Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/03/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 16 de marzo de 2022

ARTÍCULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado Hotel Brunetti, del titular Juan Pablo MIRON SOLER CUIT-20-31476550-9, ubicado en la calle La Rioja N 1250 de la localidad de Mar del Plata y partido de General Pueyrredón, como HOTEL TRES ESTRELLAS del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Determinar que, el titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado, deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por el solicitante en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4º. Dejar constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/2014, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que el titular de la explotación comercial deberá solicitar la recategorización respectiva tres 3 meses antes del vencimiento de dicho plazo.
Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
María Soledad Martínez, Subsecretaria
RESOLUCIÓN Nº 44-SSTMPCEITGP-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 11 de Marzo de 2022
VISTO el expediente EX-2022-04384593-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, por el cual tramita la Declaración de Interés Turístico Provincial a la 10º Edición de la "Kreppelfest" que se llevará a cabo los días 12 y 13 de marzo del corriente año en la localidad de Colonia Hinojo, Partido de Olavarría, y CONSIDERANDO:
Que en el orden 2 obra nota del Secretario de Desarrollo Económico del Municipio citado, mediante la cual solicita la declaración referida en el enunciado de este acto, cumpliendo con los requisitos necesarios para dicha declaración;
Que dicho evento surge en el año 2011 a partir de una iniciativa de un grupo de vecinos de la localidad de Colonia Hinojo con el objetivo de reivindicar y reforzar la cultura y los valores de los alemanes del Volga a partir de una fiesta que reuniera la gastronomía, la música y la danza, permitiendo asimismo conocer los distintos puntos de interés de la localidad como la iglesia, los monumentos, el colegio, el cementerio, entre otros sitios relacionados con la historia e identidad de la comunidad, llevándose a cabo por décima vez y siendo para el municipio y su comunidad de gran importancia;
Que dicha fiesta se caracteriza por la conocida popularmente torta frita original alemana y se organiza en torno a la avenida principal de la localidad, con un importante número de stands, donde desde temprano comenzarán a prepararse los platos típicos alemanes, entre los que se destacan el kreppel, strudel, kuchen y la cerveza artesanal, asimismo contará con desfiles, danza y música alemana, un patio cervecero, food trucks, una muestra de artesanos, espectáculos musicales, la presentación de artistas locales, la Elección de la Embajadora y el espectáculo denominado Gran Cierre;
Que a la mencionada fiesta asisten aproximadamente 15.000 visitantes provenientes de distintas localidades, siendo un factor significativo para el desarrollo del municipio;
Que dicho evento cuenta con avales subsistentes a la declaración en curso, habiendo sido declarado de Interés Municipal por Decreto Nº 101/2022 del Señor Intendente municipal de Olavarría y Declarada de Interés Turístico Provincial por medio de la Resolución Número: RESOL-2019-151-GDEBA-SSTMPGP de la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires;
Que en el orden 6 obra informe de la Dirección de Desarrollo y Calidad Turística manifestando que el organizador deja constancia que cumple con el circuito mínimo necesario para garantizar la inclusión a personas con discapacidad y/o movilidad reducida, como también la de público acompañante a dicho evento;
Que en el orden 8 toma la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Promoción Turística quien pide se acceda a la solicitud ya que eventos de este tipo fomentan la actividad turística y cultural;
Que la presente gestión se efectúa de conformidad a las prescripciones del Decreto Nº 54/20 de estructura del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, en su anexo II g, donde se explicitan las facultades de la Subsecretaría de Turismo de la provincia, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 15.164, en su artículo 29 inc 8;
Por ello, LA SUBSECRETARIA DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Declarar de Interés Turístico Provincial a la 10º Edición de la "Kreppelfest" que se llevará a cabo los días 12
y 13 de marzo del corriente año en la localidad de Colonia Hinojo, Partido de Olavarría, de conformidad al Decreto N 54/20
y por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.
ARTÍCULO 2. La presente declaración no implica asistencia económica alguna por parte de esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
ARTÍCULO 4. Enviar a Despacho para la comunicación en el Boletín Oficial Maria Soledad Martinez, Subsecretaria.

SECCIÓN OFICIAL > página 49

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/03/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date16/03/2022

Page count129

Edition count3422

Première édition02/07/2010

Dernière édition01/08/2024

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