Boletín Oficial de la República Argentina del 01/09/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 1 de septiembre de 2016

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.452

42

foja 111 al principal, a foja 133 del expediente de referencia, conjuntamente con las ratificaciones obrantes a fojas 119, 134 y 158 de autos, quedando registrado bajo el número 843/16.

2.3.- 5% cinco % a partir del 1 de marzo de 2017, totalizando el 20% veinte % sobre el Básico vigente para la categoría profesional correspondiente.

Lic. ALEJANDRO INSUA
Registro de Convenios Colectivos Departamento Coordinación - D.N.R.T.

TERCERO: Las Partes dejan constancia que el presente acuerdo se origina y corresponde exclusivamente con la realidad coyuntural y de referencia del personal, la economía y el mercado laboral particulares de la Isla TDF; y que el mismo no podrá ser considerado ni invocado en lo sucesivo como antecedente a ningún efecto para realidades regionales, continentales y/o nacionales ajenas a la de aplicación y vigencia específica, ni como referencia respecto de las condiciones compensatorias y/o paritarias del personal encuadrado en el CCT 389/04 fuera del ámbito Territorial de Tierra del Fuego, con ningún alcance ni preexistencia.

En la ciudad de Ushuaia a los 23 días del mes de Octubre de 2015, siendo las 14:00 horas, comparecen previamente citados ante esta Dirección de Relaciones Laborales, por un lado lo hace en representación de la U.T.H.G.R.A., SECCIONAL TIERRA DEL FUEGO, el Secretario General Sr. Ramón Calderón, el Secretario Gremial y de Organización Sr. Juan José Zuñiga, el Secretario de Finanzas Sr. Castro Juan y el Secretario Administrativo Sr. Tomás Virgilio García, todos ellos asistidos por su letrado patrocinante el Dr. Fernando Cayzac. Y en representación de la CAMARA HOTELERA Y GASTRONOMICA de TIERRA DEL FUEGO, el Presidente Sr. José Luis Recchia y el Secretario Sr. Pablo Tibaudin, ambos con el patrocinio letrado del Dr. Echazú Marcelo.
Declarado abierto el Acto por el Funcionario actuante y cedida la palabra a las partes, las mismas en forma CONJUNTA manifiestan que en relación a las situaciones y planteos expuestos en estas actuaciones, han alcanzado el ACUERDO que en sus alcances y condiciones a continuación expresan:
PRIMERO: Que el acuerdo alcanzado se enmarca en el proceso de negociaciones llevadas a cabo por las partes, a partir de la solicitud de la UTHGRA del reconocimiento de un incremento en el ADICIONAL TIERRA DEL FUEGO en virtud de las singulares características y mayores costos regionales, que consolidan las condiciones económicas y laborales particulares propias del Territorio de la Isla TDF; pedido al que sin perjuicio del pleno cumplimiento de las obligaciones legales y convencionales, y de la diferente posición que respecto a la realidad local exteriorizan los Asociados de la Cámara; se han realizado esfuerzos y alcanzado consensos en la búsqueda de herramientas que permitieran preservar el clima laboral y esencialmente mantener la Paz Social con horizontes y de mediano y largo plazo.
SEGUNDO: En ese sentido, las partes han acordado, que el ADICIONAL TIERRA DEL FUEGO, establecido mediante ACTA ACUERDO de fecha 14 de diciembre de 2012, con los alcances e imputación detallados en la CL SEGUNDA de la misma, de aplicación al personal encuadrado en el C.C.T. 389/04, será incrementado conforme el siguiente cronograma:

Asimismo, las partes a sus efectos ratifican lo expresado por las Entidades que integran en el nivel Nacional, suscriptoras del Acuerdo Paritario vigente - U.T.H.G.R.A. y F.E.H.G.R.A.; reconociendo a las negociaciones paritarias de nivel nacional, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, como método excluyente para la fijación de los salarios, adicionales y remuneraciones aplicables al personal encuadrado en el CCT 389/04.
CUARTO: Como consecuencia del acuerdo alcanzado, Ambas Partes reafirman el compromiso de encauzar por la vía del diálogo y la negociación colectiva en el nivel UTHGRA - CAMARA
HOTELERA, las posibles diferencias o inquietudes que pudieran sucederse; priorizando el respeto y la relación institucional entre las mismas como alternativa necesaria y previa a cualquier hipótesis de conflicto y/o de reclamo directo a Empresarios Asociados a la Cámara por los temas planteados en estas actuaciones u otros ajenos a la paritaria nacional. En tal sentido, se comprometen en forma expresa a mantener la Paz Social, proponiendo reunirse a revisar y analizar la situación del presente adicional y sus condiciones, no antes del mes de octubre de 2019.
QUINTO: Las Partes finalmente coinciden en la importancia de alcanzar y preservar las mejores condiciones posibles para la actividad del turismo, la hotelería y la gastronomía en Tierra del Fuego, permitiendo su crecimiento y desarrollo de forma tal que consolide e incremente el nivel y la calidad de sus servicios, su competitividad, eficiencia y consecuentemente del empleo. A
tal fin, las mismas comprometen unificar criterios y esfuerzos para gestionar conjuntamente los intereses de la Actividad frente a Organismos Estatales, proveedores de servicios agua, energía, etc., Entes Regulatorios, proveedores de transporte de pasajeros, etc.; para plantear los problemas y necesidades, proponer agendas de trabajo, etc.

2.1.- 2,5% dos y medio % a partir del 1 de octubre de 2015, totalizando el 12,5% sobre el Básico vigente para la categoría profesional correspondiente, para el periodo 01.10.15/31.01.16.-

En consecuencia, Ambas partes ratifican el contenido del presente y se comprometen a presentar dentro de los próximos treinta días este Acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, con el objeto de solicitar el dictado de la disposición homologatoria a todos sus efectos.

2.2.- 2,5% dos y medio % a partir del 1 de febrero de 2016, totalizando el 15% sobre el Básico vigente para la categoría profesional correspondiente, para el periodo 01.02.16/28.02.17.-

Con lo que no siendo para más, se da por finalizado el presente acto, previa lectura y ratificación del acta, firmando los comparecientes ante mí que Certifico.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/09/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha01/09/2016

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9412

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/07/2024

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