Boletín Oficial de la República Argentina del 19/06/2009 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 19 de junio de 2009
que la venta no se encuentra alcanzada por esa gabela.- Los compradores deberán constituir domicilio dentro del radio de la Cap.
Fed.- Exhibición: Martes 07 y Miércoles 08 de Julio de 11 a 14 horas. Consultas con los martilleros, por vía mail a: lopezbasavilbaso@fibertel.com.ar; cecilia.saenz@fibertel.com.ar y por Internet: www.rematescorporacion.org código: detalle Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial y por 3 tres días en Clarín.
Buenos Aires, 12 de junio de 2009.
María José Gigy Traynor, secretaria.
e. 19/06/2009 Nº50994/09 v. 25/06/2009

Nº 17

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 17, a cargo del Dr. Federico Guerri, Juez, Secretaría Nº 33, a cargo del Dr. Rafael Trebino Figueroa, sito en la calle Marcelo T. de Alvear Nº 1840, 3º Piso de C.A.B.A., comunica por un día en autos Bardo Simona Catalina s/Quiebra, s/Incidente de realización de bienes Expte. Nº049533, que el martillero Paula Gourdy Allende, Mat. 133:
Lº 79, Fº 276, CUIT 27-12076632-0, rematará el día 07 de julio de 2009, a las 12.30hs., al contado, mejor postor y en dinero en efectivo, en Tte. J. D. Perón 1233 de C. A. B. A., el inmueble sobre el Arroyo Curubyca, y a menos de 150 metros del Río Sarmiento, sito en: Sección Primera de las islas del Río Paraná, Partido de Islas, Nomenclatura Catastral:
Secc. 1º, Mz. 533 a, Parc. 25., jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires. Para acceder al terreno descender en un embarcadero vecino a 70 mts., en buenas condiciones de mantenimiento con cerco y sin construcción. En la entrada un cartel que dice: Villa María, prohibido pasar, estando el lote anexado a la casa vecina, fs.117. Superficie 633,50 mts2, con restricciones para construir en el frente de la isla. Base: $11.000.- Seña 10% Comisión 3%
e IVA s/comisión, Of. de Subastas Judiciales 0,25%. Todo en dinero en efectivo en el acto de subasta. En su caso podrán admitirse ofertas bajo sobre, en los términos del Reglamento para la Justicia Nacional, art. 104. 5. en los términos que disponga el Tribunal oficiado. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del 5º día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de declararlo postor remiso.
Dispóngase que el comprador en subasta deberá integrar el saldo de precio aún si se hubiera planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. En caso que no lo hiciere, y fueran rechazadas las objeciones, deberá adicionar al remanente del precio desde el quinto día de la subasta y hasta el efectivo pago, los intereses del Banco de la Nación Argentina tasa activa para sus operaciones de descuento a treinta días. Queda prohibida la compra en comisión así como la ulterior cesión del boleto que se extienda.
El comprador será puesto en posesión del inmueble una vez integrado el saldo de precio.
Las sumas adeudadas por tasas, impuestos o, contribuciones, luz, agua corriente y otros servicios, anteriores a la fecha del decreto de quiebra deberán ser verificadas por los entes y las que resulten posteriores, hasta la fecha de toma de posesión serán a cargo de la quiebra con el privilegio del art. 240 de la LVQ. Exhibición libre, consultas martillera al TE 1544967806.
En la C. A. B. A., a los 10 días del mes de junio de 2009.
Rafael Trebino Figueroa, secretario.
e. 19/06/2009 Nº51239/09 v. 19/06/2009

Juzgado Nacional de Comercio número 17, a cargo del Dr. Federico A. Gerri, Secretaría Nº34 a mi cargo, con sede en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3º Cap. Federal, comunica por un día en el juicio Meza Candia Buenaventura s/Quiebra Expte. Nº 57.834, que el martillero Adolfo N. Galante, rematará el 25
de Junio de 2009, a las 11,45 hs., en punto, en la Of. de Subastas Judiciales, con sede en la Corp. de Rematadores, calle Tte. Gral. Juan D. Perón 1233 Cap. Fed., un automóvil Ford Falcón Rural STD, año 1974, dominio WQF
155, motor Ford DNDA61067, chasis Ford KA22ND-56288. Se encuentra en malas condiciones de uso y conservación, con visibles deterioros, roturas y faltantes. Además cuenta con tanque y equipo no completo de gas.
Exhibición: 22 y 23 de Junio de 2009 de 10 a
11:30hs. en el depósito de la Policia Federal Argentina ubicado en la calle Cachila esquina Sgto Calzadilla de Cap. Federal. Al contado y mejor postor. Sin base. Comisión 10% más IVA s/la misma. Arancel 0,25%. El comprador deberá constituir domicilio legal en la Cap. Federal.
Buenos Aires, 9 de junio de 2009.
Silvina D. M. Vanoli, secretaria.
e. 19/06/2009 Nº51241/09 v. 19/06/2009

