RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales.

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Catalunya, para la

realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales, y

en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del citado Convenio, que

figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 18 de febrero de 2003.-El Secretario general Técnico, Luis

Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales y la Comunidad Autónoma de Catalunya para la realización

de programas de apoyo a familias en situaciones especiales

En Madrid, a 10 de diciembre de 2.002.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. señor don Eduardo Zaplana Hernández-Soro,

Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real

Decreto 674/2002 de 9 de julio (Boletín Oficial del Estado número 164, de 10

de julio), en nombre y representación de la Administración General del

Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia

para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, la Excma. Sra. Dña. Irene Rigau i Oliver, Consejera

de Bienestar y Familia, nombrada por Decreto 265/2.002, de 4 de

Noviembre, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Catalunya,

de acuerdo con la autorización conferida por la Ley 13/1.989, de 14 de

diciembre.

Ambas partes se reconocen mútua capacidad para obligarse y

convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.-Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración

entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma

de Catalunya.

Segundo.-Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente

programas de apoyo a familias en situaciones especiales.

Tercero.-Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le

corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con

lo previsto en los Reales Decretos 758/96 de 5 de mayo, 839/96 de 10

de mayo, 1888/96 de 2 de agosto y Real Decreto 140/97 de 31 de enero.

Cuarto.-Que la Comunidad Autónoma de Catalunya ostenta

competencias en materia de Asistencia Social, de acuerdo con el artículo 9,

Apartado 25, de su Estatuto (Ley Orgánica de 4/1.979, de 18 de diciembre),

y el Real Decreto 1.949/1.980, de 31 de Julio, sobre traspaso de Servicios

en materias de Sanidad y Servicios y Asistencias Sociales.

Quinto.-Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del

apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General

Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de

diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es

procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.

Sexto.-Que la Ley 23/2.001, de 27 de diciembre, de Presupuestos

Generales del Estado para 2.002 (B.O.E. del día 31), incluye un crédito adscrito

al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que aparece consignado con

la clasificación 19.04.313O.454.01, tranferencias corrientes a Comunidades

Autónomas para la realización de programas de apoyo a familias en

situaciones especiales, con una dotación de 12.702.030,00 euros.

Séptimo.-Que la Comunidad Autónoma de Catalunya garantiza la

existencia de dotación presupuestaria para similares fines.

Octavo.-Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

promover y potenciar la realización de programas dirigidos a apoyar y

prestar atención a familias que se encuentran en situaciones especiales,

así como prevenir que estas situaciones puedan degenerar en situaciones

de exclusión social o desintegración familiar.

Noveno.-Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los

criterios objetivos de distribución acordados con las Comunidades

Autónomas, en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, y, a su vez, fueron

aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 1 de marzo de 2.002

(B.O.E. del 27 de marzo de 2.002).

Décimo.-Que la Comunidad Autónoma de Catalunya tiene previsto la

puesta en marcha de programas de las características apuntadas.

Por todo lo expuesto, ambas partes ACUERDAN suscribir el presente

Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo

seis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

y en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria,

y que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la

colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad

Autónoma de Catalunya, para el desarrollo de los Programas de apoyo

a familias en situaciones especiales siguientes, tal como se especifican

en el anexo de este Convenio.

1. Programa para la educación familiar y atención de familias

desfavorecidas y en situación de riesgo.

2. Programa de apoyo a familias monoparentales.

3. Programa de orientación y/o mediación familiar.

4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia

familiar.

Segunda.-La Comunidad Autónoma de Catalunya pondrá en marcha

los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.

Tercera.-Para sufragar los costes de los mencionados programas, la

Comunidad Autónoma de Catalunya, se compromete a aportar la cantidad

total de cinco millones setecientos noventa y dos mil diez euros con

cincuenta céntimos (5.792.010,50 euros), como participación en la financiación

de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma

puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma

y/o la/s Corporación/ciones Local/es, esta/s últimas según el/los acuerdo/s

con la Comunidad de acuerdo con el desglose siguiente, tal como se contiene

en el anexo de este Convenio:

1. Programa para la educación familiar y atención de familias

desfavorecidas y en situación de riesgo: 4.417.280,04 euros.

2. Programa de apoyo a familias monoparentales: 831.990,70 euros.

3. Programa de orientación y/o mediación familiar: 362.496,81 euros.

4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia

familiar: 180.242,95 euros.

