Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/03/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 16 de marzo de 2022

pertinente clasificar y categorizar al establecimiento dentro del alojamiento turístico hotelero como Apart Hotel Dos Estrellas Superior de conformidad con lo normado por los artículos 6º inciso b, 9º inciso a, 11, 13, 15, 16, 18, 34, 35, 36, 37, 47 y concordantes del Anexo 1 de la Resolución Nº 23/14 del entonces Secretario de Turismo, modificada por su par N
10/2019;
Que asimismo manifiesta que la información brindada por el prestador surte efectos de presunción de verdad, pudiendo este Organismo verificar de oficio la veracidad de lo manifestado, dejando establecido que su falta lo hará pasible de sanción, según lo reglado en el artículo 11 del Decreto Nº 13/2014;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Administración, Registro y Fiscalización de la Subsecretaría de Turismo y Asesoría General de Gobierno, prestando conformidad a la continuidad del presente trámite;
Que la presente gestión se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 14.209, y los Decretos Nº 13/14 y 54/2020.
Por ello, LA SUBSECRETARIA DE TURISMO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado Apart Las Brisas, cuyo titular de la explotación comercial es Mariano CATALANO, CUIT N 20-18569529-9, ubicado en la calle ubicado en la calle Rosales N 358 de la localidad de Valeria del Mar, partido de Pinamar, como APART HOTEL DOS ESTRELLAS SUPERIOR del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Determinar que, el titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado, deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por el solicitante en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4º. Dejar constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/2014, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que el titular de la explotación comercial deberá solicitar la recategorización respectiva tres meses antes del vencimiento de dicho plazo. Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
Maria Soledad Martinez, Subsecretaria.

RESOLUCIÓN Nº 46-SSTMPCEITGP-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 11 de Marzo de 2022
VISTO el expediente electrónico N EX-2022-02752067-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, la Ley Nº 14.209, los Decretos Nros. 13/2014 y 54/2020 y las Resoluciones Nros. 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo y 10/2019 de la Subsecretaría de Turismo, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;
Que su Decreto reglamentario N 13/2014 establece que la autoridad de aplicación de la misma será la Secretaría de Turismo u organismo que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto N 54/2020 aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y estableció que corresponde a la Subsecretaría de Turismo dependiente del mismo entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley Nº 14.209 y sus modificatorias;
Que por la Resolución N 23/2014 del entonces Secretario de Turismo, se creó el Registro de Prestadores Turísticos en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en el territorio provincial, y, dentro del mismo, el Registro de Hotelería y Afines, estableciendo las formas de clasificación y categorización de los alojamientos turísticos;
Que a través de la Resolución N 10/2019 del entonces ministro de Producción se aprobaron los nuevos requerimientos documentales, circuito administrativo, formularios y demás documentación para la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines, derogando el artículo 14 de la Resolución N 23/2014;
Que, por las presentes, la titular Berta Inés GALLEGOS CUIT N 27-11714496-3, solicita la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines del establecimiento denominado Ondina ubicado en la calle Alsina N 2349 de la localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón;
Que en las actuaciones referidas en orden 2 formulario de inscripción PD-2022-02785939-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, en orden 3 constancia de habilitación municipal IF-2022-02785941-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, en orden 8 contrato de comodato IF-2022-03229006-GDEBA-DRYFMPCEITGP y en orden 9 fotografías tanto del interior como del exterior del establecimiento IF-2022-03228738-GDEBA-DRYFMPCEITGP;
Que se considera elemento suficiente de verificación de identidad, el ingreso al Módulo de Trámites Online MoTO

SECCIÓN OFICIAL > página 51

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/03/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date16/03/2022

Page count129

Edition count3406

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Dernière édition05/07/2024

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