Real Decreto 818/2005, de 1 de julio, por el que se indulta a don Matías Segura Cantó.

Visto el expediente de indulto de don Matías Segura Cantó, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección cuarta, de Murcia, en sentencia de 6 de noviembre de 2002, como autor de un delito de lesiones causantes de deformidad, a la pena de tres años de prisión, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de julio de 2005,

Vengo en conmutar a don Matías Segura Cantó la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Valencia, el 1 de julio de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 176 del Lunes 25 de Julio de 2005. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

Otras ediciones del BOE

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...