Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/02/2020 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 05 de febrero de 2020

de Instrucción Nº 2 Departamental, se investiga el delito que, en orden a lo determinado por el art. 186 del C.P.P. y a los fines de la resolución de la cuestión traída, corresponde calificar "prima facie" como Robo Agravado por el Uso de Arma, previsto y reprimido por el Art. 166 inc. 2, primer párrafo del C.P, todo en atención a los argumentos más arriba enunciados. Ello por cuanto surge de acta de denuncia penal de fs. 01/vta., de fs. 02/04, acta de inspección ocular de fs.
07/vta., croquis ilustrativo de fs. 08/vta., acta de declaración testimonial de fs. 09/vta., ampliación de denuncia de fs.
20/21/vta., de fs. 22/23/vta., de fs. 24/25, de fs. 26/vta., de fs. 27/28, de fs. 29/30/vta., croquis ilustrativo de fs. 31, placas de fs. 32, croquis ilustrativo de fs. 33, placas de fs. 34, informe de fs. 35/vta., acta de allanamiento de fs. 49/51, aca de declaración testimonial de fs. 52/53, de fs. 55/55, acta de allanamiento de fs. 58/59/vta., acta de declaración testimonial de fs. 60/vta., de fs. 61/vta., de fs. 62/63, de fs. 64/vta., placas fotográficas de fs. 66/67/vta., y demás constancias de autos que: "Que el día 26 de octubre del año 2019, en el horario aproximado a las 15: 30 horas, un sujeto adulto de sexo masculino - Marcelo David Pueblasingresó al comercio de razón social Potage S.R.L sito en calle 34 esquina 12 de la localidad de Santa Teresita, mas precisamente al sector del deposito, y redujo al encargado del lugar, Sr. Gaston Ariel Scelzo, a quien le colocó en el cuello un cuchillo tipo tramontina, mientras le refería "Dame La Plata todo ello previo arduir un plan y distribuirse de tareas junto a un segundo sujeto adulto de sexo masculino - Pablo Ezequiel Floresquien en su condición de empleado del lugar prestó al primero información y cooperación en relación a los movimientos internos de la empresa, datos sin los cuales el delito no habría podido cometerese, apoderándose ilegítimamente de ese modo de la suma 150.000 pesos, dándose a la fuga con la res furtiva en su poder, consumando de esta manera con el iter delictivo descripto". II. Que en orden a la pena que el Código Penal contempla para la figura delictiva investigada, no resultando por ella, posible el otorgamiento de la excarcelación ordinaria art. 169 inc. 1º del C.P.P. siendo por ende improcedente la eximición de prisión requerida art. 186 del mismo Código, se impone el rechazo de la pretensión de la representante del imputado PP-03-02-007033-19/00 Por Ello, conforme lo reseñado y normado por los arts. 169, 185, 186 y concs. del C.P.P.
Resuelvo: No Hacer Lugar al Pedido de Eximición de Prisión impetrado en favor de Toro Maximiliano Notifíquese a la Fiscalía y al presentante en el domicilio constituído; agréguese copia del presente auto a la I.P.P. y devuélvase la misma a la fiscalía actuante.Regístrese - Fdo. Dr. Diego Olivera Zapiola. Juez de Garantías. Como recaudo, se transcribe el auto que ordena la medida: "Mar del Tuyú, 30 de enero de 2020. Atento el estado del presente Incidente de Eximición de Prisión, y de conformidad con Notificación Policial de fs. 10 y vista contestada por el Sr. Defensor Oficial, a cargo de la U.F.D.D. N 2 Mardel Tuyú, Dr. Leonardo Enrique paladino, de fs.15, procédase a notificar al Sr. Maximiliano Toro de la resolucion de fs. 02/03 por Edicto Judicial el que se publicará en el boletín oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento Penal. Asimismo, remitase la IPP a la sede de la Fiscalía de intervenciones a los efectos de que su titular arbitre los medios tendientes a dar con el paradero del imputado, debiendo informar a esta Judicatura de manera periódica - mensualmenteel resultado de las diligencias realizadas a tal fin". Fdo. Dr.
Diego Olivera Zapiola, Juez de Garantías.
