Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/06/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 5166

LA PLATA, LUNES 29 DE JUNIO DE 2015

Judicial Dolores Fdo. Dr. Horacio D. Piombo y Dr.
Benjamín R. Sal Llargues. Ante mí Carlos Marucci.
Secretario. Tribunal de Casación Penal de la Pcia. de Buenos Aires. Sala Primera. A mayor ilustración se transcribe el auto que dispone el presente: Dolores, 21 de mayo del año 2015. Por recibido el Boletín Oficial y advirtiendo que no se ha publicado la resolución de fecha 19
de diciembre de 2014 del Tribunal de Casación Penal de la Pcia. Buenos Aires, líbrese nuevo oficio con transcripción completa de la resolución citada Art. 126 y conc. del C.P.P Fdo. Emiliano Lazzari. Juez. Departamento Judicial Dolores. Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario. Dolores, 21 de mayo del 2015.
C.C. 7.678 / jun. 26 v. jul. 2


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría única a mi cargo, en relación a la causa Nº 3172015, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-7191 caratulada: Godoy, Miguel Ángel s/ Robo Simple en grado de tentativa en Concurso Real con daño, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código Procesal Penal, la resolución que se notifica al imputado MIGUEL ÁNGEL GODOY, titular del D.NI Nº 34.828.301, nacido el día 24/09/1989 en la localidad de Don Bosco, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, hijo de Oscar Narciso y de Miriam Beatriz Tornadore, de estado civil soltero, de ocupación gasista, con últimos domicilios conocidos en calles 23 entre 161 y 162; y calles 12 y 421 bis s/ Nº 945 de la localidad de Villa Elisa, Partido de La Plata, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Ciudad de Quilmes, 28 de mayo de 2015 Resuelvo: I Declarar la rebeldía de Miguel Ángel Godoy, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los artículos 303 y 304. del Código Procesal Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo del mencionado, una vez que sea habido, a primera audiencia. II Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado sea habido para ser sometido nuevamente a proceso conforme artículo 305 del Código Procesal Penal. III Regístrese, notifíquese al señor Fiscal y a la Defensa, y por edictos durante cinco 5
días, al imputado, conforme lo dispone el artículo 129 del Código Procesal. IV Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría artículo 305, tercer párrafo, del Código Procesal Penal.
Firmado: Dra. Julia Andrea Rutigliano -Juez CorreccionalAnte mí: María Cecilia González Secretaria. Quilmes, 17 de junio de 2015.
C.C. 7.679 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En causa Nº 131/07, de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Depto. Judicial Dolores, a cargo de la Dra María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Florencia Virginia Doumic, seguida a Althabe Juan Carlos por hurto en Lezama, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era Calle Heroes de Malvinas 2278 Lanús Este, Pcia. de Bs.
As., el siguiente texto que a continuación se transcribe:
Dolores, junio 16 de 2015. Autos y Vistos: Para resolver esta causa Nº 131/07 seguida ALTHABE JUAN CARLOS
por Hurto en Lezama, de los que, Resulta: 1º Que el hecho enrostrado en autos ha sido calificado como hurto Art. 162 del C. Penal de acuerdo a la requisitoria de fs.
13/16 y vta. 2º Que a fs. 265 se resuelve respecto a los términos transcurridos en autos de acuerdo a la Ley 25990 y analizándose la causa, habiendo transcurrido más tiempo del que indica la escala penal, entre la fecha del auto de citación a juicio 17/4/07 fs. 47 y vta, a la fecha, descontando el tiempo en que se Suspendió el Juicio a Prueba, se procedió a verificar la inexistencia de causales de interrupción de la prescripción en esta causa, Art.67
cuarto párrafo Inc. a del C. Penal, que con los informes de fs. 268/281 y 284/286, se encuentran los autos en estado de resolver. Y Considerando: 1º Que conforme la requisitoria de elevación a juicio, el hecho endilgado ha sido calificado como Hurto en el que se prevé una pena máxima de dos años, y atento el juego de los Arts. 62 Inc. 2 y 67
cuarto párrafo en su nueva redacción del Código Penal, habiendo transcurrido con exceso los plazos indicados precedentemente, la acción penal pública se encuentra prescripta y por lo tanto extinguida Art. 162 del C.Penal.

