La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 8/2/2022

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 119

La Gaceta Nº 25 Martes 8 de febrero del 2022
personas que están ocupando un bien de dominio público, sin que se le haya otorgado ningún tipo de permiso, no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de desalojo. 7.
Que, en este caso concreto, el uso que Eddy Mora González, está realizando del inmueble municipal, no está habilitada por ningún tipo de permiso, y por ello carece de cualquier justificación. Por este hecho, es un deber de esta Municipalidad tomar las acciones que correspondan para la recuperación de aquellas áreas que estén siendo utilizadas privadamente y sin permiso, con el objeto de poder aprovechar de modo adecuado la totalidad del inmueble al fin público al que está destinado. No es permisible tampoco que permanezcan edificaciones al servicio de Eddy Mora González, y que deberán ser removidas, o eventualmente demolidas. 8. Con base en lo anterior, se debe notificar personalmente a Eddy Mora González, quien tiene un plazo de quince días hábiles, para que proceda a retirar las construcciones que impiden el uso de la propiedad municipal con matrícula de folio real número 3-195239, así como para que se abstenga de invadir este inmueble en lo sucesivo. Del mismo modo, se le concederá el mismo plazo de quince días hábiles a partir de dicha notificación, para que desaloje o demuela toda edificación que se encuentra en el inmueble, relacionada con su actividad, así como para que retire cualquier tipo de bien mueble o mobiliario. En caso de no proceder con todo lo aquí ordenado, esta Municipalidad procederá a retirar los bienes muebles y cualquier mobiliario de manera forzosa y por cuenta de Eddy Mora González; asimismo, demolerá toda edificación que impida el acceso o uso del inmueble, también por cuenta de Eddy Mora González. Por tanto. Con base en las consideraciones fácticas y jurídicas expuestas, se le concede a Eddy Mora González, el plazo de quince días hábiles a partir de la notificación de este acto administrativo, para que proceda a demoler cualquier estructura, así como retirar los obstáculos, que impiden tanto el acceso como el libre tránsito en la propiedad municipal con matrícula de folio real número 3-195239, y se le ordena abstenerse de invadir este inmueble en lo sucesivo. Del mismo modo, se le concede el mismo plazo de quince días hábiles a partir de la notificación de este acto, para que desaloje o retire todo, mobiliario, vehículos o bienes muebles que se encuentren en el inmueble. En caso de no proceder con todo lo aquí ordenado, esta Municipalidad procederá a ejecutar todas estas acciones de manera forzosa y por cuenta de Eddy Mora González. Notifíquese personalmente o en su domicilio en Dulce Nombre de La Unión Urbanización El Tirrá 2 casa número 14. En caso que tal domicilio esté equivocado o sea inexistente se notificará por medio de edicto a publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, los plazos comenzarán a correr 5 días después de la última publicación, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública. Se le previene que dentro de los tres días posteriores a la presente notificación deberá señalar una dirección electrónica correo electrónico, un número de fax, o un lugar físico para recibir notificaciones dentro del perímetro de La Unión de Cartago, en el entendido de que de no hacerlo así o bien si el lugar señalado fuere incierto o desconocido, las futuras resoluciones se tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas artículo 11 de Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber que en caso de inconformidad pueden recurrir ante este órgano en revocatoria y ante la Alcaldía en apelación en el plazo de cinco días hábiles a partir de esta notificación, de acuerdo con el artículo 171 del Código Municipal. Sin otro particular, se despide.Ing. Allan Quesada Aguilar, Jefe de Inspección DIDECU. IN2022620704 .

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
GESTIÓN TRIBUTARIA
Debido a que se ignora el actual domicilio fiscal de los contribuyentes que adeudan el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y Servicios municipales y que la Municipalidad de Curridabat, ha agotado ya todas las formas de localización posible y en cumplimiento de los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios vigente, se procede a notificar por edicto de los siguientes saldos deudores.
Lista de Contribuyentes Morosos Municipalidad de Curridabat Bienes Inmuebles y Servicios Municipales.
NOMBRE

CÉDULA

FINCA

MONTO

Katia Paniagua Barrantes
204640862

157216-F, 157224-F

1.082.255,00

Juan Aurelio Hernández
Z25702068

363000

1.204.655,00

Willy H Rothe Cornejo
100942427

139902, 139922, 139992

675.525,00

Luis Alberto Quesada Monge
109680892

534129

1.283.365,00

Azulina de la Montaña Limitada
3102630426

051732F, 051733F, 051734F, 051735F

1.331.260,00

German Acuña Orozco
302100779

152454A

832.365,00

Clarisa Segura Naranjo
101980176

155063

676.420,00

Eliut Tenorio León
601700368

SINF1631

1.609.110,00

Marco Tulio Vega Fernández
105290365

317618

435.160,00

Ana Patricia Cedeño Soto
302440161

317618

24.285,00

Carlos Luis Brizuela Soto
103670129

223798

814.495,00

Rosa María Alfaro Peña
103810460

223798

144.630,00

Ninfa Yadira Céspedes Abarca
106750041

023119F

199.895,00

Asociación Iglesia Cristiana Reformada de Costa Ri
3002129193

336754, 336756

278.755,00

Industrias Maralfa I M S.A.

3101331531

538375

653.945,00

Fernando Cordero Diaz
104610682

412717, SINF1459, SINF1847

8.040.050,00

Hilda María Cortés Chavarría
601890033

412717

315.055,00

Aurelio Marín Navarro
300700344

462062

1.160.875,00

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 8/2/2022

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha08/02/2022

Nro. de páginas120

Nro. de ediciones5516

Primera edición01/01/2003

Ultima edición12/07/2024

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