RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2001, de la Secretaria General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar

Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se

determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los

proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan

Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del

artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del citado

Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 27 de diciembre de 2001.- El Secretario general técnico, Luis

Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO

Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social

de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan

las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos

seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, 22 de noviembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez,

como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real

Decreto 561/2000 de 27 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 102 del 28),

en nombre y representación de la Administración General del Estado,

en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del día 14), según redacción dada a la misma por el

artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, la excelentísima señora doña Ana Garrido Chamorro

Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la

Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron, en fecha 9 de diciembre

de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan

Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud

de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los

Reales Decretos 758/1996, de 5 de Mayo, de creación, 839/1996 de 10

de mayo que establece su estructura orgánica y la Orden Ministerial de 21

de Mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio

de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Extremadura de

conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983 de 25 de

febrero, 8/1994 de 24 de marzo y 12/1999 de 6 de marzo que aprueba y reforma

el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia

de Acción Social y Servicios Sociales.

En la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales

del Estado de 2001, y en la Ley 5/2000 de 21 de diciembre de presupuestos

de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establecen dotaciones

presupuestarias para estos fines.

Tercero.-Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la

prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de

no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las

cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los

correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de

ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de

Extremadura y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.-Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente

al Protocolo Adicional suscrito el 8 de noviembre de 2000, mediante un

documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto

en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones

económicas de las partes correspondientes al año 2001, procede

instrumentarla a través del presente "Protocolo Adicional", junto con la selección

de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Extremadura

y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992 de 26

de noviembre, y de la Cláusula Décima del Convenio de colaboración para

la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de

diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la

Comunidad Autónoma de Extremadura, ambas partes acuerdan suscribir el

presente "Protocolo Adicional" el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad

Autónoma de Extremadura incorporan, al Convenio de colaboración de fecha 9

de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los

cuales se unen al mismo mediante Anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde

la firma del mismo.

Segunda.- El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a

su dotación presupuestaria para el ejercicio 2001, aporta como

participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad

de doscientos cincuenta y cinco millones trescientas cincuenta y siete mil

novecientas (255.357.900) pesetas, distribuidas en:

Concepto: 19.04.313L.452, ciento catorce millones trescientas diez mil quinientas

(114.310.500) pesetas, concepto: 19.04.313L.457, veintiséis millones

setecientas treinta y seis mil novecientas (26.736.900) pesetas, y

concepto: 19.04.313L.750, ciento catorce millones trescientas diez mil quinientas

(114.310.500) pesetas.

La Comunidad Autónoma de Extremadura y las Corporaciones Locales,

en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se

comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía

no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de doscientos cincuenta

y cinco millones trescientas cincuenta y siete mil novecientas (255.357.900)

pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de

retención de crédito.

Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro

del ejercicio económico 2001, se desglosa entre los proyectos seleccionados

de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional,

en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.

Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales

en nombre y representación del Gobierno de la Nación.-Ana Garrido

Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de

Extremadura en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO (Ver imágenes páginas 4743 a 4744)

Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma

de Extremadura y especificación de las aportaciones de las partes que

lo cofinancian: Financiación 2001 (según Protocolo)

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

C.A./C.L.

-Pesetas

M.T. y A.S.

-Pesetas

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.452

Proyectos mantenimiento:

Badajoz-Residencia, Avda. Diaz Ambrona . . . . 15.300.000 15.300.000

Almendralejo (Badajoz)-Residencia, c/

Monsalud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.300.00018.300.000

Mérida (Badajoz)-Residencia, c/ Vicente

Alexandre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.550.000 11.550.000

Trujillo (Cáceres)-Residencia El

Conquistador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.700.000 25.700.000

Malpartida de Plasencia (Cáceres)-Residencia

Ntra. Sra. de la Luz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.550.000 12.550.000

Plasenzuela (Cáceres)Residencia Padre

Damián . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.810.500 25.810.500

Casar de Cáceres (Cáceres)-Residencia, Ctra.

N.630 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.100.000 5.100.000

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114.310.500 114.310.500

C.A./C.L.

-Pesetas

M.T. y A.S.

