Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2013 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 27 de noviembre de 2013

Primera Sección

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución Nº452/2013
Bs. As., 13/11/2013
VISTO el Expediente NºA 253-71087/04 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL INPI, organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:
Que el Sr. Luciano Andrés MARCHIONE DNI Nº27.088.653 ha solicitado en fecha 25 de Septiembre de 2013, la suspensión por el término de UN 1 año de la matrícula Nº1676 de AGENTE
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
Que la suspensión de la matrícula está prevista por el art. 17 de la Resolución INPI P-101 de fecha 18 de abril de 2006, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, por el término de UN 1 año.
Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que el interesado notifique su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.
Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, se encuentra facultado para suscribir la presente autorización.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:

ARTICULO 3 Comuníquese al interesado que le incumbe la obligación de notificar su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.
ARTICULO 4 Notifíquese al interesado y a los sectores intervinientes del Instituto.
ARTICULO 5 Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el término de un día en el Boletín Oficial y publíquese en los Boletines de Marcas y Patentes, comuníquese y archívese. Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
e. 27/11/2013 Nº96117/13 v. 27/11/2013

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
Disposición Nº100/2013

Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial Nº1342 de fecha 10 de Octubre de 2007.
Que la ASOCIACION ARGENTINA DE CIRUGIA ha realizado la evaluación de la residencia de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DALMASIO VELEZ SARSFIELD
C.A.B.A., utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de 4 CUATRO años y ha formulado recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A.
Que el Ministerio de Salud a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISION ASESORA DE EVALUACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DALMASIO VELEZ
SARSFIELD C.A.B.A..
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº450/06.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
DISPONE:
ARTICULO 1º Acredítase la Residencia médica de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DALMASIO VELEZ SARSFIELD C.A.B.A., en la Categoría A por un período de 4 años CUATRO a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora ASOCIACION ARGENTINA DE CIRUGIA y la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud.
ARTICULO 2 La Residencia Médica de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL GENERAL DE
AGUDOS DALMASIO VELEZ SARSFIELD C.A.B.A., de acuerdo con las recomendaciones que surgen de la evaluación y del Informe Técnico, deberá:
Mejorar la formulación del Programa de Formación incluyendo las actividades de ecografía básica, procedimientos percutáneos y endoscópicos y contenidos transversales.
Incrementar la práctica de grandes cirugías en la institución o mediante un convenio de rotación externa.
Promover una mayor participación de los residentes en actividades de investigación, presentación y publicación de trabajos.
Mejorar la cantidad de actividades de formación académica.

Bs. As., 20/11/2013

Mejorar los instrumentos de evaluación de desempeño de los residentes.

VISTO el Expediente Nº2002-18659-12-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION y las Resoluciones de este Ministerio Nº450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº1922 de fecha 6 de Diciembre de 2006; Nº1342 de fecha 10 de octubre de 2007; Nº908 de fecha 14 de junio de 2012; y las Disposiciones de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION Nº29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y Nº15 de fecha 19 de marzo de 2009 y
Distribuir uniformemente las guardias durante los 4 años de residencia.

CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial Nº450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD
se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD COFESA como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARIA
DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISION TECNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISION ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION
DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial Nº450 de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Unico de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.
Que mediante Disposición Subsecretarial Nº29 de 2010 se ha aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISION TECNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISION ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE
RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que conforme lo establecido en el artículo 3 de la Disposición Subsecretarial Nº29 de 2010
serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se encuentran reconocidas en la Resolución Nº908 del 2012.
Que la especialidad médica Cirugía General está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION RM. 908/2012.

19

Que mediante Disposición Nº15 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION la ASOCIACION ARGENTINA DE CIRUGIA ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.

ARTICULO 1 Acéptase la suspensión por el término de UN 1 año al Sr. Luciano Andrés MARCHIONE DNI Nº27.088.653, a la Matrícula Nº1676 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
ARTICULO 2 Procédase a formalizar la suspensión del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento Operativo de la Dirección Operativa.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.773

ARTICULO 3 La Residencia Médica de CIRUGIA GENERAL del HOSPITAL GENERAL DE
AGUDOS DALMASIO VELEZ SARSFIELD C.A.B.A., deberá anualmente informar a la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación.
ARTICULO 4 La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial Nº450 de fecha 7 de abril de 2006 y en ésta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTICULO 2 para mantener o superar la categoría.
ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese; publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Dr. ANDRES J. LEIBOVICH, Subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.
e. 27/11/2013 Nº96352/13 v. 27/11/2013

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
Disposición Nº97/2013
Bs. As., 20/11/2013
VISTO el Expediente Nº 2002-7096-12-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD DE LA
NACION y las Resoluciones de este Ministerio Nº450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº1922 de fecha 6 de Diciembre de 2006; Nº1342 de fecha 10 de octubre de 2007; Nº908 de fecha 14
de junio de 2012; y las Disposiciones de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION
Y FISCALIZACION Nº29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y Nº11 de fecha 26 de marzo de 2010 y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/11/2013

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9390

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/07/2024

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