Je veux savoir à propos de…
- Espagne
La Dirección General de Carreteras con fecha
13 de febrero de 2003 ha resuelto aprobar
provisionalmente el estudio informativo de referencia,
declarando que cumple con lo previsto en el artículo
7 de la vigente Ley de Carreteras (25/1988, de 29
de julio) para los estudios informativos y con los
artículos 22 y 25 del vigente Reglamento General
de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).
El estudio informativo desarrolla y compara las
diferentes alternativas posibles en el tramo entre
Medinaceli y Soria (Sur) para la construcción de
una autovía aprovechando el corredor de la carretera
N-111. La alternativa propuesta se compone de los
siguientes tramos: En el tramo I (N-II-Adradas) la
"Alternativa Corredor", en el tramo II
(Adradas-Almazán Norte) la "Alternativa A-80", en el tramo
III (Almazán Norte-Los Rábanos) la "Alternativa
Exenta" y en el acceso sur a Soria la "Alternativa
Acceso Sur". La autovía dispondrá de limitación
total de acceso a las propiedades colindantes.
El estudio informativo afecta a los términos
municipales de Medinaceli, Alcubillas de las Peñas,
Taroda, Adradas, Coscurita, Frechilla de Almazán,
Almazán, Cubo de la Solana, Los Rábanos y Soria.
A los efectos previstos en el artículo 10 de la
Ley de Carreteras 25/1988, de 29 de julio, y los
artículos 33 y 34 del Reglamento General de
Carreteras 1812/1994, de 2 de septiembre, se somete
el estudio informativo al trámite de información
pública por un plazo de treinta días hábiles, a contar
desde el día siguiente hábil al de la fecha de
publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del
Estado".
El objeto de la información pública es el de
recoger cuantas alegaciones y sugerencias se refieran
a las circunstancias que justifiquen la declaración
de interés general de la obra y la concepción global
de su trazado. Se hace constar que esta información
pública lo es también a los efectos establecidos en
el Real Decreto 1302/1986, así como su
modificación por el Real Decreto-ley 9/2000 y su
Reglamento (1131/1988) relativos a la evaluación del
impacto ambiental.
No serán tomadas en consideración la alegaciones
o informes que no se refieran a la finalidad de la
información pública tal y como queda recogido en
la Ley y Reglamento General de Carreteras o de
las referidas a la evaluación del impacto ambiental.
Tanto el estudio informativo como la resolución
aprobatoria estarán expuestos públicamente en la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla
y León Oriental, en Burgos (avenida del Cid, 52),
en la Unidad de Carreteras del Estado en Soria
(calle Mosquera de Barnuevo, 3), así como en los
ayuntamientos afectados, durante el expresado plazo
de tiempo y en horario de oficina.
Burgos, 18 de febrero de 2003.-El Jefe de la
Demarcación, Benedicto Elvira Llorente.-6.730.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 52 del Sábado 1 de Marzo de 2003. Anuncios, Ministerio De Fomento.