Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 20 de octubre de 2014

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.992

51

TABLA - ANEXO 1
SEGUN CONVENIO COLECTIVO SAS-SMATA

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1690/2014
Bs. As., 22/9/2014

VISTO el Expediente Nº1.581.236/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES, por la parte sindical, y ALIMENTOS MODERNOS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, que luce a fojas 3/4 del Expediente Nº1.581.236/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.

CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.581.236/13, luce agregado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL
BUENOS AIRES, por la parte sindical, y ALIMENTOS MODERNOS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 5, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que bajo el mentado acuerdo las partes convienen condiciones laborales para el personal mensualizado e incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº244/94 que prestan tareas en la planta AMSA.
Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.
Que los Delegados de Personal de la Empresa han ejercido en autos la representación que les compete, en los términos de lo normado por el Artículo 17 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que en atención al contenido pactado en el acuerdo de marras, cabe señalar que en este caso no resulta procedente fijar el promedio de remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº200/88 y sus modificatorios.

ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente Nº1.581.236/13.
ARTICULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº244/94.
ARTICULO 4 Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250
t.o. 2004.
ARTICULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.581.236/13
Buenos Aires, 23 de Septiembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1690/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1385/14. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO PREMIO ASISTENCIA
En la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de agosto del 2013 comparecen, por una parte la empresa ALIMENTOS MODERNOS S.A. AMSA con domicilio real en la calle Av.
Alexander Fleming 2238, Munro, Pcia. de Buenos Aires representada en este acto por su apoderada María Cecilia Neira; y por la otra parte y en representación de los trabajadores, los Sres. Lida Crespo DNI 5.899.539, en su carácter de representantes del SINDICATO TRABAJADORES DE
INDUSTRIAS DE ALIMENTACION, FILIAL BUENOS AIRES STIA; Esteban Pelozo, en su carácter de integrante del Consejo Directivo; y Francisco Varela Lema, Miguel Duarte y Andrés Lescano, en su carácter de delegados gremiales; quienes han acordado implementar en planta el siguiente premio a la asistencia:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha20/10/2014

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9410

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/07/2024

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