Nº 22

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº22, a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, secretaría Nº 43 a mi cargo sito en M. T. de Alvear Nº1840 Piso 3º de Capital Federal, comunica por dos días en autos:
Banco de la Provincia De Buenos Aires S.A.
c/ Sufer S.A.C.E.I. S/Ejecución Hipotecaria CUIT 30-51632104-7 Expte. Nº036886, que el martillero Pedro Gonzales Chaves CUIT
20-04442328-7, rematará el día 26 de Junio de 2009 a las 12:15 horas en punto en la calle Tte. Gral. Perón Nº 1233 Capital, el inmueble ubicado en la calle Aníbal Pedro Arbeletche Nº1049/57 entre Gual y Las Palmas de la C.A.B.A.- Nom. Cat.: Circ. 1, Secc. 38, Manz.81, Parcela 28 A, Matrícula: 1-47035.El Terreno mide 17,32 mts. de frente por 35,80
mts. de Fondo aprox. y consta de: Galpón que ocupa aprox. dos lotes desde el frente hasta el pulmón de manzana, con techo de chapa, sobre el costado izquierdo de la propiedad se encuentran tres habitaciones y sobre la parte superior una habitación grande, Ocupado por el Sr. Ramón Acevedo en los términos de lo informado por el martillero y el síndico a Fs.517.- Todo según constatación obrante en autos.- Condiciones de Venta: Ad-Corpus Al contado y mejor postor.- Base: $ 200.000,Seña: 25%, Comisión: 3% mas IVA, Impuesto de Sellos: 0,8%, Arancel C.S.J.N.: 0,25%
a cargo del comprador, en efectivo en el acto de subasta.- El saldo de precio deberá de depositarse en autos dentro del quinto día de aprobado el remate sin requerimiento previo, bajo apercibimiento de lo prescripto por el art.
580 del Código Procesal.- Deudas: G.C.Bs.
As.: $ 13.394,43 al 6/02/08 Fs. 542/554, A y SA: $2.858,23 al 4-01-08 Fs.536/539.- Queda prohibida la compra en comisión.- El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de Cap. Fed.- Para más datos consultar el expediente.- Exhibe: 22 y 23 de Junio de 2009 de 10 a 12 Horas.Buenos Aires, junio 18 de 2009.
Mariana Macedo Albornoz, secretaria e. 19/06/2009 Nº52049/09 v. 22/06/2009

Nº 24
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº24, Secretaría Nº47, sito en Marcelo T. de Alvear Nº1840 - Planta Baja de esta Ciudad, comunica por Dos días, en autos Spinosa Alejandro s/quiebra expte Nº34611, que la martillera Rosa Alicia Ciuffarella, rematará el día 30 de junio de 2009, a las 13.00 horas en punto, en el salón de ventas de Corporación de Rematadores sito en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón 1233 de Capital Federal, el siguiente automotor: Fiat Spazio TR/1995, modelo 1995, sedán 2 puertas.
Dominio Amf 200 motor 159A20388253550
marca Fiat, chasis 147BB007333076 - sin base al contado y mejor postor en dinero en efectivo - I.V.A. sobre precio de venta:
10,5%.- Comisión: 10% - I.V.A. sobre comisión 21% - Arancel Acordada 10/99 C.S.J.N.
0,25%.- Exhibición: Se exhibe el día 25 de junio de 2009 en el horario de 15,30 a 16,30
horas en el lugar de su guarda calle Ambrosetti 830/34 taller Juan Curto de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresQueda prohibida la compra en comisión, así también como la eventual cesión del boleto de compraventa.
Los compradores deberán constituir domicilio en Capital Federal.- Las entidades que sean acreedoras por deudas provenientes de tasas impuestos y contribuciones deberán solicitar la verificación por aquellas anteriores a la fecha del decreto de quiebra, solicitar el pago de las correspondientes entre esa fecha y la posesión por parte del comprador en la subasta, quedando a cargo del mismo las devengadas a partir de la posesión.
Bueno Aires, 10 de junio de 2009
Santiago Medina, secretario.
e. 19/06/2009 Nº52191/09 v. 22/06/2009

