Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

de noviembre de 2013. Apruébase el cómputo de pena practicado por el Actuario, y téngasela como parte integrante de la sentencia condenatoria impuesta al penado Juan Alberto Fraggetta Rossi. Asimismo notifíqueselo del estado de las presentes actuaciones e intímeselo al pago correspondiente a las costas para que haga efectiva la misma dentro del plazo de 10 días, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 520 del ritual, a cuyo fin líbrese oficio.
Notifíquese, al Juzgado Electoral y al Boletín Oficial.
Cúmplase Fdo. Dra. María Elena Baquedano. Juez. Se deja constancia que los datos personales son: I. Juan Alberto Fraggetta Rossi: DNI 30.823.302, argentino, nacido el 05 de marzo de 1984 en Bahía Blanca, con último domicilio en calle Gemes Nº 2952 de la ciudad de Bahía blanca, Pcia. de Bs. As.; hijo de Juan Salvador Fraggetta y de Flora Beatriz Rossi. Diligenciado, vuelva lo actuado a la sede de este Tribunal, sito en calle Estomba Nº 34, 3 Piso, de la ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires. María Carla Roveta, Auxiliar Letrada. Bahía Blanca, 09 de diciembre de 2013.
C.C. 13.603 / dic. 26 v. ene. 2


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Necochea, se notifica por este medio a CARLOS EMMANUEL ECHAVARRÍA DNI Nº 33.935.883 y a FEDERICO GONZÁLES OVIEDO DNI Nº 33.990.814, en IPP Nº 11-00-001178-10 caratulada:
"Federico González Oviedo; Carlos Emmanuel Echavarría;
Diego David Cejas s/ tenencia de estupefacientes" por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el Art.
129 del C.P.P. "Necochea, 19 de noviembre de 2013. Autos y Visto y Considerando Resuelvo: I No hacer a la declaración de nulidad del Acta de Procedimiento de fs.
1/2vta., por resultar el procedimiento policial de acuerdo a derecho. Arts. 3, 294 Inc. 5 ss. y cc. del C.P.P.. II No hacer lugar al cambio de calificación legal, solicitado por la Defensa, debiéndose mantener la calificación sustentada como constitutiva del delito de Tenencia de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 14, primer párrafo de la Ley 23.737. III tener por presentada en legal tiempo y forma la requisitoria de citación a juicio de Federico González Oviedo, Carlos Emmanuel Echavarría y Diego David Cejas, filiados en autos, por el delito de Tenencia de estupefacientes, previsto y sancionado por el arto 14 -primer párrafode la Ley 23.737, de conformidad con lo establecido en el Art. 337 y c.c. del C.P.P., elevando la presente causa a Juicio. IV Registrar. Notificar, comunicar, firme que sea la presente elévese a la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental para su radicación por ente el Juzgado Correccional Departamental. Arts. 24, 336, 337 párrafo tercero del C.P.P., Res. Nº 216/09 de al S.C.J.S.A. y Art. 3 del Ac. 2840/98 de la S.C.J.S.A Fdo.
Dra. Aída Lhez. Juez de Garantías. Necochea, a los 10 días del mes diciembre de 2013. Dr. Gustavo J. Muñoz Calero, Secretario.
C.C. 13.582 / dic. 26 v. ene. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a GONZALO SEBASTRIÁN DÍAZ, DNI
Nº 32.575.501, con último domicilio en la calle Callao 565
de San Fernando, provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de ponerse a derecho en la causa N 3587 que se le sigue por el delito de robo en grado de tentativa, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 12 de diciembre de 2013. Atento a lo informado por la Comisaría en relación al encausado Díaz, intímeselo por edictos a que dentro del quinto día de publicados, comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129, 303 y sstes. del C.P.P. Fdo.:
Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: María A. Borella, Secretaria." Secretaría, 12 de diciembre de 2013. María A.
Borella, Secretaria.
C.C. 13.589 / dic. 26 v. ene. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Zárate Campana a cargo de la Sra.
Juez Dra. Raquel Slotolow, notifica por este medio a EZEQUIEL IGNACIO FERLONI, 36.456.261, que en la causa Nº 2057 IPP. 1 DE -1661/10, JG. 3-2444, caratulada Ferloni, Ezequiel Ignacio y otro s/ Tenencia ilegal de arma de fuego de uso Civil, S.S. ha resuelto: Campana, 11 de diciembre
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 2 Y VIERNES 3 DE ENERO DE 2014