feb. 5 v. feb. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana, Interinamente a cargo P.D.S del Sr. Juez Dr. Julio Andrés Grassi, notifica por este medio a JUAN JOSÉ ALTAMIRANDA, D.N.I. 24.427.632, que en la Causa Nro. 0014309 caratulada "Altamiranda, Juan s/ Lesiones Leves Art. 89 del C.P. Castellanos, Gonzalo Nahuel"
I.P.P. Nº 2575/17, la resolución que a continuación se transcribe: "Escobar, 29 de enero de 2020.- Autos y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: I Revocar la Suspensión del Proceso A Prueba oportunamente dispuesta en relación a Juan José Altamiranda, de las demás condiciones personales obrantes en autos, ello atento el incumplimiento de la regla de conducta referenciada con la letra "a" que le fuera impuesta oportunamente arts. 27 bis y 76 ter del Código Penal.II Elevar a Juicio la presente Causa N 0014309 I.P.P. N 18-01-002575-17/00 respecto del imputado Juan José Altamiranda, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden al delito de Lesiones Leves en Concurso Real con Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil arts. 89, 189 bis inc. 2 primer párrafo en función del art. 55 todos del Código Penal, hechos cometidos el día 29 de marzo del año 2017 y el día 31 de mayo del año 2018, ambos en la Localidad de Belén de Escobar, Partido de Escobar, de ésta Provincia de Buenos Aires, en perjuicio de Gonzalo Nahuel Castellanos y la Seguridad Común; de conformidad con lo normado en el art. 337 del C.P.P. Regístrese, notifíquese lo dispuesto en el punto I y, firme que sea, comuníquese a los organismos respectivos y remítase la presente causa, junto con la I.P.P. N 18-01-002575-17/00 y el legajo de personalidad del imputado a la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal Dptal., a efectos que se sortee al Juzgado en lo Correccional que corresponda para la sustanciación del debate oral y público art. 24 inc. 2 del C.P.P., mediante atenta nota de envío.- Fdo: Julio Andrés Grassi, Juez P.D.S.-"
Secretaría, 29 de enero de 2020.
feb. 5 v. feb. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 9, Sec. Única del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que en los autos: "Gorostegui Miguel Angel s/ Quiebra" Expte. 17775-2014, con fecha 19 de Junio del 2019 se ha decretado la Quiebra del Sr. GOROSTEGUI MIGUEL ANGEL D.N.I. 14.067.749 - CUIT 20-14067749-4, con domicilio real en la calle Estado de Israel N 1693 de Mar del Plata. Se intima a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación de la fallida para que dentro del plazo de de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal pongan los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley. Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza al fallido conforme los términos del artículo 88 inc. 5º.-. Se fija hasta día 10/3/2020 el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación de sus créditos ante la Sindico CP. Betina A. Puglisi, con domicilio de calle San Martín 4141 de esta ciudad, de lunes a viernes de 09 a 13 Hs y de 16 a 20 Hs. Mar del Plata, diciembre de 2019.
feb. 5 v. feb. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional nro. 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de ésta ciudad, cita ERICA NOELIA RODRIGUEZ, DNI 39146252, argentina, nacida el día 05/03/1996, hijo de Angel Hipólito Rodriguez y de Blanca Beatriz Pistan, con último domicilio conocido en calle Antartida Nº 1076 de la ciudad de San Nicolás por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa nro.4835-2018, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "San Nicolás, 3 de Febrero de 2020. Atento a los informes obrantes en autos y,
SECCIÓN JUDICIAL > página 8

Acerca de esta edición

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TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date05/02/2020

Page count9

Edition count3401

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Dernière édition09/08/2024

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