Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/06/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Campana, 20 de mayo de 2016. Vistas
Considerando Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente Causa Nº P02716, respecto de Marcos Nahuel Barros y en orden al delito de Hurto Simple art. 162 del C.P. imputado, de conformidad con lo reglado por los Arts. 2º, 59 inc. 3º, 62
inc. 2º, 63 y 67 del Código Penal. II Dictar sobreseimiento total en la presente Causa, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo reglado por el art. 341 del C.P.P. III Dejar sin efecto la declaración de rebeldía dispuesta a fs. 31/32 respecto del aquí nombrado y su averiguación de paradero y comparendo compulsivo dictado en consecuencia, debiéndose comunicar ello a las autoridades pertinentes.
IV Notificar a Marcos Nahuel Barros de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, conforme lo normado por el art. 129 del CPP Ley 11.922. Regístrese, notifíquese, y firme que sea cúmplase con las comunicaciones de Ley, y oportunamente archívese. Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez. Secretaría, 20 de mayo de 2016.
Marisa P. Capurso, Secretaria.
C.C. 6.509 / jun. 3 v. jun. 9


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a SUSANA MARGARITA ROA, DNI Nº 28.942.330, que en la Causa N P-3096 caratulada Roa, Susana Margarita s/
Amenazas - Lesiones Leves Arts. 149 bis y 89 del C.P. se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Campana, 19 de mayo de 2016. Vistas Y
Considerando Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente, Susana Margarita Roa en orden al delito de Amenazas y Lesiones Leves arts. 149 bis y 89 del Código Penal, imputado, de conformidad con lo reglado por los arts. 2º, 59 inc. 3º, 62
inc. 2º, 63 y 67 del Código Penal. II Dictar sobreseimiento total en la presente Causa, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo reglado por el art. 341 del C.P.P. III Dejar sin efecto la declaración de rebeldía dispuesta a fs. 120
vta./122 respecto de la aquí nombrada y su averiguación de paradero y comparendo compulsivo dictados en consecuencia, debiéndose comunicar ello a las autoridades pertinentes. IV Notificar a Susana Margarita Roa de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco días conforme lo normado por el art. 129 del CPP Ley 11.922. Regístrese, notifíquese, y firme que sea cúmplase con las comunicaciones de Ley, y oportunamente archívese. Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez. Secretaría, 19
de mayo de 2016. Marisa P. Capurso, Secretaria.
C.C. 6.510 / jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, interinamente a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DIEGO FERNANDO LAPUENTE, con último domicilio en la calle Sancriti 3010 de la localidad de Gral. Pacheco, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3
días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 3344, que se le sigue por Robo en grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su captura. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 18 de mayo de 2016.
En atención al informe policial obrante a fs. 89/92, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Diego Fernando Lapuente, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su captura Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.. Fdo. Dr. Juan Facundo Ocampo, Juez PDS. Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario.
Secretaría, 18 de mayo de 2016.
C.C. 6.557 / jun. 6 v. jun. 10

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 9 DE JUNIO DE 2016

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24 de esta ciudad, cita MICAELA DELGADO, D.N.I. N 39.659.244, nacida el día 16/05/1996, hija de Juan Carlos Delgado y de Elsa Beatriz Arellano, con último domicilio conocido en calle Chubut 7596 de la localidad de Rosario, Pcia de Santa Fe, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa nro. 40432016, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
San Nicolás, 26 de abril de 2016. Atento al informe obrante a fs. 57 y desconociéndose el lugar actual de residencia de la encartada Micaela Delgado, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarada rebelde, expidiéndose orden de averiguación de paradero en causa Nro. 4043-2016 cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Notifíquese. Fdo: Sebastián L.
Zubiri. Juez. La nombrada, quien se encuentra imputada del delito de hurto en grado de tentativa, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nro. 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararla rebelde y expedirse orden de averiguación de paradero en causa Nro. 4043-2016 Arts. 129
y 304 del C.P. P.. San Nicolás, 26 de abril de 2016.
Sebastián L. Zubiri, Juez. María Florencia Piña, Secretaria.
C.C. 6.565 / jun. 6 v. jun. 10


