Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/05/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

se a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Emiliano Lazzari, Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores.
Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario. Dolores, 14 de abril de 2014.
C.C. 5.165 / may. 23 v. may. 29


POR 5 DÍAS - En Incidente Nº 12.016/1/ Causa Nº 12.016/IPP Nº 03-001707-13, caratulado: Incidente de Eximición de Prisión en favor de Gastón Leonardo Santo de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado GASTÓN LEONARDO
SANTO, cuyo último domicilio conocido era en calle Arcachon Nº 1339 de Ostende, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 3 de mayo de 2013.
Autos y Vistos: Para resolver en relación a la solicitud de eximición de prisión presentada por la Dra. Carolina Suárez, Secretaria de la Defensoría Oficial Dptal. en beneficio y representación de Gastón Leonardo Santo y Considerando: l. Que en la I.P.P. Nº 03-001707-13 que tengo a la vista, de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Nº 3 Departamental, se investiga el delito que, en orden a lo determinado por el Art. 186 del C.P.P. y a los fines de la resolución de la cuestión traída, corresponde calificar prima facie como Robo triplemente agravado por ser cometido con fracción, por el uso de arma de fuego y por su comisión en poblado y en banda, previsto y penado por los Arts. 166 Inc. 2, 167
Ins. 2 y 3 del Código Penal. II. Que en orden a la pena que el Código Penal contempla para la figura delictiva investigada, no resultando por ella, posible el otorgamiento de la excarcelación ordinaria Art. 169 Inc. 1 del C.P.P. siendo por ende improcedente la eximición de prisión requerida Art. 186 del mismo Código, se impone el rechazo de la pretensión de la representante del imputado Gastón Leonardo Santo. Por ello, conforme lo reseñado y normado por los Arts. 169, 185, 186 y concs. del C.P.P.; Arts.
166 Inc. 2, 167 Ins. 2 y 3 del Código Penal, Resuelvo: No hacer lugar al pedido de eximición de prisión impetrado en favor de Gastón Leonardo Santo. Notifíquese al imputado, Defensor Oficial y Agente Fiscal. Agréguese copia del presente auto a la I.P.P. Devuélvase la misma a la fiscalía actuante. Regístrese. Fdo. Diego Olivera Zapiola. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 28 de noviembre del 2013. Autos y Vistos:
Atento lo que surge de la notificación del imputado Gastón Leonardo Santo, obrante a fs. 27/29, en la que informa que el mismo no pudo ser notificado del auto de fs. 5/6, ya que no ha sido localizado en su domicilio procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
Téngase presente el Recurso de Apelación interpuesto a fs.
7/9, por parte del Defensor Oficial Dptal., Dr. Gustavo Estrada, para la oportunidad en que sea recepcionado el oficio más arriba librado. Diego Olivera Zapiola, Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Como recaudo se transcribe el auto que dispone la reiteración: Dolores, de abril de 2014. Autos y Vistos:
Atento que hasta la fecha no ha sido recepcionado el oficio librado oportunamente al Boletín Oficial, reitérese el mismo.
Téngase presente el Recurso de Apelación interpuesto a fs.
7/9, por parte del Sr. Defensor Oficial Dptal., para la oportunidad en que sea recepcionado el oficio más arriba reiterado. Fdo. Emiliano Javier Lazzari. Juez de Garantías Nº 2
del Dpto. Judicial Dolores. Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario. Dolores, 28 de abril de 2014.
C.C. 5.168 / may. 23 v. may. 29
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita a FERNANDO DE NAZARET SORIA, D.N.I. Nº 38.093.905, Argentino, nacido el día, hijo de Eduardo Soria y de Nilda Rojas, con último domicilio conocido en calle León Guruciaga Nº 1557, de la localidad de San Nicolás, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3141, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
San Nicolás, 29 de abril de 2014. Atento a los informes obrantes a fs. 91 y 96, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Fernando de Nazaret Soria,
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 29 DE MAYO DE 2014

notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención en causa Nº 3141 cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Notifíquese. Fdo: Sebastián L. Zubiri. Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Lesiones leves, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento incomparencia de declararlo rebelde y expedirse orden de detención en causa Nº 3141 Arts. 129 y 304 del C.P.P.. San Nicolás, 29 de abril de 2014.
Sebastián L. Zubiri, Juez. Gladis Verónica Biglieri, Secretaria.
C.C. 5.106 / may. 23 v. may. 29


