RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 25 de marzo de 2002, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo General de la Industria Textil y de la Confección.

Advertidos errores en el texto de Convenio Colectivo General de la Industria Textil y de la Confección, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 25 de marzo de 2002 en el "Boletín Oficial del Estado" número 92, de 17 de abril de 2002, Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores:

En la página 14666, columna izquierda, sustituir el "Anexo II, tabla salarial 2002" y "Tabla de salarios de referencia nuevo nomenclátor", por las siguientes:

ANEXO

(VER IMAGEN, PÁGINA 35264)

FIBRAS DE ALGODÓN Y APROVECHAMIENTO DE SUBPRODUCTOS

Tabla salarial 2002

Salario -Euros Coeficiente

1,00 19,14 1,05 19,37 1,10 19,66 1,15 19,95 1,20 20,26 1,25 20,51 1,30 20,74 1,35 21,02 1,40 21,28 1,45 21,59 1,50 21,91 1,55 22,23 1,60 22,55 1,65 22,84 1,70 23,24 1,75 23,75 1,80 24,22 1,85 24,76 1,90 25,26 1,95 25,75 2,00 26,31 2,05 26,79 2,10 27,33 2,15 27,81 2,20 28,28 2,25 28,81 2,30 29,30 2,35 29,85 2,40 30,34 2,45 30,84 2,50 31,37 2,55 31,89 2,60 32,40 2,65 32,88 2,70 33,38 2,75 33,86 2,80 34,42 2,85 34,90 2,90 35,41 2,95 35,97 3,00 36,42 3,05 38,47 3,50 41,19

Salario de referencia -Euros

Grupo profesional

A 19,31 B 20,74 C 23,24 D 26,31 E 29,85 F 31,89 G 41,19

Madrid, 18 de septiembre de 2002.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 238 del Viernes 4 de Octubre de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.

Materias

  • Confecciones
  • Convenios colectivos sindicales
  • Industria textil

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