Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/10/2010 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 10432

LA PLATA, MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2010

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO 7. Establecer para el caso que la multa aplicada en el artículo 3 no fuera abonada dentro de los términos de Ley artículo 59 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, TO 2004 y modificatorias, devengará el tipo de interés del artículo 86 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires T.O. 2004 y modificatorias.
ARTÍCULO 8. Hacer saber a la parte interesada, que, con sujeción a lo determinado por el artículo 49 del Código Fiscal T.O. 2004 y modificatorias, esta Disposición quedará firme una vez consentida por el contribuyente o ejecutoriada por haberse agotado la vía recursiva establecida en este Código artículos 62 y 104 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires - T.O. 2004 y modificatorias.
ARTÍCULO 9. Intimar por este medio al contribuyente, en los términos y con el alcance previsto en el artículo 135 incisos a y b del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires TO 2004 y modificatorias el ingreso de la deuda resultante del artículo 2 del presente pronunciamiento administrativo, dentro de los quince 15 días hábiles de efectuada la notificación legal del mismo, de acuerdo al artículo 83 inciso b, 2 párrafo del Código Fiscal T.O. 2004 y modificatorias, o desde que se notifique el rechazo del recurso de reconsideración ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires o del recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal, de conformidad con el artículo 83 inciso b, tercer párrafo del citado Código Fiscal. Asimismo, la multa aplicada por el precedente artículo 3 deberá ser satisfecha dentro de los quince 15 días hábiles de quedar firme la presente Disposición artículo 59 del Cuerpo Legal citado.
ARTÍCULO 10. Dejar constancia que ante el incumplimiento y la falta de presentación de la instancia a que se refiere el artículo 6 de la presente, quedará expedita la vía de Cobro Judicial por Apremio, según los artículos 95 y 142 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires TO 2004, emitiéndose título ejecutivo e iniciándose la acción correspondiente artículo 87 Disposición Normativa Serie B 1/2004 de la Dirección Provincial de Rentas.
ARTÍCULO 11. Registrar por el Departamento Registro y Protocolización dependiente de la Gerencia General de Coordinación Legal y Administrativa, perteneciente a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. Hecho, proceder a concretar la notificación legal del presente acto al contribuyente CABLES DEL SUR SA, C.U.I.T: 3069322367-5, N de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos 902-146651-4, al domicilio sito en la calle Lavalle Nº 168 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al domicilio sito en calle 12 Nº 25 de la Ciudad de La Plata, y a la responsable solidaria Señora; MURGUIA, María Cecilia DNI 11.030.448 al domicilio sito en Maipú N 217 piso 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al domicilio declarado ante la AFIP, sito en Pasteur Nº 154, Piso 4º, Dpto. B, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tal como surge en Acta de Asamblea N 7 de fecha 14/04/2002 fs. 428, Acta de Directorio N 7
de fecha 14/04/2002 fs 427, certificación de firma por designación de Directorio de fecha 02/02/2007 fs. 712 y resumen de datos societarios extraídos de la Web fs. 772
de los presentes actuados todo bajo debida constancia, dejándose establecido que la misma deberá realizarse, si correspondiere, en las condiciones previstas en el artículo 65
de la Ley 7647/71 de Procedimientos Administrativos y art. 136 inc. b del Código Fiscal TO 2004 y concordantes de años anteriores; para que en el término improrrogable de quince días 15, pueda interponer los recursos previstos en el artículo 104 del Código Fiscal antes citado. El contribuyente, dentro de los plazos legales señalados en el presente, deberá acreditar en autos el pago realizado conforme a los artículos 86 y 88 de la Disposición Normativa Serie B 1/04, todo ello observando lo dispuesto por el artículo 89
de la citada normativa. Se deja constancia que esta Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires constituye domicilio en la Relatoría Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Bernardo de Irigoyen Nº 972, Primer Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Proceder a notificar copia fiel del original al contribuyente y a la responsable solidaria y remitir copia al legajo correspondiente.
Claudia González Ibarra Gerente de Operaciones Área Metropolitana C.C. 12.592 / oct. 13 v. oct. 19

Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONTRALOR AGROALIMENTARIO
Disposición Nº 220
La Plata, 15 de enero de 2007.
POR 5 DÍAS - VISTO el expediente N 2569-8086/2005 por el que tramitan actuaciones previstas en el Decreto-Ley 8.785/1977, por la presunta infracción a la Ley N 10.081,
Transferencias


POR 5 DÍAS Victoria. Se avisa al comercio que el Sr.
FERNANDO MOY transfiere el fondo de comercio de fábrica de muebles Fernando Moy sito en M. Argentinas 4175, Victoria, Pdo. San Fernando, a la empresa Vertica SRL. Reclamos de Ley en el comercio ubicado en M.
Argentinas 4175.
S.I. 41.900 / oct. 6 v. oct. 13


POR 5 DÍAS Pergamino. CARLA VALERIA LANDRIEL, DNI 27.937.706, CUIT 27-27937706-6, domicilio:
Siria 925, Pergamino, Bs. As., monotributista, vende fondo de comercio, que gira bajo nombre Remis Acevedo, con habilitación Municipal Leg. n 9279 Res. 22/04/2008, actividad: servicio de remis, ubicado en calle Siria 925, Pergamino, Bs. As. Comprador: María Inés Luján Márquez, DNI 13.228.164, domicilio: Gemes 916, Pergamino, Bs.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

cometida por el señor Ulises Marcelo Palma transportista con domicilio constituido en Sección Chacras de la localidad de General Conesa, provincia de Río Negro, por el Señor Mario Oscar Elbert transportista con domicilio constituido en calle Murillo Nº 57 de la localidad de Viedma, provincia de Río Negro y por el señor Bautista Esteban Castello remitente de la hacienda con domicilio constituido en calle Tucumán Nº 891 de la localidad de Viedma, provincia de Río Negro, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 obra acta de fecha 07/12/2004, labrada por personal de Delitos Rurales Bahía Blanca que constituido en la localidad de Bahía Blancaal controlar dos vehículos dominio BFA 994 y DIC 252 conducidos por los señores Palma y Elbert, constató el transporte de treinta y nueve 39 vacunos en cada rodado, remitidos por el señor Castello, sin la correspondiente documentación que ampare los traslados, lo que constituye infracción a los artículos 176 y 170 de la Ley Nº 10.081.
Que los animales en cuestión fueron liberados de su interdicción en razón de haberse presentado la mencionada documentación.
Que a fojas 12 luce cédula y auto de imputación del 20/05/2005 por la que se notifica al señor Castello de haber infraccionado el artículo 170 de la Ley N 10.081.
Que a fojas 16 la Dirección de Servicios Técnico - Administrativos informa, respecto del citado descargo, que correspondería ser rechazado a pesar de presentarse la documentación de amparo y de que los camiones estuvieron detenidos esperando las guías de traslado, ya que del acta de fojas 2 surge que gran parte del traslado cien -100- kilómetros fue realizado sin las mismas, solicitando a la superioridad, en virtud de todo lo actuado, la aplicación de sanción de multa para todos los imputados.
Que a fojas 17 la Asesoría General de Gobierno dictamina en concordancia con lo expresado por la dirección preopinante.
Que el suscripto se halla facultado para el dictado del presente acto, según lo normado por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 8.785/1977, el Decreto Nº 1.286/2006 reglamentario de la Ley Nº 13.175 y el Decreto Nº 2.998/2006, Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRALOR AGROALIMENTARIO, DISPONE:
ARTÍCULO 1º - Sancionar al Señor Ulises Marcelo PALMA D.N.I. Nº 22.478.111 con domicilio constituido en Sección Chacras de la localidad de General Conesa, provincia de Río Negro, con multa de pesos setecientos doce con veintiocho centavos $ 712,28
equivalente a dos 2 sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial, conforme al artículo 79 inciso 4 del Decreto Nº 271/1978, por infracción al artículo 176 de la Ley Nº 10.081.
ARTÍCULO 2º - Sancionar al señor Mario Oscar ELBERT D.N.I. Nº 12.382.559 con domicilio constituido en calle Murillo Nº 57 de la localidad de Viedma, provincia de Río Negro, con multa de pesos setecientos doce con veintiocho centavos $ 712,28 equivalente a dos 2 sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial, conforme al artículo 79 inciso 4 del Decreto Nº 271/1978, por infracción al artículo 176 de la Ley Nº 10.081.
ARTÍCULO 3º - Sancionar al señor Bautista Esteban CASTELLO D.N.I. Nº 25.200.251 con domicilio constituido en calle Tucumán Nº 891 de la localidad de Viedma, provincia de Río Negro, con multa de pesos un mil sesenta y ocho con cuarenta y dos centavos $ 1.068,42 equivalente a tres 3 sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial, conforme al artículo 79 inciso 4 del Decreto Nº 271/1978, por infracción al artículo 170 de la Ley Nº 10.081.
ARTÍCULO 4º - La multa impuesta deberá ser abonada dentro de los cinco 5 días hábiles siguientes a la notificación de la presente o en el acto de la misma, mediante transferencia del Banco de la Provincia de Buenos Aires, extendida a la orden cuenta Nº 1134/9- Ministerio de Asuntos AgrariosLey 8.404 Fondo Agrarios Provincialdebiéndose remitir el original del comprobante bancario de pago a la Dirección Provincial de Gestión Agroalimentaria y de los Recursos Naturales, sito en calle 51 esquina 12, Torre 1 piso 5º 1900 La Plata, consignando para su identificación número de expediente y/o disposición. Asimismo deberá abonar por separado la suma de pesos cinco $ 5 en concepto de sellado o timbrado provincial por reposición de fojas.
ARTÍCULO 5º. Registrar. Comunicar a las áreas competentes. Notificar al infractor.
Cumplido, archivar.
Eduardo Achával Director Provincial C.C. 11.754 / oct. 13 v. oct. 19