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita a MARCELO IGNACIO BELO. D.N.I Nº 38692161, Argentino, nacido el día hijo de Marcelo López y de Mabel Belo, con último domicilio conocido en calle Calle de las Provincias y Auli, de la localidad de San Pedro, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3417, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 29 de abril de 2014. Atento al informe obrante a fs. 63, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Marcelo Ignacio Belo, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr.
Art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención en causa Nº 3417 cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P..
Notifíquese. Fdo: Sebastián L. Zubiri. Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Hurto en grado de tentativa, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24 de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento caso de incomparencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de detención en causa Nº 3417 Arts. 129
y 34 del C.P.P.. San Nicolás, 29 de abril de 2014.
Sebastian L. Zubiri, Juez. Gladis Verónica Biglieri, Secretaria.
C.C. 5.107 / may. 23 v. may. 29
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita BRENDA ALEJANDRA PEDRAZA, D.N.I.
Nº 37.580.896, argentina, nacida el día 9 de agosto de 1993, hijo de y de Lorena Andrea Pedraza, con último domicilio conocido en calle Esmeralda N 4015, de la localidad de Rosario, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3110, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 29 de abril de 2014. Atento a los informes obrantes a fs. 145v, 150v., 162v. y 167v. y no habiendo comparecido Brenda Alejandra Pedraza, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarada rebelde, expidiéndose orden de detención en causa Nº 3110 cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P..
Notifíquese. Fdo: Sebastián L. Zubiri. Juez. La nombrada, quien se encuentra imputada del delito de Hurto, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararla rebelde y expedirse orden de detención en causa Nº 3110 Arts. 129 y 304 del C.P.P.. San Nicolás, 29 de abril de 2014.
C.C. 5.108 / may. 23 v. may. 29
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita a SILVIA ALEJANDRA GARCÍA, D.N.I. Nº 27.163.578, Argentina, nacida el día 16 de mayo de 1979, hijo de Alejo Martiniano García y de Mercedes Benítez, con último domicilio conocido en calle Hipócrates Nº 4669, de la localidad de Rosario, por el término de cinco días fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3110, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 29 de abril de
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2014. Atento a los informes obrantes a fs.145v, 150v., 162v. y 167v. , y no habiendo comparecido Silvia Alejandra García, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarada rebelde, expidiéndose orden de detención en causa Nº 3110 cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Notifíquese.
Fdo: Sebastián L. Zubiri. Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Hurto, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de detención en causa Nº 3110 Arts. 129 y 304 del C.P.P..
San Nicolás, 29 de abril de 2014. Sebastián L. Zubiri, Juez.
C.C. 5.109 / may. 23 v. may. 29


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo interinamente P.D.S. del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623, 1 Piso de San Isidro, cita y emplaza a NÉSTOR ANÍBAL PÉREZ, con último domicilio en Esmeralda 4986, localidad de Villa Martelli, partido de Vicente López, provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 3942 que se le sigue por Robo, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 13 de mayo de 2014. En atención al informe policial obrante a fs. 108/109, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129
del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Hágase saber a la defensa técnica. Fdo. Dr. Juan Facundo Ocampo. Juez a cargo P.D.S., Ante mí: Ante mí: Paula Marzocchi, Secretaria. Secretaría, 13 de mayo de 2014.
C.C. 5.111 / may. 23 v. may. 29
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 13, Sec.
Única del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que en los autos: Barillari Luis Leonardo s/ Quiebra Indirecta Pequeña, Expte. Nº 115.626, con fecha 17 de marzo de 2014 se decretó la quiebra indirecta del Sr. LUIS
LEONARDO BARILLARI, DNI 93.633.440, con domicilio en calle Carlos Pellegrini Nº 3255 de esta ciudad. Se intima a todos aquéllos que, tengan en su poder bienes o documentación del Fallido a que hagan entrega de los mismos a la sindicatura, ejercida por el CP. Betina A. Puglisi, con domicilio en calle San Martín 4141 de Mar del Plata. Se pone en conocimiento la prohibición de hacer pagos al fallido o sus administradores, bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados. A tenor de lo dispuesto por el Art. 202 de la LCQ no procede la apertura de un nuevo período informativo, debiendo acreedores posteriores a la presentación en concurso, verificar por la vía incidental.
Se hace saber a los acreedores e interesados que contarán con 30 treinta días posteriores a la último publicación de edictos a fin de observar fecha inicial del estado de cesación de pagos que fuera oportunamente propuesta por el Síndico en su informe general. Mar del Plata, 28
de abril de 2014. Federico Font, Secretario.
C.C. 5.114 / may. 23 v. may. 29
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro cita y emplaza a MIRIAM ALEJANDRA AGUILAR, con último domicilio en Pampa 970 - Dpto. 7 de la localidad de Pilar, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2708, que se le sigue por Hurto en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 8 de mayo de 2014. En atención a los informes obrantes a fs. 128, 130/133, y desconociéndose el actual domicilio de la encartada de autos Miriam Alejandra Aguilar, cítesela por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/05/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date29/05/2014

Page count14

Edition count3383

Première édition02/07/2010

Dernière édition16/07/2024

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