Periódico Oficial del Estado de México del día 16/12/2015 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 32

16 de diciembre de 2015
CONSIDERANDO

Que entre los objetivos del Eje Rector Integral de la Administración Pública del Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, está el de promover los resultados de la ejecución e implementación de las políticas públicas para que tengan un mayor impacto, es necesario que el proceso de planeación, ejecución y evaluación se realice con ecacia y eciencia bajo un marco de transparencia y participación ciudadana.
Que una de las políticas para alcanzar dicho objetivo es la simplicación administrativa la cual debe disminuir no sólo requisitos y trámites sino también eliminar la duplicidad de funciones y fomentar las mejores prácticas existentes. Asimismo, la estandarización en la acción gubernamental y la simplicación administrativa deben basarse en los recursos tecnológicos, señaladamente en cuanto al seguimiento que debe darse a los procesos de Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública Estatal.
Que el Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México, tiene por objetivo regular los procesos de Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas que deben llevar a cabo los servidores públicos al iniciar y concluir un empleo, cargo o comisión pública, independientemente de las causas que motiven el relevo.
Que a las unidades aplicativas corresponde coordinar los trabajos de las distintas oficinas tendentes a integrar la información para dar cuenta cabal y puntualmente sobre el estado que guarda la Administración Pública Estatal.
Que toda vez que los servidores públicos de puestos distintos a la estructura Orgánica del Organismo, pero que por sus funciones son responsables de fondos o valores, así como de bienes, archivo y documentos y con la finalidad de transparentar las actividades que desarrollan en sus distintas áreas, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE ESTABLECE LOS SUJETOS OBLIGADOS AL PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL
COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE MÉXICO
PRIMERO. El objeto del presente acuerdo es establecer los Sujetos obligados al Proceso de Entrega y Recepción del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México de puestos distintos a la estructura Orgánica del Organismo.
SEGUNDO. Los sujetos obligados al Proceso de Entrega y Recepción son:
I

PLANTELES
1. El Titular de la Subdirección, o quién realice las funciones de Subdirector.
2. El Titular de la Coordinación del Plantel, o quién realice las funciones de Coordinador de Plantel.
3. El Titular de Control Escolar, o quién realice las funciones de Jefe de Control Escolar.
4. El Titular de la Coordinación de Vinculación, o quién realice las funciones de Coordinador de Vinculación.

II

RESPONSABLE DEL ALMACÉN GENERAL

TERCERO. Los servidores públicos obligados al Proceso de Entrega y Recepción deben mantener permanentemente actualizados sus registros, controles, inventarios, documentos de apoyo normativo-administrativo y demás documentos relativos a su despacho.
CUARTO. Los servidores públicos obligados al Proceso de Entrega y Recepción, tendrán la obligatoriedad de acatar y dar cabal cumplimiento al Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México, publicado el 26 de marzo de 2004 y el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México, publicado el 10 de mayo de 2010, en el periódico oficial del Gobierno del Estado de México Gaceta del Gobierno.
TRANSITORIO
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Dado en las instalaciones del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México, sito en Libramiento José María Morelos y Pavón, No. 401 Sur, Colonia Llano Grande, Metepec, Estado de México, a los siete días del mes de diciembre del año 2015.
SEGUNDO. El presente acuerdo deja sin efecto al publicado el 1º de julio de 2010, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México Gaceta del Gobierno.
DR. EDGAR ALFONSO HERNÁNDEZ MUÑOZ
DIRECTOR GENERAL
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 16/12/2015 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha16/12/2015

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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