Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/06/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 4482

LA PLATA, JUEVES 9 DE JUNIO DE 2016

LILIAN G. LEDAIN
POR 3 DÍAS - El Jdo. de 1º Ins. Civ. y Com. Nº 7 de La Plata comunica que la Martillera Lilian G. Ledain Col.
6523, Tel. 0221/15 506-6057, en autos Cooperativa Personal YPF Gral. Mosconi - Vucctss s/ Exhorto, Exp.
28774, rematará una fracción de tierra de forma triangular con todo lo plantado y edificado ad corpus 38,38m x 38,44m x 54,25m ubicada en Avenida 7 N 2708 Barrio Las Tejas e/ 85 y 90 de la Localidad y Partido de La Plata, cuyos datos catastrales son Circ. IX, Parc. 2660 AN, Unidad complementaria A, Pdo. 055, Pda. 355502, inscripto en la matrícula 162909 055. Base $ 439.347,27.
Desocupado según mandamiento de fs. 196/199. Los usuarios registrados en el portal para poder pujar en la subasta deberán encontrarse inscriptos con una antelación mínima de tres días hábiles al comienzo de la celebración de la misma. A esos fines deberán depositar un monto equivalente al 5% de la base fijada, o sea $
21.967,36 en la cuenta 2050-027-930605/0 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Suc. Tribunales CBU
0140114727205093060507, abierta a nombre del infrascripto. Si el usuario se presentase a fin de intentar una compra en comisión deberá denunciar el nombre de su comitente, debiendo ambos comisionista y comitente encontrarse inscriptos en el Registro General de Subasta Judiciales a los fines de la admisibilidad de su inscripción en la subasta. Para el supuesto de solicitar la exención del depósito de garantía el ejecutante deberá, además de completar el formulario de inscripción en la página web de la SCBA, presentar en la seccional correspondiente el testimonio de la resolución judicial que lo exime del depósito en garantía, sustitutivo del comprobante de pago del depósito. Lapso de duración de la subasta: El acto de subasta tendrá una duración de diez días hábiles INICIANDO EL DÍA 23 DE JUNIO DE 2016, A LAS 10:00 HS.
momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas y FINALIZARÁ EL DÍA 07/07/2016 A LAS 10:00 HS. Monto de la oferta: La primer oferta a efectuarse deberá al menos ser igual a la base aquí establecida. Déjase establecido que queda prohibida la cesión del boleto de compraventa.
Comisión del Martillero: Se fija en el 3% a cada parte más el 10% de aporte calculado sobre la misma. La parte adquirente deberá depositarla junto con la seña. La de la parte vendedora se pagará con los fondos depositados en la cuenta de autos una vez aprobado el remate. Acta de adjudicación y depósito de seña: A los fines de proceder al labrado del acta de adjudicación pertinente y su firma por ante el Sr. Secretario, fíjase audiencia para el 08 de agosto de 2016 a las 10:00 horas a la cual deberá comparecer el adjudicatario munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su individualización fehaciente como comprador en la subasta electrónica. Asimismo, deberá acreditar el depósito correspondiente al 30% del precio de compra en concepto de seña. Para la eventualidad que el mayor oferente no cumpliere con tales obligaciones, perderá la garantía y quien haya realizado la oferta precedente, si no hubiere pedido la restitución de la garantía, será invitado a mantenerla. Saldo de precio posesión: Deberá ser abonado al quinto día de aprobada la subasta que será notificada en la dirección electrónica, bajo apercibimiento de considerarlo postor remiso Art.
585 C.P.C.C.. En esa oportunidad se mandará entregar la posesión de lo subastado. En esa oportunidad se dispondrá automáticamente la indisponibilidad del 100% del precio obtenido, hasta que se otorgue la escritura correspondiente o se inscriba el bien a su nombre, si se prescindiere de aquélla, salvo que la demora en la realización de estos trámites le fueren imputables. Déjase constancia que la indisponibilidad no regirá respecto de los gastos de escrituración y pago de impuestos y gastos de justicia Art. 581 del C.P.C.C.. El depósito a realizarse deberá contener, además del saldo de precio de subasta, la suma equivalente al 3% sobre el valor de venta por comisión del martillero correspondiente a la parte compradora, con más el 10% en concepto de aportes previsionales; como así también el 1,5% a los fines de garantizar el pago del impuesto a la transferencia de inmuebles dispuesto en la Ley N 23.905. Si no alcanzare el perfeccionamiento de la venta, por culpa del postor remiso, y se ordenare un nuevo remate, este último perderá todos los importes deposita-