BOLETIN OFICIAL Nº 31.677

4. Partidos Políticos NUEVOS

PARTIDO FRENTE GRANDE
Distrito Chaco
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en autos caratulados: Partido Frente Grande s/Reconocimiento como Partido Político Expte.
Nº 562/88, que se tramita ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral a mi cargo, a fin de solicitarle se sirva disponer la publicación en el Boletín Oficial a su cargo, conforme lo previsto por el art. 60 de la Ley 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos el texto de los nuevos artículos de la Carta Orgánica del Partido Frente Grande Distrito Chaco, se remite fotocopia certificada, aprobado por Resolución de este Tribunal que en su parte pertinente se transcribe: Nº 115 //sistencia, 08 de junio de 2009.- Autos y Vistos: Estos autos caratulados: Partido Frente Grande s/Reconocimiento como Partido Político, Expte. Nº562/88
del Registro de la Secretaría Electoral de este Juzgado Federal a mi cargo. Y, considerando:
Que a fs. 967 se presenta el apoderado del Partido Frente Grande de este Distrito acompañando fotocopia certificada del Acta del Congreso Provincial Extraordinario realizado el día 5/04/2007 fs.969/981 por el cual se resolvió la reforma parcial de la Carta Orgánica Partidaria, que a fs. 1000 el Tribunal solicita que previo a su consideración el partido de autos, debe aclarar respecto a los artículos 51 a 62 de la Carta Orgánica vigente y obrante a fs. 823/832.- Que a fs. 1071 se presenta el apoderado aclarando que la reforma parcial consistió en reacomodar y reorganizar los artículos de la Carta Orgánica, pasando de un texto de 62 artículos a uno de 50 artículos y que los artículos reformados en el Congreso Extraordinario son los siguientes artículos: 5, 5
bis, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 50; quedando redactados de la siguiente forma: Art. .5: Cualquier miembro del partido tiene derecho a: a Elegir y ser elegido para los cargos partidarios y para cualquier candidatura a cargos electivos conforme a las leyes vigentes y esta Carta Orgánica. b Participar en las reuniones y discusiones de los organismos a que pertenezca y contribuir a la elaboración y difusión de la línea política del partido. Art. 5 bis: La afiliación se pierde por: 1
Fallecimiento. 2 Renuncia presentada ante autoridades partidarias. 3 Integrar en elecciones de cargos electivos nacionales, provinciales y/o municipales listas de candidatos de otros partidos políticos y/o alianzas o frentes y/o coaliciones electorales, que no se hallen integrados o auspiciados por el partido Frente Grande. 4 Utilizar en forma indebida el nombre y los símbolos partidarios en concomitancia con el inciso anterior. 5 Figurar como inhabilitado en el padrón nacional y/o provincial. 6
Por merecer tal sanción por organismo partidario competente. Funcionamiento Interno Art. 8:
Los afiliados tienen derecho a discutir cuestiones relacionadas con el gobierno, la administración y a tarea del partido. En función de ello deberá permitirse una amplia y democrática discusión. El voto de la mayoría decide, debiéndose respetar las decisiones adoptadas.
Tales resoluciones podrán ser replanteadas ante el organismo partidario superior inmediato, cuya resolución será definitiva. La crítica debe ser aplicada ampliamente, pero debe ser formulada dentro del partido, no fuera de él.
Ningún afiliado o núcleo de afiliados podrá atribuirse la representación del partido, de sus organismos y de otros afiliados sin la nominación de los órganos partidarios correspondientes.
Art. 9: Los órganos partidarios serán los siguientes: a Asamblea Nacional. b Plenario Federal. c Dirección Nacional. d Congreso Provincial o de Distrito. e Junta Provincial. f Junta Municipal. Art. 10: Los órganos ejecutivos del partido serán los siguientes: a Junta de Municipio, elegida por el voto directo y secreto de los afiliados b Junta Provincial, elegida por el voto directo y secreto de los afiliados c Dirección Nacional, elegida a pluralidad de