BOLETÍN OFICIAL

2º Que verificados los antecedentes penales de acuerdo a los informes de Reincidencia y Jefatura de Policía antes referenciados, y a las certificaciones precedentes, el imputado no ha cometido nuevos delitos transcurriendo los plazos establecidos en los Arts. 62 Inc. 2 y 67 4to párrafo t.o Ley 25990 con relación al Art. 162 del C.Penal, por lo que la causa se encuentra prescripta y extinguida la acción penal. 3 Podré o no estar de acuerdo con los postulados y letra de la Ley 25990 pero cierto es que tiene dicho en reiterados pronunciamientos nuestro Superior Tribunal que los jueces debemos fallar siempre ajustados a la letra de la Ley, y nunca apartamos de ella, aún so pretexto de injusticia. Correspondiendo en consecuencia expedirme sobre la prescripción de la acción penal pública en relación al imputado, como ya he resuelto en causas anteriores de este Juzgado. Por todo lo expuesto, lo que establecen los Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67 cuarto párrafo t.o. Ley 25990, Art. 162 del C. Penal y las constancias de la causa: Resuelvo: declarar extinguida la acción penal por prescripción en la causa 131/07 sobreseyendo totalmente al imputado Althabe Juan Carlos cuyos demás datos personales obran en autos, por el delito de Hurto, por el que mediara requisitoria de elevación a juicio. Regístrese, Notifíquese, a las partes en la forma de Ley, al imputado por Edicto, firme que quede el mismo, practíquense las comunicaciones de Ley, resérvese en Secretaría, y oportunamente, archívese. Fdo. María Cristina Tramontini. Juez. Ante mí: Florencia Virginia Doumic. Abogada - Secretaria. Dolores, junio 16 de 2015.
Florencia V. Doumic, Secretaria.
C.C. 7.680 / jun. 26 v. jul. 2


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia de Familia Nº 1, Sec. 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Gobernador Barreyro 1012, Oberá, Misiones, cita y emplaza, durante 2 días, a CARDOZO, CARMEN DEL ROSARIO, DNI 29.881.528, en Expte.
220/2013 Bergallo Marcelo Ariel c/ Cardozo Carmen del Rosario s/ Divorcio Vincular Art. 214. 2do. Cód. Civil, para que dentro de 5 días comparezca a tomar la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar a la Sra. Defensora Oficial de Ausentes para que lo represente. Fdo. Dr. José Gabriel Moreira, Juez.
Dra. Daniela L. Guidici, Secretaria.
C.C. 7.682 / jun. 26 v. jun. 29
POR 2 DÍAS - El Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N 2 del Departamento Judicial de Quilmes, Secretaría Única, en el Expte. N 79129 caratulado Sandoval Alan Ernesto y otro/a s/Abrigo, notifica a al Sra. SANDRA MABEL RODRÍGUEZ, D.N.I. N
24.250.681, con último domicilio conocido en la ciudad de La Plata, de los siguientes resolutorios: Quilmes, 13 de marzo de 2013 Autos y vistos Y Considerando
Resuelvo: 1 Declarar la legalidad de la medida de abrigo dispuesta por el Servicio Zonal de la Promoción y Protección de los Derechos de Quilmes - en relación a los niños Alan Ernesto Sandoval D.N 45.675.335 y Brisa Mabel Sandoval D.N.I. 44.666.767-, desde su adopción y por el plazo previsto Ofíciese a dicho órgano, comunicando el presente decisorio. Notifíquese a los progenitores Regístrese. Notifíquese Fdo.: Juliana María del Valle Fayanas, Juez. y otro auto; Quilmes, 27 de junio de 2013. Autos y vistos Y resultando Resuelvo: 1 Otorgar la Guarda Simple de los jóvenes Alan Ernesto Sandoval D.N.I. 45.675.335 y Brisa Mabel Sandoval D.N.I.
44.666.767 a la Sra. Nilda Beatriz Ledesma, D.N.I.
6.697.615. Expídase certificado. Notifíquese Regístrese.
Notifíquese. Fdo.: Juliana Fayanas, Juez. Y el auto que ordena el presente: Quilmes, 18 de mayo de 2015.
Quilmes, 2 de junio de 2015. Walter Alejandro Bianco, Secretario.
C.C. 7.710 / jun. 29 v. jun. 30
POR 2 DÍAS - El Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N 2 del Departamento Judicial de Quilmes, Secretaría Única, en el Expte. N 79131 caratulado Sandoval Elías Leandro s/Abrigo, notifica a la Sra.
SANDRA MABEL RODRÍGUEZ, D.N.I. N 24.250.681, con último domicilio conocido en la ciudad de La Plata, de los siguientes resolutorios: Quilmes, 13 de marzo de 2013.
Autos y vistos y Considerando Resuelvo: 1 Declarar la legalidad de la medida de abrigo dispuesta por el Servicio
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Zonal de la Promoción y Protección de los Derechos de Quilmes - en relación al niño Elías Leandro Sandoval-, desde su adopción y por el plazo previsto Ofíciese a dicho órgano, comunicando el presente decisorio.
Notifíquese a los progenitores Regístrese. Notifíquese
Fdo.: Juliana María del Valle Fayanas, Juez.- y otro auto;
Quilmes, 27 de junio de 2013. Autos y vistos y Resultando Resuelvo: I Otorgar la guarda simple del niño Elías Leandro Sandoval DNI N 46.907.864 a la Sra.
Graciela Romero DNI N 13.757.823. Expídase certificado. Notifíquese Fdo.: Juliana Fayanas, Juez.- y el auto que ordena el presente: Quilmes, 18 de mayo de 2015.
Walter Alejandro Bianco, Secretario.
C.C. 7.711 / jun. 29 v. jun. 30


