Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/06/2016 - Sección Judicial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

67 del C.Penal; y Arts. 321, 322, 323 Inc. 1º y 324 y Conc.
del C.P.P, Resuelvo: Sobreseer totalmente a Armando Jorge canals , argentino, con D.N.I. 14.181.817 , nacido el 10 de febrero de 1961 en Capital Federal, hijo de Antonio Francisco y de Irma Sello, domiciliado en calle 30 Nº 647
Depto. 3 de Santa Teresita, en orden al delito de Falsificación, Alteración o Supresión de la Numeración Registral, previsto y reprimido en el Art. 289 Inc. 3º del Código Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal.
Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial, Agente Fiscal e imputado. Fdo. Christian Sebastián Gasquet.
Juez. Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores.
Como recaudo transcribo el auto que ordena el presente:
Dolores, 29 de abril de 2016. Atento lo que surge del oficio proveniente de. la Comisaría de Santa Teresita en el que se informa que el imputado Armando Jorge Canals no pudo ser notificado de la resolución de fs. 26 y vta., ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo.
Christian Sebastián Gasquet. Juez. Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario. Dolores, 29 de abril de 2016.
C.C. 6.114 / may. 26 v. jun. 1


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 2734/2013, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-6691
caratulada: Couvell, Lidia Noemí; Mercuri, Diego Jorge s/
Amenazas simples en concurso real con Daño, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado DIEGO JORGE
MERCURI, titular del DNI Nº 26.272.213-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 1 de febrero de 2016. Y Visto Y Considerando Resuelvo: I.Declarar la rebeldía de Diego Jorge Mercuri, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Diego Jorge Mercuri sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP.
III.- Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal.- IV.- Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf. Art. 305, tercer párrafo, CPP.- Fdo. Julia Andrea Rutigliano, Juez Ante mí: Marisa Vázquez, Secretaria. Claudio R.
Frassoni, Auxiliar Letrado. Quilmes, 10 de mayo de 2016.
C.C. 6.115 / may. 26 v. jun. 1
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº QL3479-2015, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J7539 caratulada: Zarini Daniel Gustavo s/ Desobediencia 2 hechos Amenazas calificadas por el uso de arma, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado DANIEL GUSTAVO
ZARINI, -titular del DNI Nº 26.826.447, Y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 28 de marzo de 2016. Y Visto: y Considerando: Resuelvo:
IDeclarar la rebeldía de Daniel Gustavo Zarini, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal.- II. Revocar la excarcelación concedida en favor de Daniel Gustavo Zarini Arts. 189 Inc. 1º y 306 del Código Procesal Penal disponiendo en consecuencia la Inmediata captura y detención del imputado Daniel Gustavo Zarini -titular del DNI 26.826.447, nacido el día 11/02/1978 en Avellaneda, hijo de Roberto Félix Zarini y de Catalina Rita Villalba, de estado civil soltero. III.

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 1 DE JUNIO DE 2016

Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Zarini sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. IV. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. V.- Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf. Art. 305, tercer párrafo, CPP. Fdo. Julia Andrea Rutigliano Juez Ante mí: Marisa Vázquez Secretaria. Quilmes, 3 de mayo de 2016.
C.C. 6.116 / may. 26 v. jun. 1


POR 5 DÍAS - La Sra. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 8 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Nora Alicia Martini, cita y emplaza a ECHEVERRÍA ALEJANDRO GRABRIEL, cuyos datos filiatorios resultan ser: de nacionalidad argentina, poseedor del DNI 31.693.734, hijo de Rosa Echeverría, nacido el día 30 de marzo de 1986 en CABA, con último domicilio conocido en la calle 13 Nº 4301 entre 82 y 88 del Barrio Las Flores de la localidad de Miramar, para que en el término de cinco 5 días, comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa 07-00-037418-09, causa registro interno Nº 601, seguida a Echeverría Alejandro Grabriel, en orden al delito de Hurto calificado, cuya resolución se transcribe:
Lomas de Zamora, 9 de mayo de 2016. Téngase presente lo informado precedentemente, y cítese al incuso, Echeverría Alejandro Grabriel por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. A tal fin líbrense oficio de estilo. Fdo.
Dra. Nora Alicia Martini, Juez en lo Correccional. Viviana L.
Gardenal, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.118 / may. 26 v. jun. 1
POR 5 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Fernando A. Bueno, notifica a GUSTAVO
OSCAR DOCIL HEREDIA, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2328-1, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo de la resolución que a continuación se transcribe Banfield, 22 de septiembre de 2014. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I.
Declarar extinguida la acción penal que se siguiera a Gustavo Oscar Docil Heredia, en orden al delito de Robo, por el hecho que se denunciara como acaecido el día 19/07/2003, en la localidad de Lanús, partido homónimo, en perjuicio de Gómez, Walter artículos 76 ter. y 59 del Código Penal. II. Sobreseer a Gustavo Oscar Docil Heredia de las demás condiciones personales obrantes en autos, en el marco de los presentes actuados que se registran por Secretaría bajo la causa Nº 2328/1, en virtud de concurrir a su respecto una causal extintiva de la acción penal Art. 341 del CPrP. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 17 de mayo de 2016 No habiendo comparecido el incusado Gustavo Oscar Docil y en atención a lo que surge del informe de fs.
218/vta., en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos y teniendo en cuenta el estado de los presentes obrados notifíquese de la resolución de fs. 205/vta. a Gustavo Oscar Docil Heredia de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo.: Fernando A. Bueno, Juez.. Secretaría, 17 de mayo de 2016. Lidia Fabiana Moro, Juez.
C.C. 6.119 / may. 26 v. jun. 1
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Necochea, en el marco de la P.P.
11-0258-16, notifica por este medio a MARIANO EMANUEL DÍAZ por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el Art. 129 del CPP, la siguiente resolución:
Necochea, 2 de mayo del 2016 Resuelvo: I Hacer Lugar al sobreseimiento de Mariano Emanuel Díaz, argentino, DNI 38.603.935, nacido el 22/11/1994, hijo de Mariano Enrique Díaz y Marta Esther Gigena, con domicilio en calle 63 y 86 de Necochea, Prov. de Buenos Aires.
En orden al delito de Tenencia de Estupefacientes, previsto y sancionado por el Art. 14 según párrafo de la Ley 23.737, de conformidad con los fundamentos expuestos y en los términos del Art. 323 Inc. 3 del C.P.P Fdo. Dra.
Aída Lhez. Juez de Garantías. Ante mí: Dra. V. Carolina Zambon. Auxiliar Letrada. Necochea, a los 13 días del mes de mayo del 2016.
C.C. 6.121 / may. 26 v. jun. 1

