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Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Urquiza Navarro, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla, en sentencia de 21 de marzo de 2003, como autor de un delito continuado de robo, a la pena de un año de prisión, y de un delito continuado de falsedad en documento oficial, a la pena de seis meses de prisión y multa de seis meses, con una cuota diaria de 1,21 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de julio de 2005,
Vengo en indultar a don Luis Miguel Urquiza Navarro las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Valencia, el 1 de julio de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 176 del Lunes 25 de Julio de 2005. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.