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Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por el que se
determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan
los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan
Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del
artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del citado
Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 27 de diciembre de 2001.-El Secretario general técnico, Luis
Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por el que
se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan
los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan
Gerontológico
En Madrid, 22 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez,
como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real
Decreto 561/2000 de 27 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 102, del 28),
en nombre y representación de la Administración General del Estado,
en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del día 14), según redacción dada a la misma por el
artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Y de otra parte, el excelentísimo señor don José María Hernández
Cochón Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad
Autónoma de Galicia, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma
de Galicia, por delegación conferida por Decreto 48/1998 de 5 de febrero.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir
EXPONEN
Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la
Comunidad Autónoma de Galicia suscribieron, en fecha de 9 de diciembre
de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan
Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.
Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud
de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los
Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación, 839/1996 de 10
de mayo que establece su estructura orgánica y la Orden Ministerial de 21
de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio
de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Galicia de conformidad
con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1981 de 6 de abril, que aprueba
el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia
de Acción Social y Servicios Sociales.
En la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado de 2001, y en la Ley 4/2000 de 27 de diciembre de presupuestos
de la Comunidad Autónoma de Galicia se establecen dotaciones
presupuestarias para estos fines.
Tercero.-Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la
prórroga automática de aquel para ejercicios económicos sucesivos, de
no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las
cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los
correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de
ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de
Galicia y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Quinto.-Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente
al Protocolo Adicional suscrito el 17 de noviembre de 2000, mediante
un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.
Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto
en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones
económicas de las partes correspondientes al año 2001, procede
instrumentarla a través del presente "Protocolo Adicional", junto con la selección
de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Galicia y
aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992 de 26
de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para
la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de
diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la
Comunidad Autónoma de Galicia, ambas partes acuerdan suscribir el presente
"Protocolo Adicional" el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad
Autónoma de Galicia incorporan, al Convenio de colaboración de fecha 9 de
diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales
se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.
La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde
la firma del mismo.
Segunda.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su
dotación presupuestaria para el ejercicio 2001, aporta como participación
en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de
setecientos dieciséis millones trescientas siete mil cien (716.307.100) pesetas,
distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, seiscientos once millones ciento
noventa y siete mil quinientas (611.197.500) pesetas,
concepto: 19.04.313L.457, setenta y dos millones novecientas cuarenta y una mil
trescientas (72.941.300) pesetas y concepto: 19.04.313L.750, treinta y dos
millones ciento sesenta y ocho mil trescientas (32.168.300) pesetas.
La Comunidad Autónoma de Galicia y las Corporaciones Locales, en
su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se
comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía
no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de setecientos dieciséis
millones trescientas siete mil cien (716.307.100) pesetas, de la que se ha
presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.
Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro
del ejercicio económico 2001, se desglosa entre los proyectos seleccionados
de la forma que figura en el anexo.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional,
en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.
Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales
en nombre y representación del Gobierno de la Nación.-José María
Hernández Cochón, Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad
Autónoma de Galicia en nombre y representación de la Comunidad
Autónoma.
ANEXO (Ver imagen página 4745)
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma
de Galicia y especificación de las aportaciones de las partes que lo
cofinancian: Financiación 2001 (según Protocolo)
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
C.A./C.L.
-Pesetas
M.T. y A.S.
-Pesetas
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.452
Proyectos mantenimiento:
Cabanas (A Coruña)-Residencia Laraxe . . . . . . 161.000.000 161.000.000
Oleiros (A.Coruña)-Residencia . . . . . . . . . . . . . . . . 81.500.000 81.500.000
Ferrol (A. Coruña)-Residencia . . . . . . . . . . . . . . . . 20.000.000 20.000.000
Castro de Rei (Lugo)-Residencia Castro
Ribeiras de Lea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.500.000 79.500.000
Viana de Bolo (Ourense)-Residencia . . . . . . . . . . 65.000.000 65.000.000
C.A./C.L.
-Pesetas
M.T. y A.S.
-Pesetas
Ourense-Concertación de plazas con
Fundación S. Rosendo en: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Residencia Sta. Marta.
Residencia Ntra. Sra. de la Esperanza.
34.197.500 34.197.500
Vigo (Pontevedra)-Residencia, c/ Meixoeiro . 91.000.000 91.000.000
Vilanova de Arousa (Pontevedra)-Residencia
Valle Inclán . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.000.000 79.000.000
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 611.197.500 611.197.500
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.457
Proyectos de mantenimiento de programas y
servicios dirigidos a la atención de
enfermos de Alzheimer y otras demencias:
Castro de Rei (Lugo)-Residencia Castro
Ribeiras de Lea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.941.300 72.941.300
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.941.300 72.941.300
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.750
Proyectos inversiones:
Oleiros (A. Coruña)-Residencia . . . . . . . . . . . . . . . 2.500.000 2.500.000
Lugo-Residencia As Gandaras . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.668.300 13.668.300
Vigo (Pontevedra)-Residencia Meixoeiro, ctra.
Madrid-Ourense . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.500.000 8.500.000
Vigo (Pontevedra)-Residencia, c/ Meixoeiro . 7.500.000 7.500.000
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.168.300 32.168.300
Suma totales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 716.307.100 716.307.100
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 32 del Miércoles 6 de Febrero de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.