Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

expte. 37847. A su turno la S.C.J.B.A. en la causa 110.766, con fecha 30 de mayo de 2012 rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley fs. 108/110; interpuesto recurso extraordinario federal, la S.C.J.B.A. lo rechazó por inadmisible fs. 149/150. La resolución restó firme conforme las notificaciones de fs. 151 y 162/163 8 de abril 2014.
Con fecha 12 de enero de 2005 se ordenó la detención del causante fs. 49, la que se efectivizó el día 14 de igual mes y año fs. 53. La misma se convirtió en prisión preventiva el día 30 de enero de 2005 fs. 69/73. Con fecha 7 de noviembre de 2006 se le otorgó la morigeración de la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario Art. 159 y 163 C.P.P.B.A.- fs. 160/161. Con fecha 13 de febrero de 2009 se le concedió la excarcelación por agotamiento en prisión preventiva de la condena oportunamente impuesta Art. 169.9 C.P.P.B.A. - inc. 1885-. Consecuentemente la pena se halla actualmente vencida. En consecuencia, atento el estado de autos, se declaró la extinción de la pena oportunamente impuesta Arts. 65 y 66 del C.P., ordenándose la remisión al Archivo Departamental del expediente de marras y sus agregadas en carácter de archivado estando en condiciones de ser destruidas a partir del 2 de junio de 2019. Art. 71, 75, 78, 82, 115 mc. c y ccs. de la Acordada N 3.397, de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Los datos personales del causante Walter Ariel Gutiérrez son: D.N.I. 30.913.980, argentino, nacido en Bahía Blanca el 15 de enero de 1984, hijo de Lorenzo y de Catalina Olivero Rifo. Actualmente domiciliado en calle Cnel. Vidal N 931 de este medio. María Carla Roveta, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.602 / jun. 26 v. jul. 2


POR 5 DÍAS El Tribunal del Trabajo N 5, Secretaría Única del Departamento Judicial de San Isidro, en los autos caratulados Rodríguez María Inés c/ Doldan Juan José s/ Despido notificó a sus efectos al Sr. JUAN JOSÉ
DOLDAN, de la Resolución dictada en autos cuya parte pertinente dice: San Isidro, 19 de diciembre de 2013.
Conforme lo solicitado Notifíquese la parte resolutiva de la sentencia dictada en autos y su correspondiente liquidación al demandado Sr. Juan José Doldan mediante la publicación de edictos por dos días en el Boletín Oficial Art. 63 Ley 11.653, Art. 146 y 147 del C.P.C.C.. El diario oficial publicará el edicto en cuestión sin cargo para el actor ya que el mismo goza del beneficio de litigar sin gastos Art. 22 Ley 11.653 y Art. 1 Ley 8.593 Fdo. Ricardo Oscar González. Juez Fallo San Isidro, 25 de abril de 2013. Autos y Vistos y Considerando: Los términos del acuerdo que antecede el Tribunal Resuelve: 1 Hacer lugar a la demanda en forma parcial y en consecuencia condenar al Sr. Juan José Doldan, a pagar a la Sra. María Inés Rodríguez, dentro de los diez días y mediante depósito judicial Art. 277 L.C.T.; la suma de pesos siete mil trescientos sesenta y cuatro con 0/100 $ 7.364, con más los intereses que se calcularán desde la fecha del distracto 03-09-2009 y ello conforme la vigencia la Ley 14.399 B
N 26969 12/12/2012 , se calcularán intereses a la tasa activa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires, que utiliza en operaciones de descuento en depósitos a treinta días en los distintos períodos de aplicación y ello hasta la fecha de la presente sentencia.
2 Firme que se encuentre la presente y ante el incumplimiento del condenado, a partir de la fecha de vencimiento del plazo otorgado en el punto precedente se calcularán intereses sancionatorios, sobre el capital de condena, media vez 0,5% la tasa activa, que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones de descuento, resultando dichos intereses comprensivos de los previstos por el Art. 622 del Código Civil y Art. 37 del C.P.C.C.
3 Imponer las costas de la accionada vencida Art. 19
Ley 11.653.
4 Rechazar la demanda en cuanto persigue el cobro de la integración del mes de despido, Art. 499 del C. Civil.
5 Diferir la regulación de honorarios para el momento en que quede firme la liquidación a practicarse por la Actuaria Art. 51 Ley 8.904.
Regístrese, Practíquese Liquidación y Notifíquese.
Norberto Mario Castelli Presidente TT N 5 Cristian Edgardo Prieto Ricardo Oscar González Juez Vicepresidente. TT N 4 TT N 5 Martín Daniel Mansilla Auxiliar Letrado. Tribunal del Trabajo N 5, San Isidro.
Liquidación que practica la Actuaria conforme lo ordenado en la sentencia dictada en autos, de acuerdo al siguiente detalle: a cargo de la demandada Capital $
7.364,00, Intereses Tasa Activa 30/09/09al 25/04/13 $
9.391,58. Subtotal $ 16.755,58. Tasa de Justicia $ 162,00
10% inc. f. Art. 12 Ley 8.455 $ 16,20. Total: $ 16.933,78.
La presente liquidación asciende a la suma de pesos dieciséis mil novecientos treinta y tres con 78/100 $
16.933,78 a cargo de la demandada.