de 2013. Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: I
Revocar el beneficio de Suspensión del Juicio a Prueba concedido a Ezequiel Ignacio Ferloni en esta causa Nº 2057 Art. 76 ter. del C.P.. II Decretar la rebeldía de Ezequiel Ignacio Ferloni. A tal fin, líbrese oficio al Ministerio de Seguridad Provincial, a fin de solicitarse inserte en un ejemplar del orden del día I.S.N., la Averiguación de paradero y posterior comparendo del nombrado; al solo efecto de estar a derecho Arts. 303 y 304 del C.P.P.. III
Notifíquese y por edictos al encartado por cinco días en el Boletín Oficial. Art. 129 del C.P.P.. Fdo.: Dra. Raquel Slotolow, Juez. Secretaría, 11 de diciembre de 2013.
C.C. 13.597 / dic. 26 v. ene. 2


POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 21.105, caratulada "Acción de Habeas Corpus Preventivo en favor de PÉREZ
CRISTIAN MIGUEL", de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única interinamente a cargo del Dr. Marcos Álvarez, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Carmona Nº 99 de esta ciudad, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 1 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Resuelvo: 1º No hacer lugar al Habeas Corpus deducido por Cristian Miguel Pérez Regístrese, notifíquese. Proveo por licencia de la Titular. Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1.
Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Atento el estado de la presente no habiéndose logrado la notificación del presentante Cristian Miguel Pérez, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación de la resolución Nº 210/13, por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 28 de noviembre del 2013.
C.C. 13.598 / dic. 23 v. ene. 2

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los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia.
II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. III. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. IV. Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf.
Art. 305, tercer párrafo, CPP. Fdo. Julia Andrea Rutigliano, JuezAnte mí: Bettina P. Arrosagaray, Auxiliar Letrada. María cecilia González, Secretaria. Quilmes, 12 de diciembre de 2013.
C.C. 13.600 / dic. 26 v. ene. 2


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra. Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 2266/2007, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-0004387 caratulada: "Bernal, Roberto Jorge s/ Encubrimiento agravado por el ánimo de lucro", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el artículo 129 del Código Procesal Penal, la resolución que se notifica al imputado ROBERTO JORGE BERNAL, titular del DNI Nº 11.371.610, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 20 de diciembre de 2012. Resuelvo: I. Declarar la Rebeldía de Roberto Jorge Bernal, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Bernal sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. III. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
IV. Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf. Art. 305, tercer párrafo, CPP. Firmado: Dra. Julia Andrea Rutigliano -Juez Ante mí:
Dra. Bettina P. Arrosagaray, Auxiliar Letrada Quilmes, 12
de diciembre de 2013. María Cecilia González, Secretaria.
C.C. 13.599 / dic. 26 v. ene. 2


POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Dpto. Judicial de Bahía Blanca, Dr. Hugo Adrián De Rosa, dirijo a Ud. el presente en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 4.474, haciéndole saber que en la Causa Original Nº 1687/03 Orden Interno Nº 1047 caratulada "MIGASSO JUAN SEBASTIÁN s/ Robo calificado" y agregadas, en el día de la fecha, se ha resuelto aprobar el siguiente cómputo de pena y liquidación de gastos y costas: con fecha 5 de julio del año 2005 se resolvió condenar a Migasso, a la pena de 30 treinta años de prisión, con más las accesorias legales y costas en orden al delito de robo agravado por el uso de arma de fuego 10 hechos, robo agravado por el uso de arma blanca 2 hechos; del total de los doce hechos prereseñados, dos de ellos concursados con abuso sexual agravado por el uso de armas violación, uno por abuso sexual gravemente ultrajante por el uso de arma, cuatro por abuso sexual agravado por el uso de arma y los diez hechos por el robo calificado por el uso de arma de fuego concursaron de manera real con tenencia ilegítima de arma de guerra Arts. 119, apartado 1º, 2º, 3º y 4º Inc. d, y última parte; 166
Inc. 2º texto anterior a la Ley 25.882, 189 bis 4º párr. texto según Ley 20.642, modificada por la Ley 25.086 y 55 C.P.
fs. 105/117 del "cuerpo especial" La resolución fue recurrida, con fecha 30 de junio de 2011, la Sala II del Tribunal de Casación Penal provincial resolvió en la causa 21261 fs.
247/285 hacer lugar parcialmente al recurso de casación deducido y casar parcialmente el fallo atacado, determinando que la pena que corresponde imponer de conformidad con la nueva escala penal aplicable y las pautas atenuantes y agravantes que subsisten en 23 veintitrés años de prisión con más las accesorias legales y costas.
Recurrido dicho resolutorio por recurso de inaplicabilidad de ley ante la S.C.J.B.A., esta, en la causa 116.637 resolvió el 25 de septiembre de 2013 fs. 310/312 desestimar por inadmisible el recurso en cuestión. La condena restó firme conforme las notificaciones obrantes a fs. 314 y 317 de la causa 116.637. EI 9 de diciembre de 2002 se ordenó la detención de Migasso fs. 106, la que se concretó el 11 de igual mes y año fs. 109. El 29 de enero de 2003 se convirtió en prisión preventiva la detención en cuestión.
Manteniéndose en ese estado hasta la fecha.
Consecuentemente la pena vencerá el 10 de diciembre de 2025" Los datos personales del causante Juan Sebastián Migasso son: DNI Nº 31.143.810, Argentino, nacido en Bahía Blanca,. Pcia. de Buenos Aires, el día 25 de septiembre de 1984, hijo de Jorge Osvaldo Migasso y Alcira Eva Luna. Diligenciado, vuelva lo actuado a la sede de este Tribunal, sito en calle Estomba 34, 3er. Piso, de la ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires. Bahía Blanca, 22
de noviembre de 2013. José Ignacio Pazos Crocitto, Abogado.
C.C. 13.601 / dic. 26 v. ene. 2


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra. Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 2115/2011, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-0005908 caratulada: "Santini, Leonardo s/ Coacción Agravada, Daño Agravado y Portación Ilegal de Arma todos en concurso real entre sí, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art.
129 del Código Procesal Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado LEONARDO SANTINI, titular del DNI 93.447.704, de estado civil soltero, nacionalidad Uruguaya, cartonero, nacido el día 31 de diciembre de 1971
en Montevideo, República Oriental del Uruguay, hijo de Rosa Santini, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 11 de diciembre de 2012. Resuelvo: I.
Declarar la rebeldía de Leonardo Santini, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de
POR 5 DÍAS - Por disposición del Señor Juez del Tribunal en lo Criminal Nº 1 Departamental de la ciudad de Bahía Blanca, a fin de hacerle saber y haga conocer que, en la causa seguida a FABRICIO DANIEL BUSTOS, causa original Nº 978/12 Orden interno Nº 2607, con fecha 26 de diciembre de 2012 se resolvió condenar a Bustos, a la pena de 3 tres años de prisión, con más las accesorias legales y costas en orden al delito de Robo con armas cuya aptitud para el disparo no pudo ser probada en concurso real con Hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública Arts.
166, 2º último párr., 163, 6º y 55 C.P. fs. 180/183. La resolución fue recurrida. Con fecha 22 de octubre de 2013, la Sala IV del Tribunal de Casación Penal Provincial en la causa 57.745 resolvió declarar admisible el recurso y rechazarlo por improcedente en orden a la pena de prisión, pero obliteró la sentencia en lo tocante a la pena accesoria de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, de la privación de la patria potestad mientras durara la pena, de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date02/01/2014

Page count9

Edition count3381

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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