As. Oposición dentro del plazo de Ley, ante notario Isidoro M. Ruiz Moreno, Registro n 2, domicilio: Merced 871, Pergamino, Bs. As., de 9 a 12 Hrs. y 16,30 a 17,30 hrs.
L.P. 27.002 / oct. 6 v. oct. 13


POR 5 DÍAS Marcos Paz. JUAN MANUEL CAIÑA
vende a Jorge Horacio Rotunno, el fondo de comercio y habilitación comercial del taller mecánico sito Lavalle esquina Agero, de Marcos Paz, Bs. As. Reclamos de Ley en el mismo. Carlos A. Lendaro. Escribano.
L.P. 27.027 / oct. 6 v. oct. 13
POR 5 DÍAS La Plata. GENSOLLEN ARIADNA EVANGELINA DNI 29.957.769, vende, cede y transfiere a la Sra.
Dapía Laura María DNI 8.787.711, el fondo de comercio del Salón de Fiestas y otros eventos Bodoke sito en Diagonal 74 N 1071 e/ 6 y 42 de La Plata. Reclamos de Ley en el mismo. Fernando Martín Cárdenas. Abogado.
L.P. 27.032 / oct. 6 v. oct. 13

POR 5 DÍAS Villa Bosch. FELIPE MANCINI y STEPHANIE YAMILA CACCIAPUOTI avisan que queda nula y sin efecto legal alguno la venta del negocio de venta y elaboración de productos panaderiles y productos de confitería, sito en la calle J. M. Bosch N 1301 de Villa Bosch, Partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires. Reclamos de Ley en el mismo negocio.
S.M. 53.759 / oct. 6 v. oct. 13


POR 5 DÍAS San Miguel. COTYMAS EXPRESS S.R.L.
CUIT: 30-70868248-5 hace cesión del fondo de comercio rubro venta de artículos de cotillón, sito en Av. Dr. R. Balbín 1348, San Miguel a Marianela Mas. Reclamos de Ley en el mismo.
S.M. 53.767 / oct. 6 v. oct. 13
POR 5 DÍAS José C. Paz. AURELIO FERMANI transfiere fondo de comercio rubro Taller de Elásticos y anexo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/10/2010 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date13/10/2010

Page count27

Edition count3406

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Dernière édition05/07/2024

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