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- Espagne
Vista la solicitud formulada ante esta Dirección General por la empresa
"Actaris Contadores, Sociedad Anónima", con domicilio en Montornés del
Vallés (Barcelona), vial Norte, número 5, sobre diversos modelos de
contadores eléctricos con función de tarificador y registrador ;
Vista la declaración de conformidad de estos modelos, con la
funcionalidad y demás requisitos y condiciones exigibles por el Reglamento de
Puntos de Medida de los Consumos y Tránsitos de Energía Eléctrica, sus
instrucciones técnicas complementarias, y demás condiciones de
seguridad, compatibilidad electromagnética y otras normas de aplicación,
presentada por "Actaris Contadores, Sociedad Anónima" ;
Visto el informe técnico emitido por el Centro Español de Metrología
CEM-ITC-00/0170-3.4 en relación con los certificados de ensayo realizados
a los diferentes modelos por el NMI (Nederlands Meetinstituut) ;
Vistos los certificados de ensayo del Nederlands Meetinstituut. Números:
CVN-10119306-01 de acuerdo con las normas CEI 1036 y CEI 1268.
CVN-10119306-02 de acuerdo con las normas CEI 1036 y CEI 1268.
CVN-10119306-03 de acuerdo con las normas CEI 687 y CEI 1268.
Vista la memoria técnica descriptiva presentada y el resultado de las
pruebas de comunicación CP-RM efectuadas por Red Eléctrica de España ;
Considerando que, según lo dispuesto en el Real Decreto 2018/1997,
de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Puntos de
Medida de los Consumos y Tránsitos de Energía Eléctrica, modificado
por el Real Decreto 385/2002, de 26 de abril, aquellos aparatos para los
que no se haya establecido el Reglamento metrológico específico regulando
la aprobación de modelo correspondiente, requerirán autorización del
modelo para su uso e instalación en la red, y corresponderá a la Dirección
General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía dicha
autorización, cuando el tipo de aparato de medida de que se trate se
pretenda instalar en más de una Comunidad Autónoma ;
Considerando que, según lo dispuesto en la Orden ministerial de 12
de enero de 1995 por la que se aprueban las tarifas eléctricas para el
año 1995, el uso de un equipo de discriminación horaria deberá ser
autorizado por la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria
y Energía, previa la aportación de los ensayos oportunos de seguridad
eléctrica y garantía de medida ;
Considerando que las competencias de la Dirección General de la
Energía del Ministerio de Industria y Energía han sido asumidas por la Dirección
General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, según
se establece en el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se
modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Economía,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto
autorizar provisionalmente para su uso e instalación en la red, los modelos
de contadores estáticos, SL 7000 Smart, combinados, trifásicos, de conexión
directa o a transformadores, clases 1, 0,5s y 0,2s para la medida de la
energía activa y clases 2, 1 y 0,5 para reactiva, con función de tarificador
y registrador, marca "Actaris", fabricados por la empresa "Actaris
Contadores, Sociedad Anónima" con las siguientes características:
CUADRO: (Ver imagen página 4040)
Modelo Funcionalidad Tensiones de utilización Intensidades
Clases 0,2S (activa) y 0,5 (reactiva)
3 ^ 63,5/110V
SL761A . . . . . . . . . . . . . Contador tarifador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 ^ 127/220V -/5A
3 ^ 230/400V
Multirango: 3 ^ 57,7/100V a 3 ^ 240/415V
SL762A . . . . . . . . . . . . . Contador registrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 ^ 110V -/1A
Multirango: 3 ^ 100V a 3 ^ 415V
Clases 0,5S (activa) y 1 (reactiva)
3 ^ 63,5/110V
SL761B . . . . . . . . . . . . . Contador tarifador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 ^ 127/220V -/5A
3 ^ 230/400V
Multirango: 3 ^ 57,7/100V a 3 ^ 240/415V
SL762B . . . . . . . . . . . . . Contador registrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 ^ 110V -/1A
Multirango: 3 ^ 100V a 3 ^ 415V
Clases 1 (activa) y 2 (reactiva)
3 ^ 63,5/110V
SL761C . . . . . . . . . . . . . Contador tarifador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 ^ 127/220V -/5A
3 ^ 230/400V
Multirango: 3 ^ 57,7/100V a 3 ^ 240/415V
SL762C . . . . . . . . . . . . . Contador registrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 ^ 110V -/1A
Multirango: 3 ^ 100V a 3 ^ 415V
3 ^ 127/220VSL761D . . . . . . . . . . . . . Contador tarifador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3 ^ 230/400V 10 (80) A
Multirango: 3 ^ 240/415V a 3 ^ 240/415VSL762D . . . . . . . . . . . . . Contador registrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3 ^ 127/220VSL761E . . . . . . . . . . . . . . Contador tarifador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3 ^ 230/400V 5 (120) A
Multirango: 3 ^ 240/415V a 3 ^ 240/415VSL762E . . . . . . . . . . . . . . Contador registrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
No serán válidos para la liquidación de la energía en el mercado, las
variantes del modelo autorizado, que no incorporen curva horaria de
energía, firma electrónica o no dispongan de cualquier otra cualidad o
dispositivo necesario para poder utilizar los datos sobre energía aportados
por el equipo de medida en dicha liquidación.
La presente Resolución tendrá plena validez en todo el territorio
nacional y será válida, como máximo, hasta un año después de la entrada en
vigor del Reglamento metrológico específico regulando la aprobación de
modelo de los equipos de medida, desarrollo de la Ley 3/1985, de 18
de marzo, de Metrología, que en cada caso corresponda. No obstante, esta
Dirección General podrá conceder prórroga de dicho plazo, a solicitud
motivada de "Actaris Contadores, Sociedad Anónima",
Esta Dirección General de Política Energética y Minas podrá anular
la autorización concedida si "Actaris Contadores, Sociedad Anónima" no
solicitara la aprobación de modelo de los equipos de medida, conforme
a dicho Reglamento metrológico específico, en el plazo de un mes desde
su entrada en vigor.
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante
el Excmo. Sr. Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial y
de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo
con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el
artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Madrid, 17 de diciembre de 2002.-La Directora general, Carmen
Becerril Martínez.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 26 del Jueves 30 de Enero de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.