Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2006 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Miércoles 8 de noviembre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 31.028

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pondiente en término. Se deberá tener presente, en lo relativo a impuestos, tasas y contribuciones el plenario del fuero Civil Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra Roberto J. s/ Ejecutivo.. Los gastos y honorarios de escrituración, serán a cargo del comprador y la misma deberá ser suscripta por ante el escribano que designe el Banco. BASE DE VENTA: $ 8.586- En caso de fracaso del 1º remate se llevará a cabo uno nuevo media hora después sin base.- FORMA DE PAGO
DEL INMUEBLE: SEÑA 30% DEL PRECIO DE VENTA, Comisión 3%, más el IVA. Sellado 1%. Todo en efectivo o cheque certificado en el acto del remate.SALDO DE PRECIO: deberá ser abonado por el comprador dentro de los 5 días corridos de aprobado el remate por parte del Banco. Los pagos deberán efectuarse en el Banco Hipotecario S.A. o donde éste indique. De ser superior el saldo de precio a abonar a $ 30.000 se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley 25.246. El Comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del juzgado.
Buenos Aires 23 de octubre de 2006.
Hernán A. Domínguez, Jefe Gestión Judicial de Mora.
e. 06/11/2006 Nº 67.241 v. 08/11/2006

El martillero Público Federico L. de la Barra, con oficinas en la calle Libertad 976 1º A TE: 48113180, designado por el ejecutante acreedor hipotecario en las actuaciones Judiciales en trámite ante el Juzgado Nacional de 1era. Instancia en lo Civil Nº 5, Sec Única sito en Talcahuano 490 2do. Piso Cap. Fed.
en autos First Trust of New York N.A. c/Braun Roberto. s/EJ. ESP. LEY 24.441, expte. Nº 107.239/04
en los términos del art. 57 y conc. de la Ley 24.441
comunico por el término de tres días, que REMATARE PUBLICAMENTE el día 13 de noviembre de 2006
a las 11 hs, ante Escribano Público en Salón de Talcahuano 479, Cap Fed, el inmueble ubicado en la calle Corrientes 340 PB dpto. 2, Villa Ballester, de pcia. de Buenos Aires. Nom. Cat.: Circ. II , Secc. K, Manz. 54 Parc. 27, Sub. 2, Pol. 00-02. Matrícula 15.501/2. Sup. Cub.: 38,78m2, Porc.: 17,60%.- La propiedad consta de: living comedor, 1 dormitorio, cocina, baño y patio , en regular estado de conservación. OCUPADO por el Sr. Roberto Braun, según constatación. Con orden de lanzamiento judicial.
EXHIBICIÓN: 9 y 10 de noviembre de 14 a 16 hs. La venta se realiza AD-CORPUS en el estado físico y jurídico en que el bien se encuentra. BASE $ 12.909
De no haber postores en la base establecida, a la media hora se reducirá la misma en un 25% y si aún persistiera la falta de postores, a la media hora se rematara SIN BASE. Seña 30%, COMISION 3% mas IVA. Sellado de ley. Todo al contado, en efectivo al mejor postor. El comprador deberá abonar el saldo de precio directamente al acreedor dentro de los 10
días hábiles de efectuado el remate, bajo apercibimiento de lo establecido en el art. 62 y conc. y deberá constituir domicilio en la Cap. Fed. No procede la compra en COMISION. Se hace saber el Plenario del Fuero Civil en autos Servicios Eficientes c/Yabra Roberto I. S/Ejec. del 18-02-99. Los gastos y honorarios de escrituración estarán a cargo del comprador. Deudas Mun. $ 1.297,38 al 24-11-05;
Rentas $ 2.712,10 al 28-02-06, A.Arg.: s/d.
Buenos Aires 23 de octubre de 2006.
Federico L. de la Barra, martillero.
e. 06/11/2006 Nº 67.243 v. 08/11/2006