PÁGINA 4277

POR 5 DÍAS El Juzgado Civil y Comercial N 5, Sec.
Única del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que en los autos Preiti Viviana s/ Quiebra pequeña Expte. 18.120, con fecha 28 de abril de 2016
se ha decretado la Quiebra de la Sra. PREITI VIVIANA
CLAUDIA, DNI 16.613.772, con domicilio en la calle Daniela y Félix s/n paraje Sierra de los Padres. Intimar al fallido y a terceros para que entreguen al Síndico, CP
Daniel R. Hernández, con domicilio en calle San Martín 4141 los bienes de aquél Art. 88 inc. 3 LCQ. Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados Art. 88 inc. 5. Se hace saber a los Acreedores que pretendan su incorporación al pasivo concursal que lo deberán hacer por incidente en los términos del Art. 202 de la Ley Falencial. Mar del Plata, 10 de mayo de 2016. Patricia Silvia Borenstein, Secretaria.
C.C. 6.122 / may. 26 v. jun. 1


POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Inst. en lo Civil y Comercial N 5, del Depto. Judicial de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, sito en la calle Almirante Brown N 2241 2do piso, hace saber que en los autos caratulados Martillo Oeste S.A. s/ Quiebra pequeña Expte. N
14.411/2015 se ha decretado con fecha 17 de febrero de 2016 la Quiebra de MARTILLO OESTE S.A. con CUIT N
30-71238916-4 y domicilio social en Avenida Jacinto Peralta Ramos N 1303 de esta ciudad, decretándose las siguientes medidas: 1 Conforme con lo dispuesto por el Art. 88 LCQ fíjase plazo hasta el día 30 de septiembre de 2016, para que los acreedores por causa o título anterior a sus garantes, formulen al Síndico Luis Martín Bagaloni el pedido de verificación de sus créditos Art. 200 LCQ en la calle Rawson N 2272 de esta ciudad de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 hs. 2 Fíjase al Síndico hasta el día 15 de noviembre de 2016, para la presentación del Informe Individual previsto en el Art. 35 LCQ conforme Art. 200, dos últimos párrafos y hasta el día 28 de diciembre de 2016, para la presentación del Informe General previsto en el Art. 39 LCQ, el cual podrá ser observado por los acreedores que hayan solicitado verificación y el deudor dentro de los 10 días de presentado Art. 40 LCQ. 3 Se hace saber a terceros que deberán hacer entrega al Síndico de los bienes de la fallida que se encuentren en su poder Art. 88 inc. 3 L.C. y Q 4 La prohibición de hacer pagos a la fallida, los que en caso de realizarse serán ineficaces Art. 88 inc. 5 L.C.yQ.. 5 Hágase saber a los administradores de la sociedad fallida que dentro de las cuarenta y ocho hs. deberán constituir domicilio en autos, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado Art. 88 inc. 7 L.C.yQ. Mar del Plata, 9 de mayo de 2016. Laura Garrido, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.123 / may. 26 v. jun. 1
POR 5 DÍAS El Juzgado de Garantías N 2 de Bahía Blanca interinamente a cargo del Dr. Guillermo Gastón Mercuri, Secretaría a cargo de la Dra. Claudia Gabriela Lamoth, cita y emplaza a HORACIO RICARDO MATO, DNI
8.537.456, argentino, nacido el día 9 de mayo de 1951, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca a la sede de este Juzgado de Garantías N Dos, sita en calle Avda.
Colón 48 de esta Ciudad, a primera audiencia en el marco de la I.P.P. N 13011-13 caratulada: Mato Horacio Ricardo por Encubrimiento previsto y reprimido en el artículo 277 inc. 1 c en relación con el inc. 2 del C. Penal, a fin de practicarse la notificación pendiente a su respecto, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 129
del C.P. Penal. Bahía Blanca, 17 de mayo de 2016. María B. Llull, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.181 / may. 27 v. jun. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado Primera Inst. en lo Civil y Comercial N 10 del Dpto. Judicial de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, a cargo de la Dra. Mariana Lucía Tonto de Bessone, sito en la calle Almirante Brown N 1771 1er piso, le hace saber que en los autos caratulados Campeones 2008 S.A. s/ Concurso Preventivo hoy s/
Quiebra Expte. N 28877/2009 se ha decretado con fecha 19 de mayo de 2015 la quiebra de la sociedad fallida CAMPEONES 2008 SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT N 3071066615-2, con domicilio social en calle Marconi N 1005
de la localidad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, decretándose las siguientes medidas: 1
Intimar a terceros que tengan bienes de la fallida a que los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/06/2016 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date01/06/2016

Page count9

Edition count3378

Première édition02/07/2010

Dernière édition04/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2016>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930