RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2003, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la Norma Técnica de Auditoría sobre "otra información incluida en documentos que acompañan a las cuentas anuales auditadas".

En ocasiones, algunas entidades, junto a sus cuentas anuales, informe

de gestión e informe de auditoría, publican otros documentos informativos,

sobre los que el auditor de cuentas no tiene obligación legal de informar.

En este sentido, la Norma Técnica de Auditoría sobre Contratos de

Auditoría o Carta de Encargo, en su apartado 7.12 relativo a la publicación

del informe de auditoría establece: "Con objeto de garantizar la adecuada

difusión del informe de auditoría, cualquier intención de publicar las

cuentas anuales con el informe de auditoría en un documento que contenga

otra información exigirá el compromiso de proporcionar al auditor un

borrador de dicho documento para su lectura, así como su consentimiento

para la inclusión del informe de auditoría antes de que dicho documento

se publique o distribuya".

En línea con lo ya previsto a este respecto en las Normas Internacionales

de Auditoría, aprobadas por la International Federation of Accountants

(IFAC), se ha considerado conveniente elaborar una norma técnica en

la que se recojan los criterios de actuación que debe seguir el auditor

cuando se publique junto a las cuentas anuales, informe de gestión e

informe de auditoría otra información sobre la que el auditor no tenga obligación

de informar.

A estos efectos, el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España,

el Consejo General de Colegios de Economistas de España y el Consejo

Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de España han

presentado ante este Instituto la Norma Técnica de Auditoría sobre "otra

información incluida en documentos que acompañan a las cuentas anuales

auditadas", para su tramitación y sometimiento a información publica,

conforme a lo previsto en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988, de 12 de

julio, de Auditoría de Cuentas.

En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.2

de la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, la Presidencia de este Instituto

de Contabilidad y Auditoría de Cuentas dispone lo siguiente:

Primero.-Habiendo presentado el Instituto de Censores Jurados de

Cuentas de España, el Consejo General de Colegios de Economistas de

España y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles

de España ante este Instituto la Norma Técnica de Auditoría sobre "otra

información incluida en documentos que acompañan a las cuentas anuales

auditadas", se somete dicha norma a información pública, ordenando,

asimismo, su publicación íntegra en el "Boletín Oficial del Instituto de

Contabilidad y Auditoría de Cuentas" y la inserción del texto de la presente

Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo

establecido en el artículo 18.1 del Real Decreto 1636/1990, de 20 de

diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988,

de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Segundo.-Una vez transcurrido un plazo de seis meses a partir del

día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial

del Estado (durante el cual se podrán formular por escrito, ante este

Instituto o ante cualquiera de las Corporaciones representativas de los

audi

tores de cuentas, las alegaciones que se consideren oportunas, estando

expuesto, a dichos efectos, el contenido de la referida Norma, en la sede

del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas -calle Huertas, 26

de Madrid- y en las de las citadas Corporaciones), el Instituto de

Contabilidad y Auditoría de Cuentas procederá a la publicación en su Boletín

Oficial de la Norma Técnica de Auditoría sobre "otra información incluida

en documentos que acompañan a las cuentas anuales auditadas", conforme

a lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto 1636/1990, de 20

de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la

Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Madrid, 28 de noviembre de 2003.-El Presidente, José Luis López

Combarros.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 56 del Viernes 5 de Marzo de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.

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