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

JUZGADO FEDERAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL N 2
LOMAS DE ZAMORA
Por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N 2 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, sito en la calle Laprida N 662 de la mencionada localidad, Secretaría n 6 a cargo del Suscripto tramita la causa N 6-3.608, caratulada:
Velázquez, Javier S/Pta. Infracción art. 194 del C.P., en el que se resolvió atento a que no fue habido JAVIER VELÁZQUEZ, a fin que preste
declaración a tenor de lo normado por el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación, a los fines de poner en conocimiento del imputado de autos, que deberá comparecer a la sede de estos Estrados a fin de estar a derecho, dentro del tercer día a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenar su captura. Como recaudo se transcribe la parte pertinente del auto que ordena la medida: //mas de Zamora, 23 de octubre de 2.006. Existiendo motivos bastantes para sospechar que el nombrado Javier Velázquez ha participado del delito tipificado y reprimido por el artículo 194 del C.P., designase audiencia a tenor de lo normado por el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación, dentro del tercer día de notificado, atento a que se desconoce el actual domicilio del nombrado, según las constancias que obran a fojas 56
elaboradas por la Cámara Nacional Electoral y lo anoticiado por el personal de la Delegación Lomas de Zamora de la Policía Federal Argentina a fojas 48/vta., publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de 5 cinco días a tenor de lo normado por el artículo 150 del Código Ritual, con el objeto de poner en conocimiento de JAVIER VELÁZQUEZ, que deberá comparecer a prestar declaración indagatoria en el marco de la presente causa ante esta judicatura, dentro del tercer día de la última publicación, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía y ordenarse su captura, arts. 288, 289 y ccs. del Código de forma.- A tal fin cúrsese oficio de estilo al Director del Boletín Oficial adjuntándose el correspondiente edicto y solicitando la remisión de un ejemplar del número de ese Boletín en el que se haga efectiva la publicación para ser agregado a estos obrados.Fdo. Carlos Alberto Ferreiro Pella, Juez Federal, ante mí José Luis DAbondio Secretario Federal.Dado, sellado y firmado en la ciudad de Lomas de Zamora, a los 23 días del mes de octubre del año dos mil seis.
Carlos Alberto Ferreiro Pella, juez federal.
José Luis DAbondio, secretario federal.
e. 03/11/2006 Nº 528.553 v. 09/11/2006

JUZGADO NACIONAL
PENAL ECONOMICO N 1
EDICTO: Juzgado Nacional Penal Económico Nº1, Secretaria nº2, cita y emplaza por el termino de cinco 5 días a FABIÁN GUILLERMO BUCCHIUNI D.N.I. 17.199.938 para que comparezca ante este Tribunal, dentro del quinto día de notificado, a los efectos de prestar declaración indagatoria en los términos del art. 294 del C.P.P.N., bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su detención en la causa informar el nuevo domicilio real y constituido bajo apercibimiento de ser declarada su rebeldía y en consecuencia ordenada si inmediata detención en la causa Nro.
5512 caratulada N. N. A/ INF LEY 22.415.- Líbrese oficio Fdo: Valeria Rosito. Juez Nacional.
Ante mi: Martín Castellano. Secretario int.Buenos Aires, 20 de octubre de 2006.
e. 02/11/2006 Nº 528.420 v. 08/11/2006

EDICTO: Juzgado Nacional Penal Económico Nº1, Secretaria nº2, cita y emplaza por el termino de cinco 5 días a CRISTINA BEATRIZ BIANCHI
D.N.I. 12.668.24517.199.938 para que comparezca ante este Tribunal, dentro del quinto día de notificado, a fin de denunciar su nuevo domicilio real y designar un nuevo abogado defensor bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su detención en la causa Nro. 1170/00 caratulada ACTUACIONES POR SEPARADO FORMADAS EN CAUSA 1170/00 CARATULADA MAZAN
JORGE RICARDO Y OTROS S/ INF ART. 302 DEL
CP.- Fdo: Valeria Rosito. Juez Nacional. Ante mi:
Martín Castellano. Secretario int.
Buenos Aires, 20 de octubre de 2006.
e. 02/11/2006 Nº 528.423 v. 08/11/2006

DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL
DE 8va NOMINACION ROSARIO
La Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario Balcarce 1651 Pcia. de STA FE en autos GALANZINO LUIS y LOZA NILDA C/ MAZZEI PEDRO S/ESCRITURACION EXPTE. 899/99
ha dictado el decreto de fecha 10 de marzo de 2006 por el cual se ha determinado que No habiendo comparecido a estar a derecho la demandada, declárasela rebelde y siga la causa sin su representación.
Rosario, 10 de marzo de 2006.
Mónica Gesualdo, secretaria.
e. 07/11/2006 Nº 67.987 v. 09/11/2006

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY
Los Doctores René Vicente Casas y Carlos Rolando Massaccesi, dicen que por los mismos fundamentos adhieren al voto precedente.El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1º.- CONDENANDO a Pablo VILLARROEL
RAMOS, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN
Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarlo autor responsable del delito de Transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5º inc.
c de la ley 23.737.2º.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 27 de Mayo de 2010, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3º.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.4º.- REMITIR a Pablo VILLARROEL RAMOS
al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.5º.- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntado DNI. E. Nº 93.004.566, C.I. Bol.
Nº 4.566.331 y Credencial Personal Nºº 500346, pertenecientes al causante, conforme art. 171 ley 24.660.6º.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Hugo Marcelo Savio, Presidente. René Vicente Casas, Vocal.
Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. Ante mí:
Efraín Ase, Secretario.
e. 27/10/2006 Nº 527.886 v. 09/11/2006

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a FERNANDO OSCAR VACA, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS
DE PRISIÓN, multa de PESOS: DOSCIENTOS
VEINTICINCO $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º inciso C
de la ley 23.337, con costas.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 12 de Abril del año dos mil diez, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Fernando Oscar Vaca, para su correspondiente notificación en ese lugar.Quinto: REMITIR a Fernando Oscar Vaca, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.Rene Vicente Casas. Hugo Marcelo Savio.
Carlos Rolando Massaccesi. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 01/11/2006 Nº 528.403 v. 14/11/2006

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1º.- CONDENANDO a Julio César SALAZAR
HIDALGO, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5º inc. c de la ley 23.737.
2º.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 2 de Octubre de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3º.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.

4º: REMITIR a Julio César SALAZAR HIDALGO al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.
5º.- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Boliviana. Nº 5.275.297 a nombre de Julio César SALAZAR HIDALGO, conforme art.
171 de la ley 24.660.
6º.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. CARLOS ROLANDO MASSACCESI, Vocal. HUGO MARCELO
SAVIO, Presidente. RENE VICENTE CASAS, Vocal. Ante mí: Dr. EDUARDO SYLVESTER, Secretario Habilitado.
EFRAÍN ASE, Secretario.
e. 31/10/2006 Nº 528.100 v. 13/11/2006

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1º.- CONDENANDO a Edwin MURUCHI
HUANCA y a Verónica Carmen POMA VARGAS, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarlos coautores responsables del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5º inc. c de la ley 23.737.2º.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 05 de Octubre de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3º.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.4º.- REMITIR a Edwin MURUCHI HUANCA y a Verónica Carmen POMA VARGAS al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.5º.- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando DNI. E . Nº 93.992.250 a nombre de Edwin MURUCHI HUANCA, conforme art. 171 de la ley 24.660.6º.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Hugo Marcelo Savio, Presidente. Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. René Vicente Casa, Vocal. Ante mí:
Efraín Ase, Secretario.
e. 01/11/2006 Nº 528.417 v. 14/11/2006

El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY, FALLA:
I. CONDENAR a RAUL MÉNDEZ VACA, de las calidades personales obrantes en autos , a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES de PRISIÓN, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el tiempo de la condena; inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por el doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes agravado, previsto y sancionado por los Arts. 866, 2º párrafo en función del art. 864 inc. a de la Ley 22.415 y art.876
inc. e, f, y h del Código Aduanero, sin perjuicio de las otras sanciones que correspondan aplicar en sede aduanera art. 1026 inc. b C.A. y las costas del juicio.II. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 28
de noviembre de 2.010; y diez días para el pago de las costas del juicio.
III. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV. REMITIR a RAUL MENDEZ VACA al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo, dejando constancia de que en la audiencia de visu pidió traslado a una colonia para poder trabajar.V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, y MAN-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2006 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha08/11/2006

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9384

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

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