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 1 DE JULIO DE 2014

San Isidro, 25/04/13. De la liquidación practicada vista a las partes por el término de cinco días Art. 38 inc. d del C.P.C.C., 48 y 63 Ley 11.653. Notifíquese. MGE. San Isidro, 6/5/2014. Martín Mansilla, Secretario.
C.C. 6.612 / jun. 26 v. jul. 2


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a SOLEDAD ALICIA SALCEDO
ACOSTA, con último domicilio en Artigas 2011 de la localidad de Malvinas Argentinas, Los Polvorines, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2680, que se le sigue por Robo Simple en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 29 de mayo de 2014.
Respecto de Soledad Alicia Salcedo Acosta, en atención al informe policial obrante a fs.176, y desconociéndose el actual domicilio de la mencionada, cítesela por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal. Fdo. Dra. Andrea C.
Pagliani, Jueza; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario.
Secretaría, 29 de mayo de 2014.
C.C. 6.588 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de San Isidro, interinamente a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 1º Piso de San Isidro, cita y emplaza a MIGUEL ÁNGEL SUÁREZ, con último domicilio en Pasaje Alberdi Nº 433, barrio Los Tábanos, localidad de Tigre, partido del mismo nombre, provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº que se le sigue por, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 9 de junio de 2014. En atención a los informes policiales obrante a fs. 116/117
vta. y 123/124vta., lo manifestado a fs. 126 por la defensa y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el art.
129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P..
Hágase saber a la defensa técnica. Fdo. Juan Facundo Ocampo, Juez interino. Ante mí: Paula G. Marzocchi, Secretaria.. Secretaría, 9 de junio de 2014.
C.C. 6.589 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a LUCAS DANIEL LAURÍA, titular del D.N.I. Nº 38.606.117, soltero, de nacionalidad argentina, nacido el 14 de noviembre de 1992 en Tigre, ser hijo de Héctor y de Alicia Nancy Moya, con último domicilio conocido en la calle Siria Nº 2934 del Barrio Sol y Verde de la localidad y partido de José C. Paz, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129, 303 y sstes. del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 11 de junio de 2014 Por otro lado, intímese al encausado Lauría por edictos a que dentro del quinto día de publicados comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo el mismo apercibimiento ordenado en el párrafo precedente Art. 129 del C.P.P.. Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Mariela C. Quintana, Secretaría. Secretaría, 11 de junio de 2014.
C.C. 6.593 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En causa Nº 400/07 de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría
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Única, a mi cargo, seguida a CASTRO GUSTAVO IVÁN
por Robo en Las Toninas, a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 1 Nº 1743 de Las Toninas, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, junio 3 de 2014. Autos y Vistos
Resuelvo: 1. Declarar extinguida la acción penal por prescripción en la causa Nº 400/07, sobreseyendo totalmente a Castro Gustavo Iván cuyos demás datos personales obran en autos Notifíquese. María Cristina Tramontini, Jueza. Ante mí: Florencia Doumic, Secretaria. Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, junio 13 de 2014.
C.C. 6.601 / jun. 26 v. jul. 2


POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 16.759, I.P.P. Nº 03-02004403-07 seguida a CARLOS MANUEL ACOSTA por el delito de Lesiones Culposas, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Falucho Nº 357 de la localidad de Mar de Ajó, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 5 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
Autos y Vistos Por ello Resuelvo: Sobreseer totalmente a Carlos Manuel Acosta y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Culposas Arts. 59, Inc. 3º; 62
inc. 2º y 94 del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P
Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 9 de junio de 2014. Atento lo que surge de la notificación de Carlos Manuel Acosta en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Dolores, 9 de junio de 2014. Marcos C. Álvarez, Abogado.
C.C. 6.604 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 9949, I.P.P. Nº 03-00076509-04 seguida a MARTÍN CEBEDIO y otro por el delito de Robo simple, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Pedro de Mendoza e/ Gabotto y Magallanes de Valeria del Mar, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 28 de abril de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos v Vistos Resuelvo: Sobreseer totalmente a Martín Cebedio Por haber operado la prescripción, en relación al delito de Encubrimiento y Adulteración de Objeto Registrable, atento haberse extinguido la acción penal por la prescripción. Fdo: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de junio de 2014. Atento lo que surge de la notificación de Martín Cebedio en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Dolores, 9 de junio de 2014.
C.C. 6.605 / jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 11.796, I.P.P. Nº 03-00038057-02 seguida a MIGUEL ÁNGEL FAÚNDEZ por el delito de Lesiones Graves, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Nazar Nº 1635 de Gerli, Avellaneda, Pcia. de Bs. As., la resolución que dictara este Juzgado el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1º Sobreseer totalmente a Miguel Ángel Faúndez Neida, chileno, casado cocinero, DNI Nº 92.490.725, hijo de Octavio y de Eliana Neira, nacido el 27
de mayo de 1964 en Santiago de Chile República de Chile, con último domicilio en calle Nazar Nº 1635 de Gerli,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date01/07/2014

Page count17

Edition count3379

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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