RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2000, de la Secretaría General de Asuntos Sociales, por la que se da publicidad al programa de sorteos del cupón de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, para el segundo trimestre del año 2000.

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, por el

que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación

y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de

Cooperación, Solidaridad y Competitividad para la Estabilidad de futuro

de la ONCE, determina, entre otras materias, las condiciones generales

del régimen de los sorteos del cupón de la Organización Nacional de Ciegos

Españoles, ordenando, a su vez, su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado", como garantía de los consumidores.

Por su parte, la nueva redacción dada al artículo 8.3.d) por el Real

Decreto 1200/1999, de 9 de julio, por el que se modifica el Real

Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización

Nacional de Ciegos Españoles, expresa que corresponde al Consejo de

Protectorado de la ONCE establecer los criterios y procedimientos adecuados

para ejercer el control sobre las materias relativas al cupón y otras

modalidades de juego autorizadas a la ONCE.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros

de 5 de marzo de 1999, así como en los citados Reales Decretos, y previo

acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado en su

reunión de 10 de abril de 2000, que actúa por delegación del citado Consejo,

procede dar publicidad al programa de sorteos del cupón de la ONCE,

con sus características, para los meses de abril, mayo y junio de 2000.

1. Sorteo de lunes a jueves.

1.1 Cantidad máxima de emisión por sorteo, de lunes a jueves, en

los meses de abril, mayo y junio, 1.800.000.000 de pesetas, distribuidas

en 90 series de 100.000 números cada una, del 00.000 al 99.999.

1.2 Cantidad destinada a premios en los sorteos, de lunes a jueves,

de los meses de abril, mayo y junio, 855.000.000 de pesetas por sorteo,

que representan el 47,5 por 100 del total de la emisión.

1.3 Distribución de premios por emisión:

1.3.1 Premio mayor a las cinco cifras: 5.000.000 de pesetas por cupón,

a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del

número agraciado y estén dispuestas en el mismo orden (25 por 100 del

total de la emisión).

1.3.2 Premio a las cuatro últimas cifras: 25.000 pesetas por cupón

a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades

de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las del número

agraciado y estén dispuestas en el mismo orden (1,125 por 100 del total

de la emisión).

1.3.3 Premio a las tres últimas cifras: 2.500 pesetas por cupón, a

los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas

y unidades) coincidan con las del número agraciado y estén dispuestas

en el mismo orden (1,125 por 100 del total de la emisión).

1.3.4 Premio a las dos últimas cifras: 500 pesetas por cupón, a los 900

cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades)

coincidan con las del número agraciado y estén dispuestas en el mismo orden

(2,25 por 100 del total de la emisión).

1.3.5 Premio a la última cifra (reintegro): 200 pesetas por cupón a

los 9.000 cupones de cada serie cuya última cifra (unidades) coincida

con el número agraciado (9 por 100 total de la emisión).

1.3.6 Premio a la primera cifra (reintegro): 200 pesetas por cupón

a los 9.000 cupones de cada serie cuya primera cifra (decena de millar)

coincida con el número agraciado (9 por 100 del total de la emisión).

1.3.7 No serán acumulables los premios enunciados anteriormente.

1.4 Precio del cupón: 200 pesetas.

2. Sorteo de los viernes, con un premio especial a un solo cupón

de 250.000.000 de pesetas y premios a los cupones de una serie de dicho

número.

2.1 Cantidad máxima de emisión por sorteo en los viernes de los

meses de abril, mayo y junio, 5.000.000.000 de pesetas, divididas en 200

series de 100.000 números cada una, del 00.000 al 99.999, siendo este

número de 200 series el mínimo autorizado para la emisión de los viernes.

2.2 Cantidad destinada a premios por sorteo, 2.609.050.000 de

pesetas, que representan el 52,181 por 100 del total de la emisión del viernes.

2.3 Distribución de premios en función del número extraído y las

series:

2.3.1 Premios a un número y a una serie del mismo:

2.3.1.1 Premio especial a un solo cupón: 250.000.000 de pesetas a

un solo cupón (cuponazo), perteneciente a la serie premiada y que haya

sido agraciado con el premio de cinco cifras (5 por 100 del total de la

emisión).

2.3.1.2 Premio a las cuatro últimas cifras de la serie premiada: 5.000.000

de pesetas a los nueve cupones de la serie premiada, cuyas cuatro últimas

cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con

las del número agraciado y estén colocadas en el mismo orden (0,9 por

100 del total de la emisión).

2.3.1.3 Premio a las tres últimas cifras de la serie premiada: 500.000

pesetas por cupón a los 90 cupones de la serie premiada, cuyas tres últimas

cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las del número

agraciado y estén colocadas en el mismo orden (0,9 por 100 del total de la

emisión).

2.3.1.4 Premio a las dos últimas cifras de la serie premiada: 50.000

pesetas por cupón a los 900 cupones de la serie premiada, cuyas dos

últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las del número agraciado

y estén colocadas en el mismo orden (0,9 por 100 del total de la emisión).

2.3.1.5 Premio a la última cifra de la serie premiada (reintegro): 5.000

pesetas por cupón, a los 9.000 cupones de la serie premiada, cuya última

cifra (unidades) coincida con el número agraciado (0,9 por 100 del total

de la emisión).

