RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad escindida) TALLER DIGITAL DE ESTABLECIMIENTO DE TEXTOS LITERARIOS Y CIENTÍFICOS, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad beneficiaria en constitución)

Anuncio de escisión parcial y posterior aportación de la rama escindida a la Sociedad beneficiaria A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el acuerdo de escisión parcial adoptado por la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas, celebrada el 15 de Junio de 2004, de la rama de actividad consistente en la prestación de servicios de estudio y análisis de procesos para su tratamiento mecanizado, traspasándose en bloque el patrimonio de la rama de actividad escindida a la Sociedad de nueva creación "Taller Digital de Establecimiento de Textos Literarios y Científicos, Sociedad Anónima".

La escisión parcial de "Relaciones Internacionales de la Universidad de Alicante, Sociedad Anónima", y la aportación de la rama de actividad escindida, se acordó conforme al Proyecto de escisión parcial presentado para su depósito en el Registro Mercantil de Alicante.

Como consecuencia de la escisión parcial y la segregación de la rama de actividad escindida, la Sociedad "Relaciones Internacionales de la Universidad de Alicante, Sociedad Anónima", adoptó el acuerdo de reducir su capital social en 22.825,98 euros, mediante la anulación de 1.899 acciones nominativas, números 85.602 al 87.500, ambas inclusive, por un valor nominal de 12,02 euros cada una de ellas, restableciendo en consecuencia el equilibrio entre el capital social y el patrimonio disminuido como consecuencia de la escisión parcial.

Igualmente, y debido a la segregación de la rama de actividad escindida, se adoptó el acuerdo de modificación de los artículos 3.o y 5.o de los Estatutos sociales, referentes al objeto social y capital social.

Conforme a lo previsto en los artículos 242 y 243 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad a oponerse a la escisión en los términos y plazos previstos en el artículo 243 de la Ley.

San Vicente del Raspeig (Alicante), 5 de agosto de 2004.-El Presidente, Miguel Louis Cereceda.-41.572. y 3.a 8-9-2004.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 174 del Miércoles 8 de Septiembre de 2004. .

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