Boletín Oficial de la República Argentina del 25/10/2018 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.982 - Segunda Sección
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Jueves 25 de octubre de 2018

DYNAMIC TIMESS.A. y siendo continuadora de esta. De conformidad con lo dispuesto por art. 124 Ley 19.550 y Res. 12/03 IGJ se ha resuelto la cancelación de la Sucursal en la República Argentina. Duración: 99 años contando desde su inscripción en la IGJ. Objeto: Inmobiliaria: mediante la compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de inmuebles rurales o urbanos, inclusive las comprendidas dentro del régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteos de parcelas y su posterior venta, como la de las unidades resultantes conforme la normativa vigente del Código Civil y Comercial de la Nación, urbanización, fideicomisos, barrios cerrados, clubes de campo, explotación de parques industriales, Agropecuarias: la explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas ganaderos, frutícolas y de granjas, establecimientos para invernadas y cría de ganado, tambos y cabañas. Almacenamiento en silos de granos y de todo tipo de cereales, forestación y reforestación. Capital Social: $500.000 Sindicatura: Se prescinde. Cierre del ejercicio: 31/05 de cada año. Directorio: Presidente Guillermo Raffo y Director Suplente Hector Oscar Cicerchia.
Los nombrados aceptaron los cargos para los cuales fueron designados y fijan como domicilio especial de ambos en Viamonte 773 Piso 2 Oficina B CABA. Domicilio Legal: Viamonte 773 Piso 2 Oficina B CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº281 de fecha 16/10/2018 Reg. Nº2069
Maria Sofia Viviani - T: 111 F: 294 C.P.A.C.F.
e. 25/10/2018 N80159/18 v. 25/10/2018

GERENFIDS.A.

Por Asamblea unánime del 16/4/2018 se resolvió modificar: i Artículo Primero: Cambio de denominación social a SALTUM DEVELOPMENTSS.A. continuadora de GERENFIDS.A., y ii Artículo Octavo: fijar los miembros del directorio entre un mínimo de uno y un máximo de hasta seis miembros titulares, socios o no, debiendo la asamblea designar igual o menor número de suplentes.- Autorizado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA de fecha 16/04/2018
Maria Cecilia Glinz - T: 126 F: 632 C.P.A.C.F.
e. 25/10/2018 N80433/18 v. 25/10/2018

GESTION RADIALS.A.

Inspección General de Justicia 1.873.941: Se comunica que por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 5/12/2017, se resolvió aumentar el capital social en la suma de $ 25.000, es decir, de la suma de $ 108.333 a $133.333, el que es suscripto en su totalidad por V y V Inversiones S.A, mediante la capitalización de Aportes Irrevocables, los que ascienden a la suma de $4.500.000, con una prima de emisión de $4.475.000, es decir $179
por acción. Se emitieron 25.000 acciones ordinarias Clase B, nominativas no endosables, de valor nominal $1, con derecho a un voto por acción, dejando constancia que los restantes accionistas han renunciado al derecho de preferencia y de acrecer. Finalmente, se reformó el Artículo Quinto del Estatuto Social.Christian Fleischer, Abogado, Tomo 35, Folio 832, autorizado por Asamblea del 05/12/2017.Christian Fleischer - T: 35 F: 832 C.P.A.C.F.
e. 25/10/2018 N80302/18 v. 25/10/2018

GRUPO ILHSAS.A.

Se hace saber por un día, en los términos del artículo 10 de la ley 19550, que mediante Asamblea General Extraordinaria del 26/09/2018 se resolvió reformar los artículos 4, 8 y 9 del Estatuto conforme al siguiente texto:
ARTÍCULO 4: A El capital social es de $32.830.797 representado por idéntica cantidad de acciones ordinarias de $1 valor nominal cada una, que otorgan derecho a un voto por acción. El capital social está dividido en dos clases de acciones según el siguiente detalle: 27.911.938 acciones clase A y 4.918.859 acciones clase B. Las acciones de cada clase confieren a sus titulares iguales derechos y les imponen las mismas obligaciones. B El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su en los términos del artículo 188 de la ley 19.550. La Asamblea de accionistas que resuelva el aumento del capital social determinará las características de las acciones a emitirse, pudiendo delegar en el Directorio la fijación de la época, forma y condiciones de suscripción y pago de las acciones. En los aumentos de capital, se mantendrá la proporcionalidad existente entre las acciones clase A y las acciones clase B. Los titulares de las acciones clases A y B tendrán derecho preferente y de acrecer para suscribir las acciones de la misma clase que se emitan, en proporción a las que posean. C C-1 Procedimiento de transferencia de acciones y ejercicio del derecho de adquisición preferente.
I. Limitaciones a la transferencia de Acciones: Ningún accionista podrá vender ni transferir todo o parte de sus acciones a un tercero, sino de conformidad con el procedimiento establecido por este Artículo, a cuyo fin los términos trasferencia o venta significarán toda venta, transferencia, cesión, donación, prenda, canje, u otra disposición voluntaria o involuntaria, directa o indirecta, de las acciones. II. Derecho de preferencia: 1 El accionista

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/10/2018 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha25/10/2018

Nro. de páginas106

Nro. de ediciones9385

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/07/2024

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