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En el procedimiento de revocación de la autorización administrativa
para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros, incoado por
la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y publicado en
el B.O.E. el día 1 de enero de 2003, ha resultado constatado que las
sociedades de correduría de seguros que a continuación se relacionan:
SIGUE CUADRO (Ver imagen página 12398)
Denominación social Ref. procedimiento
G Y A Gabinete Correduría de Seguros y
Reaseguros, S.A.
Ref.: RR-1529/02, J-1119.
F.S.R. Correduría de Seguros, S.L. Ref.: RR-1200/02, J-195.
no han comparecido ante esta Dirección General en el plazo de quince
días para la remisión de declaración jurada del director técnico de la
sociedad, de manifestación del ejercicio efectivo del cargo, de estar en
posesión del diploma de Mediador de Seguros Titulado, indicando el
número de registro, y de no hallarse incurso en causas de incompatibilidad
para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros, así como
acreditación documental de la vigencia de la póliza de seguro de responsabilidad
civil profesional para corredores de seguros, exigida en el artículo 15.3
letra d) de la Ley 9/1992, correspondiente a los ejercicios de 1999,
2000, 2001 y 2002, requisitos necesarios para que una sociedad de
correduría obtenga y conserve la autorización para realizar la actividad de
correduría de seguros.
En consecuencia, con arreglo a lo establecido en el artículo 19.1.b)
de la Ley 9/1992, de Mediación en Seguros Privados, se procede a revocar
la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría
de seguros a las sociedades de correduría de seguros arriba relacionadas
y a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, según exige el
artículo 19.2 de la citada Ley 9/1992.
Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, cabrá
interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro de Economía
en el plazo de un mes desde su notificación, conforme a lo establecido
en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 6 de marzo de 2003.-El Director General, José Carlos García
de Quevedo Ruiz.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 76 del Sábado 29 de Marzo de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.