y encomendar a la División Relatora actuante en el próximo estudio de la cuenta, su análisis y conclusión.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar constancia de las limitaciones al alcance expuestas en el Considerando Vigésimo Tercero, diferir el tratamiento del proyecto de auditoría allí señalado, declarar que los cuentadantes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos - Ejercicio 2020, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga y encomendar a la División Relatora actuante en el próximo estudio de la cuenta, su análisis y conclusión.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dar por cumplida a la División Relatora las encomiendas dispuestas por los Artículos Tercero a Noveno, Undécimo y Duodécimo de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 88/2022 del 17/02/2022, recaída sobre el estudio de la cuenta del Instituto Provincial de Lotería y Casinos - Ejercicio 2019, conforme lo expresado Vigésimo
SECCIÓN OFICIAL > página 91

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/07/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date12/07/2022

Page count172

Edition count3422

Première édition02/07/2010

Dernière édition01/08/2024

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