Boletín Oficial de la República Argentina del 17/02/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 17 de febrero de 2016
SETANI, Ricardo BASSI, Patricia LOMBA, Carlos GRASSO, Carlos CARICATO, Osvaldo VICENTE, Alejandro Juan RABITA, Alejandro SARACCO, Gustavo PUCCI, Gabriel BARREYRO, Carlos Eduardo MARCHESELLI, Cesar Gabriel FARINOLA, Agustin VILAR, José KABAS, Jorge BALDINO, Nicolás
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Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han resuelto otorgar un incremento salarial para el personal alcanzado por los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa N567/03 E, 728/05
E, 820/06 E, 821/06 E, 822/06 E y 917/07 E, cuya vigencia opera a partir del día 01 de Julio de 2015, con las consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Jefe de SEOP
Jefe de Departamento de Relaciones con Inversores Jefe de Comunicaciones Jefe de Departamento Ciclo 2y Unidad 7
Jefe de Departamento Ciclo 1y Unidad 6
Jefe de Departamento Quimico Jefe de Obras Civiles y Servicios Generales Jefe Mantenimiento Eléctrico y Control Jefe Control Proceso Jefe de Turbinas Jefe de Taller Mecanizado Jefe de Equipos Estáticos Jefe de Departamento Mecanico Jefe de Departamento Unidad 1 a 4

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo, se corresponde con la actividad de la Empresa empleadora signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, se procederá a girar los obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.

ANEXO A

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

A PERSONAL A ENCUADRAR EN LUZ y FUERZA
COLAVECCHIA, Marcelo Tomas MORTORO, Pablo GARATEGUI, Alfredo Gustavo DI SANDOMENICO, Natalia LOBEIRA, Ignacio Luis NOTA, Francisco CALDES, Juan Manuel SUGIA, Marcelo Mario CENTURION, Ana Ines RODRIGUEZ, Federico MIGUEL, Luis VILLA, Marcelo Ruiz REYES, Diego CAGNACCI, José CHODOROWSKY, Luis Alberto DE LEON, Nestor GONZALEZ, Guillermo Jorge CESPEDES, Matias Pablo FIGUEROA, Gustavo Pastor LOVOTRICO, Favio Alejandro BENEDETTI, Diego Ariel FORLENZA, Roxana Gabriela GARCIA, Pablo LAGO, Miguel Angel CARIATI, Luis Anselmo MENDEZ, Liliana Beatriz NAGURNY, Gustavo MARTINEZ, Hugo MENDOZA, Miguel MULLER, Dario SERMAN, Héctor GARIBALDI, Norberto GROSZ, Alberto J.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.318

Administrativo Personal Administrativo Personal Analista Capacitación APSEE hasta su jubilación Analista Liquidación de haberes Analista Contable Analista Contable APSEE hasta que se jubile-Rep. Gremial Analista Tesoreria Analista Control de Gestion Analista Control de Gestion Analista Control de Gestion Analista en Mantenimiento hasta su jubilación APSEE
Despachante Depósito Analista en Mantenimiento Analista en Mantenimiento Analista en Mantenimiento Analista en Mantenimiento Despachante Depósito hasta su jubilación APSEE
Analista Centro Operativo Analista Centro Operativo Analista Centro Operativo Contramaestre Depósito Analista de Compras Analista de Compras Analista de Compras Analista Higiene y Seguridad Analista Higiene y Seguridad Analista de Sistemas Analista Quimico Analista Quimico Analista Quimico Analista Quimico
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/9, celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES F.A.T.E.L. y la empresa TELECOM
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a foja 28 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N1.688.411/15, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/9 y el Acta de ratificación de foja 28 que lo integra, del Expediente N1.688.411/15.
ARTICULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, conforme a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente Legajo conjuntamente con los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa N567/03 E, 728/05 E, 820/06 E, 821/06 E, 822/06 E y 917/07 E.
ARTICULO 4 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 5 Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N1.688.411/15
Buenos Aires, 22 de Octubre de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N1674/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/9 y 28 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1480/15. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ANEXO B
PUESTOS EXCLUIDOS DE CONVENIO

Acta Salarial En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 1 día del mes de julio de 2015, se reúnen, por una parte, la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES F.A.TEL., representada por los Sres. Ernesto Arrouge, Osvaldo ladarola, Alejandro Tagliacozzo, Claudio Marín, Claudio César y Osvaldo Enrique Pagano, y por la otra parte, la Empresa TELECOM ARGENTINA S.A., representada por los Sres. Marcelo Villegas, Roberto Traficante, Walter Gerboles, Esteban Tossutti y Jorge Locatelli, quienes acuerdan lo siguiente para el personal encuadrado en los Convenios Colectivos de Trabajo N567/03 E, 728/05 E, 820/06 E, 821/06 E, 822/06 E y 917/07 E:
PRIMERO: Las partes acuerdan otorgar, a partir del 1 de julio de 2015, un incremento de carácter remunerativo, que se liquidará bajo la voz Acuerdo 01-7-15, por los valores que para cada categoría se detallan a continuación:

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 1674/2015
Bs. As., 20/10/2015
VISTO el Expediente N1.688.411/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/9, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES F.A.T.E.L. por la parte gremial y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, ratificado a foja 28 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N1.688.411/15, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.

VALOR MENSUAL DEL ACUERDO
Categorias Jul15 a Dic15
1 $1.809
2 $2.086
3 $2.488
4 $2.812
5 $2.921
5 $3.068
6 $3.160
6 $3.292
7 $3.402
W $3.030
X $3.318
Y $3.583
Z $3.850
Z1
$4.194
Z2
$4.485
Z3
$4.764
Z4
$5.007

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/02/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/02/2016

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9383

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/07/2024

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