2.3.1.6 No serán acumulables los premios enunciados anteriormente.

2.3.2 Premios a las demás series del número extraído:

2.3.2.1 Premio mayor a las cinco cifras: 6.000.000 de pesetas por

cupón, a un único cupón de cada serie cuyas cinco cifras coincidan con

las del número premiado y estén colocadas en el mismo orden, excepto

el cupón de la serie premiada contemplado en 2.3.1.1 (23,88 por 100 del

total de la emisión).

2.3.2.2 Premio a las cuatro últimas cifras: 100.000 pesetas por cupón,

a los nueve cupones de cada serie cuyas cuatro últimas cifras (unidades

de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las del número

agraciado y estén colocadas en el mismo orden, excepto los cupones de

la serie premiada contemplados en 2.3.1.2 (3,582 por 100 del total de

la emisión).

2.3.2.3 Premio a las tres últimas cifras: 10.000 pesetas por cupón,

a los 90 cupones de cada serie cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas

y unidades) coincidan con las del número agraciado y estén colocadas

en el mismo orden, excepto los cupones de la serie premiada contemplados

en 2.3.1.3 (3,582 por 100 del total de la emisión).

2.3.2.4 Premio a las dos últimas cifras: 1.000 pesetas por cupón, a

los 900 cupones de cada serie cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades)

coincidan con las del número agraciado y estén colocadas en el mismo

orden, excepto los cupones de la serie premiada contemplados en 2.3.1.4

(3,582 por 100 del total de la emisión).

2.3.2.5 Premio a la última cifra (reintegro): 250 pesetas por cupón,

a los 9.000 cupones de cada serie cuya última cifra (unidades) coincida

con el número agraciado, excepto los cupones de la serie premiada

contemplados en 2.3.1.5 (8,955 por 100 del total de la emisión).

2.3.2.6 No serán acumulables los premios enunciados anteriormente.

2.4 Precio del cupón: 250 pesetas.

3. Sorteo de los domingos.

3.1 Cantidad máxima de emisión por sorteo de los domingos, en los

meses de abril, mayo y junio, 1.500.000.000 de pesetas, distribuidas en 60

series de 100.000 números cada una, del 00.000 al 99.999.

3.2 Cantidad destinada a premios en los sorteos, de los domingos,

de los meses de abril, mayo y junio, 761.000.000 de pesetas por sorteo,

que representan el 50,73 por 100 del total de la emisión.

3.3 Distribución de premios en función del número extraído y las

series:

3.3.1 Premio a un número y una serie del mismo:

3.3.1.1 Premio especial a un solo cupón: 10.000.000 de pesetas al

año, durante 25 anualidades, a un solo cupón, perteneciente a la serie

premiada y que haya sido agraciado con el premio de cinco cifras (16,667

por 100 del total de la emisión).

3.3.2 Premios a las demás series del número extraído:

3.3.2.1 Premio mayor a las cinco cifras: 5.000.000 de pesetas por cupón

a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del

número agraciado y estén dispuestas en el mismo orden (19,667 por 100

del total de la emisión).

3.3.3 Otros premios:

3.3.3.1 Premio a las cuatro últimas cifras: 50.000 pesetas por cupón

a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades

de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las del número

agraciado y estén dispuestas en el mismo orden (1,80 por 100 del total

de la emisión).

3.3.3.2 Premio a las tres últimas cifras: 5.000 pesetas por cupón, a

los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas

y unidades) coincidan con las del número agraciado y estén dispuestas

en el mismo orden (1,80 por 100 del total de la emisión).

3.3.3.3 Premio a las dos últimas cifras: 500 pesetas por cupón, a los 900

cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades)

coincidan con las del número agraciado y estén dispuestas en el mismo orden

(1,80 por 100 del total de la emisión).

3.3.3.4 Premio a la última cifra (reintegro): 250 pesetas por cupón

a los 9.000 cupones de cada serie cuya última cifra (unidades) coincida

con el número agraciado (9 por 100 total de la emisión).

3.3.3.5 No serán acumulables los premios enunciados anteriormente.

3.4 Precio del cupón: 250 pesetas.

4. Celebración de los sorteos.-La celebración de los sorteos del

segundo trimestre de 2000 tendrá carácter diario, siendo 51 los sorteos del

cupón de lunes a jueves, 13 los sorteos del cupón de los viernes y 13

los sorteos del cupón del domingo.

5. Emisión autorizada.-El volumen máximo de emisión autorizada

para este segundo trimestre de 2000 asciende a 176.300.000.000 de pesetas,

correspondiendo la emisión de 91.800.000.000 de pesetas a los sorteos

de lunes a jueves, la emisión de 65.000.000.000 de pesetas a los sorteos

de los viernes y 19.500.000.000 de pesetas a los sorteos de los domingos.

6. Vigencia de la Resolución relativa a las cifras de emisión y al

programa de sorteos.-La Resolución relativa a las cifras de emisión y

al programa de sorteos del segundo trimestre de 2000 tendrá vigencia

durante los meses de abril, mayo y junio de 2000.

Madrid, 10 de abril de 2000.-La Secretaria general, Amalia Gómez

Gómez.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 104 del Lunes 1 de Mayo de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.

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