Cuarta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su

dotación presupuestaria 19.04.313O.454.01 para el ejercicio de 2.002,

aporta la cantidad de un millón ochocientos siete mil seiscientos veinticinco

euros con nueve céntimos (1.807.625,09 euros) como participación en la

financiación de los programas, de conformidad con el desglose siguiente, tal

como se contiene en el anexo de este Convenio.

1. Programa para la educación familiar y atención de familias

desfavorecidas y en situación de riesgo: 1.117.281,50 euros.

2. Programa de apoyo a familias monoparentales: 171.062,28 euros.

3. Programa de orientación y/o mediación familiar: 347.391,85 euros.

4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia

familiar: 171.889,46 euros.

Quinta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a

transferir a la Comunidad Autónoma de Catalunya la cantidad prevista en la

cláusula cuarta de este convenio o la que reste por transferir en ese

momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia de alguna

cantidad al amparo de lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros

del día 1 de marzo de 2.002 (B.O.E. del 27 de marzo de 2.002).

Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:

A. Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a

los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas

que se especifican en este Convenio de Colaboración.

B. Informar de la puesta en marcha de los proyectos previstos en

cada programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

la información que recabe en relación con el presente Convenio.

C. Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos

técnicos sobre los proyectos financiados.

D. Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado

comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo

con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del Texto Refundido

de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/88, de 23

de septiembre).

E. Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el

desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como

a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar

conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación

expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada

y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las

circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice

el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Séptima.-La Comunidad Autónoma de Catalunya elaborará, al finalizar

la vigencia del convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto

que entregará en los seis meses siguientes y que al menos recoja:

Fecha de puesta en marcha.

Información económica.

Actividades realizadas.

Recursos utilizados.

Sectores atendidos.

Resultados obtenidos.

Datos estadísticos.

Dificultades y propuestas.

Valoración del programa.

En el supuesto de que la Comunidad Autónoma no presente la citada

memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en

la cláusula siguiente.

Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se creará una

Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el

cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver

las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar

asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos

técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación

de los proyectos.

Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las Comunidades

Autonómas firmantes de los Convenios.

El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será

designado por la Directora General de Acción Social, del Menor y de la

Familia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Catalunya por

el/la Director/a General de Atención a la Infancia y la Adolescencia.

Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26

de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el

propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de

la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora General.

Novena.-En la publicidad que se realice en cualquier medio de

comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se

hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la

cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.

Décima.-Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año

desde la fecha de su firma.

Undécima.-El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de

incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos

en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se

hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se

hubieran destinado al/los programa/s previstos en él, sin perjuicio de la

ejecución de las actividades en curso.

Duodécima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del

presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas al

orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado

ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha

arriba indicados.

El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana

Hernández-Soro.-La Consejera de Bienestar y Familia (en nombre y

representación, por delegación, de la Comunidad Autónoma), Irene Rigau i Oliver.

ANEXO

1. Aportación de la comunidad autónoma de catalunya, corporaciones

locales y del ministerio de trabajo y asuntos sociales para la realización

del programa para la educación familiar y atención de familias

desfavorecidas y en situación de riesgo

2002

1) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en Barcelona.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 315.490,96 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 78.872,74 euros

2) Servicio de atención social y familiar en Sabadell.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 421.933,26 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 38.964,74 euros

3) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en Sant Adrià del Besòs.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 93.175,63 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 22.567,42 euros

4) Programa de familias desfavorecidas y en situación

de riesgo social en Sant Cugat del Vallès.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 54.768,91 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 41.931,09 euros

5) Programa de Xarxa d'infancia en Sant Feliu de

Llobregat.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 14.291,25 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 9.616,19 euros

6) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en Santa Coloma de Gramenet.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 146.410,58 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 55.761,42 euros

7) Programa de intervención y atención a familias

desfavorecidas con infancia de riesgo en Súria.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 8.188,46 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 8.038,54 euros

8) Servicio de atención a la infancia en situación de riesgo

y familias desfavorecidas en la Comarca Anoia.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 143.051,64 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 3.128,36 euros

9) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en la Comarca Bages.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 167.690,08 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 55.761,42 euros

10) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en la Comarca Baix Llobregat.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 459.541,84 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 106.753,45 euros

11) Programa de apoyo a familias desfavorecidas en la

Comarca de la Cerdanya.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 59.101,05 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 34.718,95 euros

12) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en la Comarca Garraf i Alt Penedés.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 159.349,54 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 27.880,71 euros

13) Programa Familias en la Comarca Maresme.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 211.629,38 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 87.325,62 euros

14) Programa Familias en la Comarca Vallès Occidental.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 295.719,64 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 92.095,01 euros

