Periódico Oficial del Estado de México del día 04/02/2016 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

4 de febrero de 2016

Página 3

7.-

Que el Acuerdo referido en el Resultando anterior, fue notificado a este Instituto Electoral del Estado de México el día trece de octubre del año en curso, a través del oficio número INE/UTVOPL/4469/2015, signado por la entonces Directora de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, del Instituto Nacional Electoral.

8.-

Que el veintiséis de octubre de dos mil quince, el Tribunal Electoral del Estado de México, dictó sentencia en los medios impugnación mencionados en el Resultando 5, de este Acuerdo, en la que determinó confirmar los actos impugnados.

9.-

Que el veintinueve de octubre de dos mil quince, el Partido Movimiento Ciudadano, promovió Juicio de Revisión Constitucional Electoral, ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; mismo que fue radicado con la clave ST-JRC-338/2015.

10.-

Que el ocho de diciembre de dos mil quince, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, dictó sentencia, cuyos Resolutivos Primero y Segundo son del tenor siguiente:
PRIMERO.- Se revoca la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el juicio de inconformidad JI/80/2015 y sus acumulados.
SEGUNDO.- Se declara la invalidez de la elección de los integrantes del Ayuntamiento de Chiautla, Estado de México.

11.-

Que el doce de diciembre de dos mil quince, el Partido Revolucionario Institucional, interpuso Recurso de Reconsideración, en la Oficialía de Partes de la Sala Regional en mención; asimismo, el trece del mismo mes y año, el ciudadano Ángel Melo Rojas presentó demanda de Juicio para la Protección de Derechos PolíticoElectorales del Ciudadano, ambos, a fin de controvertir la sentencia referida en el Resultando anterior, este último medio de impugnación reencausado a Recurso de Reconsideración por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

12.-

Que el veintidós de diciembre de dos mil quince, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictó sentencia en los expedientes números SUP-REC-1092/2015 y SUP-REC-1095/2015
acumulados, en la cual determinó confirmar la sentencia aludida en el Resultando 10, de este Instrumento.

13.-

Que el quince de enero de dos mil dieciséis, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México Gaceta del Gobierno, el Decreto número 59, a través del cual, la H. LIX Legislatura local, expidió la Convocatoria a la Elección Extraordinaria del Ayuntamiento de Chiautla, Estado de México, misma que se llevará a cabo el trece de marzo del año en curso.

14.-

Que este Consejo General, en sesión extraordinaria celebrada en fecha diecinueve de enero del año en curso, a través del Acuerdo número IEEM/CG/08/2016, aprobó el Calendario Electoral de la Elección Extraordinaria de Chiautla 2016, en el cual se señala que la designación de los consejeros electorales municipales del órgano desconcentrado que atenderá en el ámbito de su competencia dicha elección, deberán ser designados a más tardar el tres de febrero del año en curso.

15.-

Que en sesión extraordinaria del diecinueve de enero del presente año, este Consejo General para dar cumplimiento a los Lineamientos para la Designación de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales, así como de los Servidores Públicos Titulares de las Áreas Ejecutivas de Dirección de los Organismos Públicos Locales Electorales, emitidos por el Instituto Nacional Electoral, aprobó mediante Acuerdo IEEM/CG/09/2016, el Procedimiento para la integración de la propuesta y designación de Consejeras y Consejeros Electorales del Consejo Municipal Electoral de Chiautla, para la elección extraordinaria 2016, mismo que contiene la Convocatoria para Consejeras y Consejeros Electorales Municipales durante la Elección Extraordinaria del 13
de Marzo de 2016 en el Municipio de Chiautla, Estado de México y que fue publicada el día diecinueve de enero del año en curso en la página electrónica de este Instituto, en los estrados, en periódicos de circulación nacional y estatal, entre otros.
Del día veintiuno al veinticuatro de enero del año en curso, por conducto del personal comisionado de este Instituto, en la sede ubicada en prolongación Hidalgo, Número 4, Colonia Centro, San Andrés Chiautla, Estado de México, que para tal efecto fue habilitada en el municipio citado, se llevó a cabo la recepción de las Cédulas del Registro de Aspirantes a Consejeras y Consejeros Electorales del Consejo Municipal Electoral de

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/02/2016 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha04/02/2016

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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