Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/04/2018 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

La Plata > Miércoles 11 de abril de 2018

Que el Departamento Liquidación y Pago de Haberes procedió a calcular el cargo deudor por haberes indebidamente percibidos, por el período 01/01/2010 al 31/03/2017, el cual ha sido practicado en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2
de la Resolución N 08/12 del H.D del IPS y la citada deuda asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
NOVENTA con 17/100 $ 37.690,17;
Que la mentada deuda encuentra su origen en la percepción indebida de los haberes jubilatorios por parte de la Sra. Raquel NADAL, toda vez que existe un error en la codicación, entre los haberes que se encontraba percibiendo con carácter transitorio y lo resuelto por la Resolución Nº 849.348 de fecha 22 de septiembre de 2016;
Que se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte de la beneciaria, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 726,766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial;
Que la deuda en estudio se calculó en orden a lo establecido en el artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80, así como la afectación dispuesta para su cancelación la cual se realiza en el contexto de las facultades discrecionales conferidas a este Organismo, cuya forma de cancelación debe adecuarse a los lineamientos establecidos en la Resolución N 8/12 y con sustento en el presente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos, el cual asciende a la suma de PESOS TREINTA
Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA con 17/100 $37.690,17, por haberes indebidamente percibidos por la Sra Raquel NADAL, por el período 01/01/2010 al 31/03/2017, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80, a los lineamientos establecidos en la Resolución N 8/12 y argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 2: Afectar el 20% del haber mensual de la beneciaria de autos, hasta la cancelación del total adeudado y consignado en el artículo anterior, atento las facultades discrecionales conferidas a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80 y Resolución N 08/12.
ARTÍCULO 3: Registrar. Noticar. Cumplido, seguir su trámite como por derecho corresponda.
SECTOR GESTIÓN Y RECUPERO DE DEUDAS/DEPARTAMENTO RELATORÍA.
Christian Alejandro Gribaudo Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
C.C. 3.092 / abr. 6 v. abr. 12

VIDRIAUTO S.R.L.
POR 3 DÍAS Por acta reunión de socios unánime 09/02/2018. Aumento de capital con ref. Estatutaria de $ 30.000 a $
480.000. Modif. Art. 4: Capital Social $ 480.000 div. en 48.000 cuotas de $10 V.N. c/u der. 1v. Totalmente suscriptas e integradas por los socios: José Luis Longobucco 15.000 cuotas soc. Paola Alejandra Longobucco 15.000 cuotas soc. y Julissa Fernanda Longobucco 15.000 cuotas soc. Sandra M. Longobucco Contadora Pública.
L.P. 17.611 / abr. 9 v. abr. 11

Provincia de Buenos Aires HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30 y 27 in ne de la Ley 10.869 y sus modicatorias, hágase saber por el término de cinco 5 días al señor OSCAR LUCAS LUNA, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado fallo con fecha 07 de marzo de 2018, en el Expediente Nº 3-100.0-2016, Municipalidad de Roque Pérez ejercicio 2016, cuya parte pertinente dice: La Plata, 07 de marzo de 2018.- Resuelve Artículo Séptimo: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en los Considerandos Segundo inciso 19-b, Cuarto inciso 1-b, Cuarto inciso 2-II y Quinto inciso 3 y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Artículo Octavo: Declarar queel Agente Municipal Oscar Lucas Luna alcanzados por la reserva del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concreta y denitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga. Artículo Undécimo: Noticar a Oscar Lucas Lunade la Reserva dispuesta en el Artículo Séptimo del presente decisorio. Artículo Decimoséptimo: Rubricar Firmado: Doctor Eduardo B. Grinberg Presidente; Gustavo Ernesto Fernandez;
Miguel Oscar Teilletchea; Vocales; ante mí: Nelva Haydée González Zanoni Directora General de Actuaciones. La Plata, 09
de marzo de 2018.
C.C. 3.179 / abr. 9 v. abr. 13

MUNICIPALIDAD DE ITUZAINGÓ
POR 2 DÍAS - La Municipalidad de Ituzaingó dispone la apertura del Registro de Oposición por el término de diez 10 días hábiles, contados a partir de la última publicación, a los nes que los habitantes del Partido con domicilio en el mismo, puedan disponer su oposición al informe de impacto ambiental respecto de la obra Aprobación de Plano y Uso Comercial Av. Martín Fierro y De la Media Caña entre Del Cielito y De la Doma que corre por actuaciones administrativas N 4134-8.475/17 Alcances I y II. La vista de las actuaciones y la presentación de las oposiciones, en el plazo antes indicado, se deberán efectuar en las Delegaciones Municipales Norte y Sur, en el horario de 08.30 a 14.30 horas. Ituzaingó, 28 de marzo de 2018. Hernán G. Rossi, Subsecretario Legal y Técnico.
C.C. 3.259 / abr. 10 v. abr. 11

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/04/2018 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date11/04/2018

Page count48

Edition count3406

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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