-Pesetas

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.457

Proyectos de mantenimiento de programas y

servicios dirigidos a la atención de

enfermos de Alzheimer y otras demencias:

BadajoZ-Servicio Respiro en Centro de Día

Cruz Roja . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.684.225 6.684.225

Mérida (Badajoz)-Servicio Respiro en Centro

de Día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.684.225 6.684.225

Plasencia (Cáceres)-Servicio Respiro en

Centro de Día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.684.225 6.684.225

Cáceres Servicio-Respiro en Centro de Día

Cruz Roja . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.684.225 6.684.225

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.736.900 26.736.900

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.750

Proyectos inversiones:

Ahillones (Badajoz)-Residencia . . . . . . . . . . . . . . . 1.350.000 1.350.000

Barcarrota (Badajoz)-Vivienda Tutelada . . . . . 3.600.000 3.600.000

Quintana de la Serena (Badajoz)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.000.000 4.000.000

Llerena (Badajoz)-Vivienda Tutelada . . . . . . . . . 1.119.277 1.119.277

Guadajira (Badajoz)-Centro de Día . . . . . . . . . . . 1.000.000 1.000.000

Arroyo de San Serván (Badajoz)-Centro de

Día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.800.000 1.800.000

Fuenlabrada de los Montes (Badajoz)-Centro

de Día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.250.000 2.250.000

Puebla de Sancho Pérez (Badajoz)-Centro de

Día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.800.000 1.800.000

Valencia de Mombuey (Badajoz)-Centro de

Día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.350.000 1.350.000

Cabeza la Vaca (Badajoz)-Vivienda Tutelada . 3.150.000 3.150.000

Palomas (Badajoz)-Vivienda Tutelada . . . . . . . . 1.800.000 1.800.000

La Roca de la Sierra (Badajoz)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.700.000 2.700.000

La Garrovilla (Badajoz)-Vivienda Tutelada . . . 1.800.000 1.800.000

Malcocinado (Badajoz)-Vivienda Tutelada . . . 3.600.000 3.600.000

Navalvillar de Pela (Badajoz)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.150.000 3.150.000

Valle Serena (Badajoz)-Vivienda Tutelada . . . . 3.600.000 3.600.000

Zarza Capilla (Badajoz)-Vivienda Tutelada . . . 1.800.000 1.800.000

Granja de Torrehermosa (Badajoz)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.500.000 4.500.000

Hervas (Cáceres)-Vivienda Tutelada . . . . . . . . . . 4.000.000 4.000.000

Arroyo de la Luz (Cáceres)-Vivienda Tutelada 6.666.223 6.666.223

Casar de Cáceres (Cáceres)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 800.000 800.000

Aldea del Cano (Cáceres)-Vivienda Tutelada . 9.000.000 9.000.000

Deleitosa (Cáceres)-Vivienda Tutelada . . . . . . . 7.500.000 7.500.000

Santiago de Alcántara (Cáceres)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.000.000 5.000.000

Serradilla (Cáceres)-Vivienda Tutelada . . . . . . 1.125.000 1.125.000

Jaraicejo (Cáceres)-Centro de Día . . . . . . . . . . . . 2.500.000 2.500.000

Cabezuela del Valle (Cáceres)-Centro de Día . 3.150.000 3.150.000

Casas de Miravete (Cáceres)-Centro de Día . . 900.000 900.000

Cedillo (Cáceres)-Centro de Día . . . . . . . . . . . . . . . 1.800.000 1.800.000

Cuacos de Yuste (Cáceres)-Centro de Día . . . . 1.800.000 1.800.000

Puerto de Santa Cruz (Cáceres)-Centro de Día 1.800.000 1.800.000

Casares de las Hurdes (Cáceres)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.000.000 4.000.000

Fuentes de León (Cáceres)-Vivienda Tutelada 1.800.000 1.800.000

Pinofranqueado (Cáceres)-Vivienda Tutelada 9.000.000 9.000.000

Salvatierra de Santiago (Cáceres)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000.000 1.000.000

Casar de Palomero (Cáceres)-Vivienda

Tutelada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.500.000 4.500.000

La Cumbre (Caceres)-Vivienda Tutelada . . . . . 3.600.000 3.600.000

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114.310.500 114.310.500

Suma totales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 255.357.900 255.357.900

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 32 del Miércoles 6 de Febrero de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.

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