Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/08/2014 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que los Sres. Jorge Luis Ramón Ugarte; Pedro Ignacio Tablar y Francisco Mon, alcanzados por la postergación referida en el artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en el considerando octavo y disponer que la Delegación y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO NOVENO: Declarar que los Sres. Jorge Mario Ramón Ugarte; Pedro Ignacio Tablar; Jorge Luis Ramón Ugarte; Nicolás Héctor Labarca; Francisco Mon; Martín Alejandro Falabella y Luis Nicolás Rocco y las Sras. María Delfina Lasala; María Cristina Ascazúri; Mirta Noemí Ardiles; Cintia Vanesa Bobbiesi y María Eugenia Cielo Suescun, alcanzados por la reserva del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a los Sres. Jorge Luis Ramón Ugarte; Osvaldo Raúl Landivar y Luis Horacio Donadío de las multas que se les aplican en el artículo cuarto y fijarles plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, 1865/4 a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755 . Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755 .
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los Sres. Jorge Mario Ramón Ugarte; Pedro Ignacio Tablar; Jorge Luis Ramón Ugarte; Nicolás Héctor Labarca; Francisco Mon; Martín Alejandro Falabella y Luis Nicolás Rocco y a las Sras. María Delfina Lasala; María Cristina Ascazúri; Mirta Noemí Ardiles; Cintia Vanesa Bobbiesi y María Eugenia Cielo Suescun de las reservas dispuestas por los artículos sexto y octavo.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia lo manifestado en el considerando quinto.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia y a la Delegación Zona XIII de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Remitir, para su conocimiento, copia del presente a la Municipalidad de Rauch.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de dieciocho fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en Secretaría durante los términos fijados en el artículo décimo y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificacionesrecurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 27/03/2014
N de Expediente: 4-056.0/2012-0-1-0
Ente u Organismo: GUAMINÍ
Ejercicio: 2012
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Guaminí, ejercicio 2012 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Seis millones setecientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y tres con 73/100 $ 6.775.883,73 que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el considerando tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo y cuarto.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en los considerandos quinto y séptimo apartado 3 aplicar sendos llamados de atención al Intendente Municipal Néstor Fabián Álvarez, a los Contadores Municipales Julián Ezequiel Krieger y Diego Hernán Lizzano y a las Tesoreras Municipales María Rosa Clavero y Sandra Mónica María Leiva artículos 243 inciso 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 16 inciso 1 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Encomendar a la Relatoría de Delegación las verificaciones indicadas en los considerandos tercero; cuarto apartado 1; cuarto apartado 2; cuarto apartado 4; cuarto apartado 5; sexto y séptimo apartado 2.
ARTÍCULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos séptimo apartado 1 orden de pago 3307; séptimo apartado 4 asientos manuales 695 y 17019 y octavo apartados 1;
5 y 7 Reservas de ejercicios anteriores y disponer que la Delegación y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que los Sres. Néstor Fabián Álvarez; Juan Cruz Pirosanto; Julián Ezequiel Krieger; Carlos Alberto Cordero; Oscar Donato Semeraro ;
Gustavo Fabián Eleno; Diego Hernán Lizzano; Gastón Labaronnie; Manuel Ángel Haedo;
Facundo Oscar Montenegro; Rubén Jorge Moro y César Carlos Elorriaga y las Sras. María Rosa Clavero e Iris Belén Pérez, alcanzados por las reservas del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.

LA PLATA, MARTES 12 DE AGOSTO DE 2014

PÁGINA 6333

ARTÍCULO OCTAVO: Dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores tratadas en el considerando octavo apartados 2; 3; 4 y 6, liberando de responsabilidad a los funcionarios actuantes Néstor Fabián Álvarez; Julián Ezequiel Krieger; Carlos Alberto Cordero; Rubén Jorge Moro; Iris Belén Pérez y Carlos Marcelo Tortorice.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar constancia de lo manifestado en el considerando quinto in fine de lo que tomarán nota las autoridades municipales.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a los Sres. Néstor Fabián Álvarez, Julián Ezequiel Krieger y Diego Hernán Lizzano y a las Sras. María Rosa Clavero y Sandra Mónica María Leiva del llamado de atención que se les aplica en el artículo cuarto.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los Sres. Néstor Fabián Álvarez; Juan Cruz Pirosanto; Julián Ezequiel Krieger; Carlos Alberto Cordero; Oscar Donato Semeraro;
Gustavo Fabián Eleno; Diego Hernán Lizzano; Gastón Labaronnie; Manuel Ángel Haedo;
Facundo Oscar Montenegro; Rubén Jorge Moro y César Carlos Elorriaga y a las Sras.
María Rosa Clavero e Iris Belén Pérez, de las reservas dispuestas por el artículo sexto.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Notificar a los Sres. Néstor Fabián Álvarez; Julián Ezequiel Krieger; Carlos Alberto Cordero; Rubén Jorge Moro y Carlos Marcelo Tortorice y a la Sra.
Iris Belén Pérez, del levantamiento de la reservas dispuesto por el artículo octavo.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia y a la Delegación Zona XII de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Remitir, para su conocimiento, copia del presente a la Municipalidad de Guaminí.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veintidós fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificacionesrecurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 27/03/2014
N de Expediente: 3-032.0/2012-0-1-0
Ente u Organismo: DOLORES
Ejercicio: 2012
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Dolores, ejercicio 2012 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar que el saldo de Pesos Siete millones doscientos veintiocho mil cien con cinco centavos $ 7.228.100,05 que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Sexto, no significa la convalidación de los valores existentes en Caja y Bancos.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo aplicar una amonestación al Intendente Luis María Camilo Etchevarren y al Responsable del Órgano Rector de Presupuesto, Jefe de Gabinete y Secretario General Andrés Bernardo Cretón y a la Contadora Municipal María Julieta Peirano y un llamado de atención al Tesorero Municipal Rubén Ernesto Calabrese Artículos 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas sobre la materia tratada en los Considerandos Tercero, Cuarto y Quinto y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que los Intendentes Municipales: Luis Roberto Lovari y Luis María Camilo Etchevarren, la Asesora Legal: Mariana Etchevarren, Jefe de Gabinete y Secretario General: Andrés Bernardo Cretón, Secretario de Turismo: Alfredo Roberto Barragán, Secretario de Obras y Servicios Públicos: Guillermo Ignacio Elhalem, Jefe de Compras: María Milagros Araya, Tesorero Municipal Rubén Ernesto Calabrese y Contadora Municipal: María Julieta Peirano, alcanzados por la reserva dispuesta en el Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H.
Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Luis María Camilo Etchevarren, Andrés Bernardo Cretón, María Julieta Peirano y Rubén Ernesto Calabrese de las sanciones que particularmente se les imponen a cada uno de ellos en el Artículo Cuarto. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Luis Roberto Lovari, Luis María Camilo Etchevarren, Mariana Etchevarren, Andrés Bernardo Cretón, Alfredo Roberto Barragán, Guillermo Ignacio Elhalem, María Milagros Araya, Rubén Ernesto Calabrese y María Julieta Peirano, de las reservas dispuestas en el Artículo Quinto.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIV, con sede en la ciudad de Dolores.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de Dolores.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 7/14 el presente fallo que consta de doce fojas; firmarlo en dos ejemplares. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/08/2014 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date12/08/2014

Page count55

Edition count3408

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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