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

dos y será responsable de la disminución de precio que se obtuviere en la eventual segunda subasta, de los intereses acrecidos y las costas causadas por ese motivo Art. 585
del C.P.C.C.. En caso de existir más de un postor, y habiéndose declarado al vencedor en la puja como postor remiso, se considerará vencedor al postor que hubiese realizado la segunda mejor oferta -siempre que el mismo haya realizado la correspondiente reserva de postura-, a quien se llamará a ratificarla, siempre que la misma sea igual o superior al noventa y cinco por ciento 95% de la oferta primera. En caso de ratificación de la oferta, se observará el procedimiento previsto en los puntos VII y VIII
a cuyo fin se señalará una nueva fecha de audiencia para la adjudicación y pago de saldo de precio. En caso contrario se seguirá el procedimiento aquí descripto hasta que alguno de los oferentes ratifique su oferta. El adquirente podrá optar por la inscripción directa del dominio conforme lo establece el artículo 581 C.P.C.C. o designar escribano. En ambos casos los gastos son a cargo del adquirente. Los gastos correspondientes a Catastro Parcelario son a cargo del adquirente. Visitas 11/06/2016
de 11:00 a 12:00 hs. La Plata, 6 de junio de 2016. Juan Francisco Constenla, Secretario.
C.C. 6.954 / jun. 9 v. jun. 13


MARÍA DEL CARMEN VALLÉS
POR 3 DÍAS - El Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial N 3 de Quilmes a cargo de la Dra. Diana Ivone Español hace saber por tres días en autos Roma Lilia Teresa c/ Marlenheim S.A. s/ Ejecución hipotecaria Expte. 27127, que la Martillera María del Carmen Vallés Col. 415 CMQ CUIT 27-10326176-2 rematará EL DÍA 16
DE JUNIO DE 2016 A LAS 13 HS. en calle Humberto Primo N 277 de Quilmes Colegio de Corredores y Martilleros de Quilmes 1- Un inmueble ubicado en Ruta 36 Km 30400 hoy N 5902 de la localidad y Partido de Florencio Varela NC: C. V,P: 1292c Matricula 18315 032
Base: $ 16.293.736,00 Está ocupado por Marcelo Nani, Carlos Domingo Toro quienes viven en el inmueble y 17
personas que son empleados. Exhibición 14-06-16 de 9 a 11 hs. Seña: 30%; y la constituciónen el acto de la firma del boleto-de domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente conforme el Art. 133 CPC. No se admitirá la compra en comisión ni la cesión de boleto, ni la invocación de mandamiento tácito, debiendo la Martillera María del Carmen Valles suscribir éste con quien realmente formule la oferta como comprador Art. 36 del CPCC. Comisión 3% cada parte Ley 14085. Aporte Ley 7.014; Sellado 1% a cargo del comprador. Estado de deudas de rentas $ 43.389,60
al 31/05/14; municipalidad $ 89.289,21 al 21/05/14 y tasa servicios generales $ 312.174,59 al 21/05/14. Se deja constancia que la Martillera queda facultada para requerirle a cada asistente al acto de subasta, la firma en una planilla de asistencia y que exhiba su documento de identidad exigiendo a los asistentes que deberán poseer documento de identidad, firmar planilla de asistencia y exhibir un monto en efectivo no menor al correspondiente a seña, sellado, comisión y aportes sobre la base de venta, como condición para ingresar al recinto del remate y para participar del mismo. La venta es al contado y al mejor postor.
El comprador deberá pagar el saldo de precio dentro de los 5 días posteriores a la aprobación de la subasta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Quilmes, en la cuenta de autos. Quilmes, a los 31 días del mes de mayo de 2016. Patricia G. Derdak, Auxiliar letrada.
Qs. 89.803 / jun. 9 v. jun. 13

