Periódico Oficial del Estado de México del día 11/02/2015 (Sección Cuarta)
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)
I I de febrero de 2015
G ACETA
Página 5
GOBIERNO
Artículo 5. En operaciones sin cuantía tales como testamentos, poderes, reconocimiento de firmas y, en general, en todos aquellos supuestos en los que el arancel no establece una cantidad mínima como remuneración para la fijación de esta, los notarios públicos tomarán en cuenta las condiciones socioeconómicas de los solicitantes, sobre todo si son de un grupo social económicamente vulnerable. En estos casos, el notario podrá cobrar una remuneración menor a la señalada.
Artículo 6. Se unifica la tarifa de cobro de honorarios con aplicación para todo el Estado de México, con base en el salario mínimo emitido por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos vigente en el Área Geográfica "A", quedando de la siguiente forma:
TARIFA
ÁREA GEOGRÁFICA "A"
RANGO DE VALOR BASE EN PESOS
RANGO
1
2
3
4
5
6
7
8
9
LÍMITE INFERIOR
$1.00
$130,001.00
$ 260,001.00
$ 520,001.00
$ 1,040,001.00
$ 2,080,001.00
$ 4,160,001.00
$ 8,320,001.00
$ 16,640,001.00
LÍMITE SUPERIOR
CUOTA FIJA
EN DSMGV
$ 130,000.00
$ 260,000.00
$ 520,000.00
$ 1,040,000.00
$ 2,080,000.00
$ 4,160,000.00
$ 8,320,000.00
$ 16,640,000.00
2244 DSMGV, más el resultado de el multiplicar excedente por .0075%
80
80
116
186
320
501
790
1354
FACTOR
APLICABLE A
CADA RANGO
0.000%
1.620%
1.600%
1.550%
0.990%
0.820%
0.800%
0.750%
La base se determinará conforme al valor que resulte más alto entre el de operación, avalúo o valor catastral del bien objeto de la transmisión.
Para calcular la tarifa de cobro de honorarios se aplicará la siguiente formula:
TARIFA= CF + FAV0 - VL,
Entendiéndose por:
CF = Cuota fija según el rango que corresponda.
FA= Factor aplicable al rango que corresponda.
VorNalor de laoperación, avalúo o valor catastral del bien objeto de la transmisión.
Vu= Valor señalado en el límite inferior del rango que corresponda.