POR 2 DÍAS - El Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N 1 del Departamento Judicial de Quilmes, Secretaría Única, en el Expte. N 71543 caratulado Ojeda Iván Gabriel s/Abrigo, notifica a la Sra. ESTELA MARÍA OJEDA BOGADO, Cédula de Identidad Paraguaya 3.755.310, con último domicilio conocido en la ciudad de Quilmes, de los siguientes resolutorios:
Quilmes, 18 de mayo de 2015. Autos y vistos
Resultando Considerando Resuelvo: 1 Declarar la situación de adoptabilidad del niño Iván Gabriel Ojeda, DNI 54.283.469, nacido en Avellaneda el 24/05/2004, hijo de Estela María Ojeda Bogado, Cédula de Identidad de la República del Paraguay 3.755.310 y sin filiación paterna Art. 7 de la Ley 14.528. II Regístrese. Habiéndose agotado sin éxito los recaudos previstos por el Art. 145 CPCC, notifíquese a la Sra. Estela María Ojeda Bogado los apartados I y II del presente resolutorio, mediante edictos.
Germán Luis Meiszner, Juez. Claudia Andrea Psenda, Secretaria.
C.C. 7.712 / jun. 29 v. jun. 30
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 4 de Bahía Blanca a cargo de la Dra. Marisa G. Prome, Secretaría a cargo del Dr. Carlos Human, cita y emplaza a FERNANDO
RODRÍGUEZ, DNI: 32.938.286, hijo de Jorge Ernesto Rodríguez y Elvira Cordero, nacido en Resistencia, Pcia.
de Chaco el 29 de diciembre de 1981, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de la U.F.I.J. Nº 4 a primera audiencia a los fines de prestar declaración en los términos del Art. 308 del C.P.P.
Art. 129 del Código de Procedimiento Penal Pcial.. Bahía Blanca, 9 de junio de 2015. Anabel Martínez Gabella, Auxiliar Letrada.
C.C. 7.696 / jun. 29 v. jul. 3
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1, Secretaría única, a cargo de la Dra. Jorgelina Romero, de Bahía Blanca, sito en calle Sarmiento Nº 32 piso 1, cita a comparecer en el plazo de diez días a CARINA GABRIELA
BERIBEY y WALTER PABLO BERIBEY para que conteste la acción en su contra deducida por Centeno Adriana Graciela en los autos caratulados Centeno Adriana Graciela c/ Beribey Carina Gabriela y otro/a s/Despido Expte. 28.199, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes en turno del Departamento, para que lo represente. Jorgelina Romero, Secretaria.
C.C. 7.697/ jun. 29 v. jun. 30
POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Pablo Nicolás Raele, Secretaría Única a mi cargo, en actuaciones relacionadas con la causa caratulada Battistoni Alejandro s/PIL y Robo agravado del ex Juzgado en lo Criminal Nº 9 Departamental, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 cinco días a BATTISTONI ALEJANDRO, titular del D.N.I. Nº 11.926.270 y/o a toda persona que posea derechos comprobables respecto del vehículo marca Peugeot modelo 505 SRSC, modelo 1988, motor número 478123, Chasis Nº 2052621, para que comparezca ante este Juzgado a efectos de ejercer dichos derechos, en actuaciones relacionadas con la causa del ex Juzgado Criminal Nº 9
Departamental en Ia causa caratulada Battistoni

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/06/2015 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date29/06/2015

Page count12

Edition count3379

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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