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votos por la Asamblea Nacional. Art. 11: Los órganos deliberativos del partido son: a Asamblea Nacional, máxima instancia nacional del partido, conformada por los Delegados Titulares y Suplentes elegidos en los Congresos Provinciales. b Congreso Provincial o de Distrito, máxima instancia provincial del partido, conformada por Congresales Titulares y suplentes electos por el voto directo y secreto de los afiliados. Art. 12: Los órganos que integran la estructura partidaria gozan de autonomía en cuanto a las decisiones relacionadas con la actividad a desarrollar en su jurisdicción, en la adecuación a dicha realidad de la línea política del partido y en la ejecución de las decisiones tomadas en las instancias superiores. En caso de violación de la línea política del partido o de las normas estatutarias por un órgano partidario y luego de haber sido llamado al orden sin éxito por órgano de instancia superior, éste o cualquiera de mayor jerarquía podrá intervenirlo, designando una autoridad provisoria en su reemplazo a los efectos de normalizar su vida interna. Art. 14: El Tribunal de Disciplina partidaria estará compuesto por tres miembros titulares y un suplente elegidos por el Congreso Provincial o de Distrito, no podrán pertenecer a ningún órgano ejecutivo del partido y deberán tener una antigedad mínima de dos años de afiliación. Elaborarán su propio reglamento, poniéndolo a consideración de la Junta Provincial. Junta Municipal Art. 16: Cumple funciones de organización y dirección en su área de acción territorial. Estará compuesta por tres miembros titulares y dos suplentes, en Municipios de hasta quinientos afiliados, y por cinco titulares y dos suplentes en municipios de más de quinientos afiliados. La Junta Municipal elegirá de su seno un Presidente, un Secretario y un Tesorero. Todos sus integrantes durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelectos una vez. Para que exista Junta Municipal en una localidad se constituirá una Junta Promotora, surgida de una asamblea de vecinos, que en un plazo no mayor de 120 días presentará un número de afiliaciones no menor al tres por mil del padrón electoral usado en las últimas elecciones realizadas en la localidad.
Como último paso se celebraran elecciones internas para constituirlo. Cada Junta Municipal coordinará las tareas político-organizativas en su municipio y representará localmente al partido en el marco de las decisiones políticas tomadas en forma orgánica. Junta Provincial Art.
17: El órgano ejecutivo superior es la Junta Provincial, que es elegida por el voto directo y secreto de los afiliados. Se compone de seis miembros titulares y tres suplentes, todos a nominar en un mismo proceso electoral. Su mandato es de cuatro años. La antigedad para integrarlo es de dos años de afiliación. La distribución de cargos se hará en la primera reunión de los miembros titulares electos. La Junta Provincial elegirá, entre sus miembros, un Presidente, un Secretario, un Tesorero titular, un Tesorero suplente y dos vocales. El Presidente representará al partido en todos los actos institucionales a que fuere convocado.
Dirigirá las reuniones de la Junta provincial y coordinará la ejecución de sus decisiones y las del Congreso Provincial. El Secretario se ocupará del control y cumplimiento de las decisiones partidarias, de las tareas organizativas y permanentes. Asumirá las tareas del Presidente en caso de ausencia o vacancia de este. El Tesorero llevará la contabilidad detallada de todo ingreso y egreso de fondos con indicación del origen y destino de los mismos, fecha de operación y nombres y domicilio de las personas involucradas. La documentación respaldatoria deberá conservarse durante diez años.
Elevará en término a los organismos de control la información requerida por las leyes vigentes.
Art. 18: La Junta Provincial es responsable de la ejecución de las resoluciones del Congreso Provincial o de Distrito, del programa y de los estatutos. Representa al partido en sus relaciones con otros partidos, organizaciones e instituciones sociales. Designa a las comisiones colaboradoras que considere necesario crear. Administra el patrimonio del partido y lleva la contabilidad. Destina por lo menos el veinte por ciento 20% de lo que reciba en concepto de aporte anual para desenvolvimiento institucional, al financiamiento de actividades de formación de dirigentes, capacitación para la función pública e investigación.
Convoca al Congreso Provincial o de Distrito, tanto ordinaria como extraordinariamente, estableciendo en el orden el día. Sanciona la plataforma electoral. Designa los candidatos a cargos electivos nominados en el Congreso Provincial de Distrito. Dispone la concertación

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/06/2009 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha19/06/2009

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9383

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/07/2024

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