Diario Oficial de la Federación del 03/07/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Miércoles 3 de julio de 2024

La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo, dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento, así como apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y demás programas que deriven del mismo.
Así, LAS PARTES manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.

II.

GOBERNACIÓN declara que:
I.1.

Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad con los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal LOAPF y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB.

I.2.

De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la LOAPF, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos;
y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto.

I.3.

El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II, y 6, fracción IX del RISEGOB.

I.4.

La CONAVIM es un Órgano Administrativo Desconcentrado de GOBERNACIÓN, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres DECRETO, publicado en el DOF, el 1 de junio de 2009.

I.5.

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Representada por la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV 116 fracciones II y IV y 151 del RISEGOB; Cuarto, fracción XIII del DECRETO, y el Nombramiento expedido a través del oficio numero 100.- 179, de fecha 01
de noviembre de 2023, suscrito por la Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.

I.6.

Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número 00435 del Reporte General de Suficiencia Presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de GOBERNACIÓN.

I.7.

Señala como su domicilio el ubicado en la calle Doctor José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal, 03020, en la Ciudad de México.

El GOBIERNO DEL ESTADO declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 11, 12, 13 y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo previsto en los artículos 47 y 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 3 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 03/07/2024

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha03/07/2024

Nro. de páginas750

Nro. de ediciones3481

Primera edición01/01/2011

Ultima edición02/08/2024

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