15) Programa Familias en la Comarca Vallès Oriental.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 162.874,59 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 64.214,30 euros

16) Programa de intervención específica a familias en

contención en el medio en Girona.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 125.254,11 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 8.900,88 euros

17) Programa de intervención con familias en crisis por

causa social en la Comarca Alt Empordà.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 106.757,14 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 45.911,07 euros

18) Programa Familias en la Comarca Baix Empordá.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 148.043,93 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 45.911,07 euros

19) Programa "Espai Familiar" en la Comarca Garrotxa.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 127.964,61 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 8.873,22 euros

20) Plan de detección y actuación con infancia en riesgo

en la Comarca Pla de l'Estany.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 39.026,35 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 8.875,43 euros

21) Programa Familias en la Comarca Selva.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 191.807,61 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 92.095,01 euros

22) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en Lleida.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 135.998,97 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 27.880,71 euros

23) Programa dirigido a la infancia en riesgo social en

la Comarca Urgell.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 9.696,07 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 7.132,27 euros

24) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en Tarragona.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 156.840,68 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 27.880,71 euros

25) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en El Vendrell.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 219.147,95 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 32.549,05 euros

26) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en la Comarca Baix Camp.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 115.195,36 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 27.880,71 euros

27) Servicio de atención a la infancia y la adolescencia

en la Comarca Baix Ebre.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 184.382,03 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 27.880,71 euros

28) Equipo de atención a la infancia y la adolescencia

en la Comarca Baix Penedès.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 143.948,41 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 27.880,71 euros

Total aportación Comunidad Autónoma y

corporaciones locales .................................................. 4.417.280,04 euros

Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 1.117.281,50 euros

2. Aportación de la Comunidad Autónoma de Catalunya, corporaciones

locales y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización

del programa de apoyo a familias monoparentales

2002

1) Programa de Apoyo a familias monoparentales en la

Comarca La Cerdanya.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 43.141,16 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 17.128,84 euros

2) Programa de inserción social y laboral para familias

monoparentales en El Prat de Llobregat.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 139.254,82 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 40.718,57 euros

3) Programa de Apoyo a familias monoparentales en Sant

Cugat del Vallès.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 42.079,50 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 12.170,50 euros

4) Programa de Atención a familias monoparentales en

Sant Feliu de Llobregat.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 60.465,49 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 5.649,51 euros

5) Programa "Espacio Familiar" en la Comarca de la

Garrotxa.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 40.068,20 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 12.169,60 euros

6) Programa de Atención a familias monoparentales en

situación de dificultad social en la Comarca Alt

Empordà.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 85.434,06 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 20.554,61 euros

7) Programa de "Escuela de Padres Jóvenes y

adolescentes" en la Comarca La Selva.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 84.941,37 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 8.053,56 euros

8) Servicio de atención a domicilio para familias

monoparentales en la Comarca La Selva.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 81.235,14 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 14.905,91 euros

9) Programa de Atención socioeducativa a familias

monoparentales en la Comarca Baix Empordà.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 98.881,00 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 33.719,00 euros

10) Programa de adquisición de habilidad parental en

Salt.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 119.056,37 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 3.425,77 euros

11) Plan de detección y actuación con familias

monoparentales en la Comarca Pla de l'Estany.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local ... 37.433,59 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 2.566,41 euros

Total aportación Comunidad Autónoma y

corporaciones locales .................................................. 831.990,70 euros

Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 171.062,28 euros

3. Aportación de la Comunidad Autónoma de Catalunya y del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del programa

de orientación y/o mediación familiar

2002

1) Programa de orientación, seguimiento y Puntos de

Encuentro Familiar en Barcelona, Girona, Lleida y

Tarragona.

Aportación Comunidad Autónoma .............................. 362.496,81 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 347.391,85 euros

Total aportación Comunidad Autónoma ................ 362.496,81 euros

Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 347.391,85 euros

4. Aportación de la Comunidad Autónoma de Catalunya y del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del programa

de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia familiar

2002

1) Programa de atención a la víctima de ámbito

autonómico.

Aportación Comunidad Autónoma .............................. 180.242,95 euros

Aportación M.T.A.S. ................................................. 171.889,46 euros

Total aportación Comunidad Autónoma ................ 180.242,95 euros

Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 171.889,46 euros

Total de las aportaciones para los programas de

apoyo a las familias en situaciones especiales.

Total aportación Comunidad Autónoma y

corporaciones locales .................................................... 5.792.010,50 euros

Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 1,807.625,09 euros

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 72 del Martes 25 de Marzo de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...