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Necochea, en el marco de la IPP
Nº PP-11-00-050673-07/00, caratulada Jorge Oviedo s/Encubrimiento, notifica por este medio al Sr. JORGE
OVIEDO por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el art. 129 del CPP, la siguiente resolución:
Necochea, 06 de mayo de 2016. Autos y Vistos:
Considerando: Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción, en la presente Causa, y respecto de Jorge Wilfredo Oviedo Timana, de nacionalidad peruana; de estado civil, soltero; instrucción lograda,
universitaria; nacido en Piura, República de Perú el día 29
de noviembre de 1975; DNI Nº 93.285.549, el que no tiene consigo, pero que memoriza; hijo de Camilo Oviedo v y de Consuelo Timana v; empleado en empresa Lembi ingeniero en construcciones; con domicilio en calle 81 Nº 309, Dpto. 6º de Necochea, Prov. de Buenos Aires; en orden al delito de Encubrimiento, previsto y sancionado por el art. 277 inc. 1º item c del Código Penal, hecho ocurrido con fecha 17/02/2014, en la ciudad de Necochea, y del cual resultó víctima Walter Humberto Vicente Díaz; y consecuentemente sobreseer al mencionado, en los términos de lo previsto en el art. 323 inc. 1
del CPP, en razón de las consideraciones vertidas precedentemente art. 62 inc. 2º del Código Penal y arts. 321, 322, 323 inc. 1º del CPP. II III Regístrese.
Notifíquese. Comuníquese. Fdo. Dra. Aída Lhez, Juez de Garantías. Ante mí: Dra. V. Carolina Zambon, Auxiliar Letrada. Necochea, a los 19 días del mes de mayo del año 2016. María V. Naranjo, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.498 / jun. 3 v. jun. 9


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Analía H. C.
Pepi, interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental, en Causa Nº 711/09, Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-005974-08; U.F.I. Nº 2, Deptal., caratulada: Saavedra Heredia Carmelo. Tenencia Simple de Estupefacientes en Mar del Tuyú, de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle Nº 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al imputado CARMELO SAAVEDRA HEREDIA, cuyo último domicilio conocido era en calle 43 y 16 de la Localidad de Santa Teresita, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: Dolores, 14 de abril de 2016.
Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: 1.- Declarar la extinción de la acción penal en la presente Causa Nº 711/09 respecto de Carmelo Saavedra Heredia correspondiendo sobreseer en forma total al imputado Carmelo Saavedra Herrera, boliviano, sin apodos, nacido el 16 de julio de 1983, en la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia, hijo de Teodora Saavedra Heredia, domiciliado en calle 43 y 16 de la Localidad de Santa Teresita, Partido de la Costa, Provincia de Buenos Aires, por el delito de Tenencia Simple de Estupefacientes art. 14 primera parte de la Ley 23.737, que fuera materia de requisitoria de elevación a juicio, sin costas art. 76 ter. Cuarto Párrafo del C.P. y arts. 530, 323
y concs. del C.P.P.. 2.- Una vez firme la presente, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal. a los fines dispuestos en el artículo 22 de la Acordada 2840 de la S.C.J.B.A. Regístrese. Notifíquese al Fiscal, a la Defensa, y al imputado. Asimismo, comuníquese al Patronato de Liberados de intervención. Fdo. Dra.
María Eva Merlo - Juez en lo Correccional Nº 1
Departamental - Ante mí Dra. María Verónica Raggio, Abogada - Secretaria. Juzgado en lo Correccional Nº 1
Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: Dolores, 10 de mayo de 2016. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación del imputado Carmelo Saavedra Heredia, provenientes de la Comisaría de Santa Teresita, agréguese a la presente y atento a lo allí informado y no habiéndose podido notificado de la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 284/285 y vta.; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P. Notifíquese al Defensor Oficial. Proveo por licencia de la Titular. Fdo. Dra. Analía H. C. Pepi - Juez en lo Correccional - interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental.
Dolores, 10 de mayo de 2016. María V, Raggio, Secretaria.
C.C. 6.501 / jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a MARCOS NAHUEL BARROS, DNI Nº 36.276.860, que en la causa Nº P02716 caratulada Barros, Marcos Nahuel s/ Hurto Simple art. 162 C.P. se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/06/2016 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date09/06/2016

Page count12

Edition count3381

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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