Periódico Oficial del Estado de México del día 29/10/2015 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

29 de octubre de 2015

Página 15

II.

Establecer coordinación con autoridades de los ámbitos federal estatal y municipal y para la planeación e implementación de acciones tendientes a salvaguardar la integridad física del titular del Ejecutivo Estatal y de los funcionarios que se les encomiende.

III.

Ejecutar la planeación logística y el monitoreo en zonas donde se presente el titular del Ejecutivo Estatal, funcionarios estatales y federales, o diplomáticos durante su estancia en la Entidad.

IV.

Las demás que le confieran otras disposiciones legales y administrativas y aquellas que le encomiende el Comisionado.

Artículo 26. Corresponden a la Coordinación de Grupos Tácticos las atribuciones siguientes:
I.

Dirigir, coordinar y supervisar los operativos de despliegue táctico necesarios en circunstancias de alto riesgo, orientados a combatir el fenómeno delictivo.

II.

Establecer coordinación con las áreas de seguridad pública, inteligencia y análisis criminal de la Comisión, con la finalidad de diseñar estrategias de neutralización y combate de grupos criminales y redes de delincuencia organizada.

III.

Auxiliar y asistir en casos de fenómenos naturales, antinarcóticos, secuestro, extorsión, búsqueda y rescate de personas extraviadas, que pongan en riesgo a la población de la Entidad.

IV.

Las demás que le confieran otras disposiciones legales y administrativas y aquellas que le encomiende el secretario y el Comisionado.

Artículo 27. Corresponden a la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación las atribuciones siguientes:
I.

Coordinar las funciones que en materia de planeación, programación, presupuestación, evaluación, transparencia y desarrollo organizacional le corresponden a la Comisión, en términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables, conjuntamente con las áreas correspondientes de la Secretaría.

II.

Emitir dictámenes técnicos en materia de identificación policial, como integrante del Comité de Supervisión y Verificación de Empresas de Seguridad Privada.

III.

Las demás que le confieran otras disposiciones legales y administrativas y aquellas que le encomiende el Comisionado.

Artículo 28. Corresponden a la Secretaría Técnica las siguientes atribuciones:
I.

Impulsar el desarrollo y operación de mecanismos de coordinación con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, para el seguimiento de acuerdos y convenios.

II.

Coordinar la ejecución de acciones institucionales derivadas de los acuerdos y convenios suscritos por la Comisión con la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública y la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario.

III.

Elaborar los informes al Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

IV.

Proponer al Comisionado disposiciones administrativas y jurídicas, tendientes a participar en el Sistema Estatal de Seguridad Pública.

V.

Representar en su caso a la Comisión ante las instancias y foros de seguridad pública que correspondan.

VI.

Establecer comunicación con los presidentes municipales y en su caso, con los directores de Seguridad Pública Municipal, a fin de fortalecer los mecanismos de coordinación.

VII.

Solicitar, registrar y sistematizar los datos para la elaboración de los informes para el Comisionado, referentes al panorama delictivo y la productividad policial.

VIII.

Elaborar en coordinación con la Dirección General de Administración y Servicios, los informes correspondientes al ejercicio de los recursos federales que deban rendirse al Sistema Estatal de Seguridad Pública.

IX.

Instrumentar el control y seguimiento a las peticiones que realicen las autoridades municipales a la Comisión.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 29/10/2015 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha29/10/2015

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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