Boletín Oficial de la República Argentina del 04/01/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 4 de enero de 2016

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DEROSARIO

BOLETIN OFICIAL Nº 33.288

31

ARTÍCULO 2 Dejar sin efecto la Disposición N110/2006 DI RCRI en lo que respecta a la Sección Trámites de la Agencia Sede N1 de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia y/o toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. C.P. CLAUDIO R. MAC BURNEY, Director Int., Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

EDICTO
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un 1 día a quienes acreditan su derecho a disponer de la mercadería cuya identificación abajo se detalla, que conforme lo estatuye el Artículo 418 de la Ley 22415, podrá solicitar respecto a ella alguna destinación autorizada dentro del plazo de treinta 30 días corridos contados desde la publicación del presente, sin perjuicio del pago de las multas que pudieren corresponder, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia se considerará a la mercadería abandonada a favor del Estado y se procederá a destinarla de acuerdo al art. 4 de la Ley 25603.
A dichos efectos, los interesados deberán presentarse a la Sección G de la Aduana de Santa Fe, ubicada en Av. Rivadavia 2622 de la citada localidad.

e. 04/01/2016 N180298/15 v. 04/01/2016

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DESEGURIDAD VIAL
Disposición 634/2015
Bs. As., 26/10/2015
VISTO el expediente NS02:0129477/2014 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N24.449 y N26.363.
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1 de la Ley N26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE conforme decreto 874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3 de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la Ley N26.363 en su artículo 4 incisos e, f, h y j se encuentra la de crear y establecer las características y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional de Conducir, así como también autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso los centros de emisión y/o impresión de las mismas.-

RODOLFO HUGO CAMPAGNARO, Administrador I, Aduana de Santa Fe.
e. 04/01/2016 N180322/15 v. 04/01/2016

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCIÓN REGIONAL COMODORO RIVADAVIA
Disposición 81/2015
Asunto: Modificación Régimen de Reemplazos de Jefaturas de la Sección Trámites de Agencia Sede N1 - Dirección Regional Comodoro Rivadavia.
Comodoro Rivadavia, 23/12/2015
VISTO la Disposición N110/2006 DI RCRI de fecha 20/11/2006; y CONSIDERANDO:
Que de la misma, surge la necesidad funcional de modificar el régimen de reemplazos para casos de ausencia u otro impedimento de la Jefatura de la Sección Trámites de la Agencia Sede N1 de esta Dirección Regional.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones Nros. 146/00 AFIP y 487/07 AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL DIRECTOR Int.
DE LA DIRECCIÓN REGIONAL COMODORO RIVADAVIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Modificar el Régimen de reemplazos, para casos de ausencia u otro impedimento, de la Unidad de Estructura de la Agencia Sede N1 en el orden que se menciona seguidamente:

Que mediante el Decreto N1.787/2.008 se dio estructura organizativa a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, creándose la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y
ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, la cual tiene como misión coordinar con los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir, el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, respondiendo a estándares de seguridad, técnicos y de diseño; certificar y homologar los Centros de Emisión y/o de Impresión de la Licencia Nacional de Conducir; coordinar la emisión de licencias provinciales y municipales de conducir autorizadas; y determinar, homologar y auditar los contenidos de los exámenes que deben rendir los solicitantes de la mencionada Licencia.Que asimismo, la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES
DE TRÁNSITO, resulta competente para establecer los requisitos para la certificación de los Centros de Emisión de la Licencia Nacional de Conducir por parte de las autoridades jurisdiccionales competentes del territorio nacional, conforme lo establece el mencionado Decreto N1.787/2.008
Acciones, Punto 2.Que en ese lineamiento, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dictó con fecha 27
de Octubre de 2.009, la Disposición A.N.S.V. N 207 mediante la cual se aprueba el SISTEMA
NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país respecto al formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes, como así también la creación de bases de datos actualizadas que contenga los datos de las habilitaciones para conducir emitida en todo el país.Que la Disposición A.N.S.V. N207 establece los procedimientos necesarios que todo Centro de Emisión de Licencias CEL deberá observar para tramitar ante la A.N.S.V. la certificación necesaria para la emisión de la licencia de conducir.Que en el marco del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, aprobado por Disposición A.N.S.V. N207 de fecha 05 de Septiembre de 2.011, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
y EL MUNICIPIO DE DALMACIO VELEZ han suscripto un Convenio Específico de Cooperación para la Implementación de la Licencia Nacional de Conducir y del Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito en el mencionado Municipio.Que el Municipio de Dalmacio Velez, de la Provincia de Córdoba, se adhirió a la Ley Nacional N24.449 y a la Ley Nacional N26.363, por Ordenanza Municipal N627/2013.Que encontrándose cumplimentado por el Municipio de Dalmacio Velez el procedimiento establecido por la Disposición A.N.S.V. N207 para la CERTIFICACIÓN DE LOS CENTROS DE EMISIÓN DE LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR corresponde certificar y homologar el Centro de Emisión de Licencias de Conducir de dicho Municipio, habilitándolo a emitir la Licencia Nacional de Conducir, conforme las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en el artículo 4 incisos a, e y f de la Ley N26.363 y Anexo V al Decreto N1.716/08.Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, la DIRECCIÓN
DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, y la DIRECCIÓN DEL SISTEMA
NACIONAL DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO, las tres en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, como así también la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, han tomado la intervención de su competencia.Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención que les compete.Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta competente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7 inciso b de la Ley N26.363.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Certifíquese y Homológuese el Centro de Emisión de Licencias de Conducir del Municipio de Dalmacio Velez de la Provincia de Córdoba, para emitir la Licencia Nacional de Conducir.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/01/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/01/2016

Nro. de páginas164

Nro. de ediciones9396

Primera edición02/01/1989

Ultima edición14/07/2024

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