Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/08/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 7188

LA PLATA, JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2013

BOLETÍN OFICIAL

En ambas categorías de Residencias para Adultos Mayores se permitirá durante el horario nocturno 22:00 a 06:00 hs. que el personal pueda reducirse manteniendo un número mínimo de dos 2 personas por cada veinte 20 camas ocupadas o fracción.
Además del personal señalado para cada categoría, deberán contar con al menos uno 1 de los profesionales que se detallan a continuación para actividades de recreación asistida:
1. Terapista ocupacional.
2. Profesor de educación física.
3. Profesor de plástica.
4. Trabajador social.
5. Psicólogo.
6. Kinesiólogo.
CATEGORÍA B: HOGAR DE DÍA PARA ADULTOS MAYORES
Estas residencias tendrán un Director de Salud, quien deberá ser profesional de la salud de grado universitario, habilitado para el ejercicio de su profesión en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y contar con antecedentes suficientes y formación comprobada en Administración y/o Gestión de Servicios de Salud o Salud Pública.
Será el responsable ante el Ministerio de Salud por el cumplimiento de las leyes, decretos, resoluciones y toda otra regulación en materia sanitaria vigente.
Todo el personal del establecimiento geriátrico se desempeñará bajo su responsabilidad inmediata, debiendo comunicarle fehacientemente las variaciones que se produzcan en el estado de los adultos mayores para su intervención.
En particular, esta categoría de establecimiento geriátrico deberá contar con:
1. Enfermeros, auxiliares, cuidadores o asistentes geriátricos: Uno 1 cada veinte 20
adultos mayores.
2. Terapista ocupacional.
3. Personal destinado a la recreación y mantenimiento de habilidades ejemplo: teatro, música, actividad física, actividad literaria, actividad lúdica, etc.
CATEGORÍA C: HOGAR SUSTITUTO PARA LA TERCERA EDAD
El funcionamiento de estos Hogares Sustitutos será responsabilidad del Jefe o Jefa de Hogar, el que deberá ser persona hábil, con domicilio asentado en el mismo sitio y dirección donde funcione el Hogar.
Será él quien cuidará de los adultos mayores que allí se alojen, asegurando la atención personalizada de los mismos a través de la convivencia permanente con él y su núcleo familiar.
C.C. 8.037

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 1.287
La Plata, 3 de julio de 2013.
VISTO el presente expediente Nº 21.100-803.849/10 y su agregado N 21.100803.847/10, y CONSIDERANDO:
Que la empresa S.G.D. S.R.L., solicita su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada;
Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos legales, salvo el requisito previsto en el artículo 8º inciso 2º de la Ley Nº 12.297, respecto del señor Rodolfo Paulino Garrido;
Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación solicitada por la empresa S.G.D. S.R.L.;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 9º y 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso a de la Ley Nº 12.297
y las propias del cargo;
Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Proceder a la habilitación provisoria en el ámbito de la provincia de Buenos Aires de la empresa denominada S.G.D. S.R.L. como prestadora de servicios de seguridad privada, cuya responsabilidad comercial recae en la mencionada sociedad con sede en la calle Catamarca N 735 Piso 9 Departamento F de la localidad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón.
ARTÍCULO 2º. Autorizar a ejercer el cargo de Jefe de Seguridad al Comisario R de la Policía Federal Argentina Don Rodolfo Paulino Garrido, titular del D.N.I. N 7.720.315.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, notificar y pasar a la Oficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal Ministro de Justicia y Seguridad C.C. 8.046

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 1.289
La Plata, 3 de julio de 2013.
VISTO el presente expediente Nº 21.100-613.412/12 y sus agregados N 21.100623.745/12 y N 21.100-613.415/12, y CONSIDERANDO:
Que la empresa SECURITY HIGH DEFINITION S.A., solicita su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada;

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos legales, salvo el requisito previsto en el artículo 8º inciso 2º de la Ley Nº 12.297, respecto del Señor Jesús Roberto Moretti;
Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación solicitada por la empresa SECURITY HIGH DEFINITION S.A.;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 9º y 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso a de la Ley Nº 12.297
y las propias del cargo;
Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Proceder a la habilitación provisoria en el ámbito de la provincia de Buenos Aires de la empresa denominada SECURITY HIGH DEFINITION S.A. como prestadora de servicios de seguridad privada, cuya responsabilidad comercial recae en la mencionada sociedad con sede en la calle Guido N 265 de la localidad y Partido de Quilmes.
ARTÍCULO 2º. Autorizar a ejercer el cargo de Jefe de Seguridad al Comisario R de la Policía de la Provincia de Buenos Aires Don Jesús Roberto Moretti, titular del D.N.I. N
14.417.524.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, notificar y pasar a la Oficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal Ministro de Justicia y Seguridad C.C. 8.047

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 1.290
La Plata, 3 de julio de 2013.
VISTO el presente expediente Nº 21.100-81.492/07 y sus agregados Nº 21.100345.240/08 y N 21.100-553.477/12 en el que la empresa prestadora de servicios de seguridad privada denominada GESELL SEGURIDAD S.A. solicita el cambio de sede social, y CONSIDERANDO
Que a fojas 133 se agrega escrito solicitando el cambio de sede social de la empresa de marras a la Avenida 5 N 803 entre Paseos 108 y 109 de la localidad y Partido de Villa Gesell;
Que en tal sentido, a fojas 140/142 se acompaña copia certificada del contrato de locación, a fojas 143/144 lucen las placas fotográficas del inmueble propuesto, a fojas 145 se adjunta croquis y a fojas 164/166 se adjunta acta de inspección realizada en el inmueble propuesto como sede social;
Que a fojas 168 Asesoría Letrada ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 9º y 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso a de la Ley Nº 12.297 y las propias del cargo;
Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar a la empresa prestadora de servicios de seguridad privada GESELL SEGURIDAD S.A., a realizar el cambio de sede la que estará ubicada en la Avenida 5 N 803 entre Paseos 108 y 109 de la localidad y Partido de Villa Gesell.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, notificar y pasar a la Oficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal Ministro de Justicia y Seguridad C.C. 8.048

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 1.414
La Plata, 8 de julio de 2013.
VISTO el presente expediente Nº 21.100-517.829/12 y su agregado N 21.100517.832/12, y CONSIDERANDO:
Que la empresa TECNOLOGÍA EN SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L., solicita su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada;
Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos legales, salvo el requisito previsto en el artículo 8º inciso 2º de la Ley Nº 12.297, respecto del señor Horacio Marcelo Díaz Girard;
Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación solicitada por la empresa TECNOLOGÍA EN SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L.;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 9º y 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso a de la Ley Nº 12.297
y las propias del cargo;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/08/2013 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date29/08/2013

Page count25

Edition count3403

Première édition02/07/2010

Dernière édition02/07/2024

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