Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 16/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.868
Salta, lunes 16 de noviembre de 2020

Comisión Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Educación de la Provincia de Salta Si.T.E.P.Sa.;
Que, como consecuencia de ello, la Secretaría General de la citada entidad sindical gestiona el otorgamiento de la licencia a partir del 6 de enero del 2020 al 18 de febrero del 2023;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, tomaron la intervención de su competencia;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 2, de la Constitución Provincial, el artículo 2º de la Ley Nº 8.171 y el artículo 42 del Decreto Nº 2.615/2005, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otorgase Licencia Gremial, con goce de haberes, con encuadre legal en el artículo 42 del Decreto Nº 2.615/2005, en concordancia con lo establecido en el artículo 71
del Decreto Nº 4.118/1997, a favor de la Sra. MARÍA VICTORIA CERVERA, DNI Nº 20.347.562, maestra de grado titular de la Escuela Nº 4.728; Sra. BRÍJIDA LAUREANO, DNI
Nº 22.072.404, maestra celadora titular de la Escuela Nº 4.017; Sr. LUIS ALBERTO CALVETTI, DNI Nº 14.298.285, maestro especial de educación de la Escuela Nº 4.016, dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, como Miembros de la Comisión Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Educación de ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el Sr. Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Cánepa - Posadas Fechas de publicación: 16/11/2020
OP N: SA100036748

SALTA, 11 de Noviembre de 2020
DECRETO Nº 754
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Expediente Nº 22-589.195/2018 y agregados.
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto por el señor Fernando Hernán Gutiérrez, en contra de la Resolución Nº 758/2019 de la Dirección General de Rentas; y, CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Resolución se determinó de oficio el Impuesto a las Actividades Económicas, con más sus accesorios calculados al 31/10/2019, correspondiente a los períodos 01/2015 a 12/2017, en la suma de $1.123.967,10 pesos un millón ciento veintitrés mil novecientos sesenta y siete con 10/100, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 36 del Código Fiscal de Salta; y se aplicó una multa equivalente al 70% del impuesto omitido a su vencimiento por los períodos 01/2015 a 03/2017 y 05 a 12/2017, cuyo monto asciende a la suma de $ 334.459,72 pesos trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y nueve con 72/100, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Código Fiscal, conforme planilla anexa;
Que sin embargo, previo a la actuación de Fiscalía de Estado, tomó intervención el Subprograma de Inspecciones Fiscales y rectificó la Planilla Determinativa de deuda Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 16/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha16/11/2020

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones2022

Primera edición04/01/2016

Ultima edición12/07/2024

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