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Departamento Judicial de Morón, en Causa N
25.235, caratulada Baiz, Lucas Ezequiel, Villagran, Carlos AIberto y Caseres, Carlos René s/ Inf. Art. 74 inc. a Dec.
Ley 8.031/73; cítase a LUCAS EZEQUIEL BAIZ; argentino; de veinte años; con último domicilio conocido en calle Plaza N 3.949, de Pontevedra, Partido de Merla.
Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de las siguientes Providencias cuyas partes pertinentes a continuación se transcriben: Merlo Bs.As., 26 de abril de 2016 Atento al estado de autos, téngase por interpuesto, el Recurso de Apelación, impetrado a fs 68/73, por el Defensor Oficial a cargo de la Unidad Funcional de Defensa interviniente, del Departamento Judicial de Morón; en contra de la Sentencia condenatoria, recaída en disfavor de sus asistidos; concédeselo, en relación, tal el expreso imperativo del Art. 144 del Dec. Ley 8.031/73. Suspendiendo la ejecución de dicho Decisorio hasta la resolución de la vía recursiva por la Alzada competente Arg. artículos 144 y 146 del Código de Faltas provincial. Para su tratamiento procédase a la elevación al Superior en la forma de estilo.- Fdo. Dr. Eduardo A.
Diforte. Juez; y Morón: abril 28 de 2016 II
Notifíquese a los encausados Lucas Ezequiel Baiz,
que el Tribunal se encuentra integrado por el Suscripto, y los Dres. Fabián Cardoso y Fernando Bellido. Fdo. Diego Matías Grau. Presidente. Asimismo, que deberá comparecer a estar a derecho dentro del plazo de cinco días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado, sito en Solanet N 68 de Merlo, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, y ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As. 24 de mayo de 2016. En virtud de lo ordenado por la Alzada interviniente, y visto que de lo colectado en autos a fs. 84 vta., emerge que el coinculpado Lucas Ezequiel Baiz ya no reside en el domicilio que ha fijado oportunamenteen los presentes obrados, sito en la calle Plaza N 3.949, de Pontevedra, Partido de Merlo; es oportuno disponer que se Notifique por edictos, al prealudido Lucas Ezequiel Baiz, de lo que emerge de la providencia de fs. 74 -párrafo segundo- , y de la de fs. 77 - párrafo finalen la forma de estilo Art. 129 del C.P.P., por aplicación del art. 3 del C. F. bonaerense. Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días; debiendo constar allí que el mencionado coencartado deberá presentarse en calidad de citado dentro del plazo de cinco días de su publicación en esta Sede judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde Art. 129 C.P.P. Fdo. Dr. Eduardo A. Diforte.
Juez. Dado en Merlo Bs. As., a los 30 días del mes de mayo de 2016. Ana María Vinci, Secretaria.
C.C. 6.567 / jun. 6 v. jun. 10

PÁGINA 4483

POR 5 DÍAS - La Señora Jueza integrante del TribunaOral en lo Criminal Nº 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. María Laura Altamiranda, cita y emplaza a DANIEL ACOSTA, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la Causa número 1.201/6, que se le sigue en orden al delito de Robo Calificado. La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice: Banfield, 11 de mayo de 2016. En atención al estado de autos, practique el Actuario la liquidación de costas del proceso; Fecho, vuelva a despacho.
Fdo.: María Laura Altamiranda, Jueza. Certifico: En cuanto ha lugar por derecho, que tomando en consideración los gastos incurridos, de conformidad a lo normado en el art. 83 de la Ley 14.653, practicada la correspondiente liquidación de costas, la misma arroja la suma de doscientos noventa y seis $ 296 pesos. Secretaría, 11 de mayo de 2016. Fdo.: Patricio A. Pereyra, Auxiliar Letrado.
Banfield, 11 de mayo de 2016. Apruébase la liquidación de costas practicada precedentemente por el Actuario y notifíquese a los imputados que dentro del quinto día de notificado deberá abonar la suma de doscientos noventa y seis pesos $ 296. Líbrese oficio. Respecto del encartado Daniel Acosta notifíqueselo por edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el art. 129 del C.P.P., en el Boletín Oficial. Notifíquese a las partes. Fdo.: María Laura Altamiranda, Jueza. Secretaría, 11 de mayo de 2016. Patricio A. Pereyra, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.651 / jun. 7 v. jun. 13


POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 09 Descentralizada Polo Judicial de Avellaneda del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Doctor Luis Silvio Carzoglio, notifica y emplaza por el término de cinco días a CRISTIAN JAVIER PONCE, DNI N 39.457,745, en la I.P.P. N 07-02-007001-15, quien se encuentra imputado por el delito de Homicidio Simple de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 5, Departamental Descentralizada Polo Judicial Avellaneda la resolución que a continuación se transcribe:
Avellaneda, 23 de mayo del año 2016. Por recibida, previo a resolver lo que por derecho corresponda, y teniendo en consideración lo plasmado por el Señor Agente Fiscal, Dr. Guillermo Castro en su escrito de figuración de fs. 288, como por la Señora Defensora Oficial, Dra. María Lucinda Lozano a fs. 290, cítese por edictos por el término de cinco días al imputado Cristian Javier Ponce, en virtud de encontrarse reunidos los extremos establecidos por los arts. 303 y ccdtes. del C.P.P. Fdo. Luis Silvio Carzoglio, Juez de Garantías. Secretaría, 24 de mayo del año 2016. Mariano A. Albanese, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.652 / jun. 7 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr.
Jorge Walter López, notifica a GONZÁLO GASTÓN MEDINA, en Causa Nº PP-07-00-078899-13/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 18 de febrero de 2016. Resuelvo: INo hacer lugar a la elevación a juicio requerida por el Sr. Agente Fiscal. IIDeclarar extinguida la acción penal en la presente Causa y por ende sobreseer totalmente a Gonzálo Gastón Medina en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inc. 1º del Código Procesal Penal y 59 inc. 3º y 62
inc. 2º del Código Penal. Fdo. Jorge Walter López, Juez.
Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 27 de mayo de 2016. Atento lo informado a fojas 229/vta., notifíquese a Gonzálo Gastón Medina de la resolución de fojas 221/vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
C.C. 6.653 / jun. 7 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a BRIAN DELGADO, en Causa Nº PP-07-00-000054-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 20 de noviembre de 2015 Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/06/2016 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date09/06/2016

Page count12

Edition count3381

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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