Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 27 de agosto de 2012

RESOLUCIONES

Secretaría de Comercio Exterior
MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución 97/2012
Dase por aceptada la renuncia al cargo de Director Nacional de Gestión Comercial Externa de la Secretaría de Comercio Exterior.
Bs. As., 23/8/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0279007/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, el Ingeniero Mecánico Don Pedro Andrés BERGARA M.I. Nº14.895.099, ha presentado su renuncia, a partir del día 31 de julio de 2012, al cargo, Nivel A, Función Ejecutiva II, de Director de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE
COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que la Dirección de Sumarios dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS informa que no existen constancias de tramitación de sumario administrativo donde se juzgue la conducta del citado funcionario.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.
Que a tenor de las facultades conferidas por el Artículo 1º, inciso c del Decreto Nº 101
de fecha 16 de enero de 1985, se procede disponer sobre el particular.
Por ello, LA SECRETARIA
DE COMERCIO EXTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1º Dase por aceptada, a partir del día 31 de julio de 2012, la renuncia presentada por el Ingeniero Mecánico Don Pedro Andrés BERGARA M.I. Nº 14.895.099 al cargo, Nivel A, Función Ejecutiva II, de Director de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 2º Agradécense al citado funcionario los servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Beatriz Paglieri.

Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 58/2012
Regístrese a empresa en el Registro de Servicios previsto por Decreto Nº 764/2000. Telefonía de larga Distancia Nacional e Internacional.

Bs. As., 19/7/2012
VISTO el Expediente Nº3399/2003 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES,
entonces dependiente del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:
Que la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS BRINKMANN LIMITADA
C.U.I.T. 30-54572450-9, solicitó el registro a su nombre de los servicios de Valor Agregado, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.
Que el Decreto Nº764 de fecha 3 de septiembre de 2000 aprobó, a través de su artículo 1º, el Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones.
Que el aludido Reglamento que compone el Anexo I del Decreto citado, estableció los principios y disposiciones que rigen el otorgamiento de la Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones, el registro de nuevos servicios y la prestación de servicios de telecomunicaciones.
Que dicho Reglamento establece en su artículo 5.3, que: Si el Prestador optara en el futuro por brindar un nuevo servicio de telecomunicaciones, distinto del originariamente informado, deberá poner en conocimiento de la Autoridad de Aplicación tal decisión con no menos de TREINTA 30 días de anticipación a la fecha en que prevé la iniciación del servicio
Que la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS BRINKMANN LIMITADA C.U.I.T. 30-54572450-9 es titular de la Licencia para la prestación del servicio de Telefonía Local, otorgada mediante Resolución Nº 114 de fecha 15 de diciembre de 2003, dictada por la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que se han expedido las áreas técnicas pertinentes de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, cuyos dictámenes dan cuenta del cumplimiento, por parte de la COOPERATIVA DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS BRINKMANN LIMITADA
C.U.I.T. 30-54572450-9, de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el registro de nuevos servicios de telecomunicaciones.
Que en virtud de lo dispuesto en el Reglamento citado precedentemente, corresponde el registro a nombre de la Licenciataria, de los servicios de Valor Agregado, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº1142 de fecha 26 de noviembre de 2003
y el Decreto Nº764 de fecha 3 de septiembre de 2000.
Por ello, EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Regístrese a nombre de la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
BRINKMANN LIMITADA C.U.I.T. 30-54572450-9, en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4. del artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, los servicios de Valor Agregado, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.
Art. 2º Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el artículo 40 y concordantes del Decreto Nº1759/72 t.o. Decreto Nº1883/91.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos L. Salas.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.467

8

Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 26/2012
Asígnase numeración geográfica a empresa.
Bs. As., 27/3/2012
VISTO el Expediente Nº2816/2011, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que mediante Resolución Nº106 de fecha 10 de julio de 2007 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, se aclaró que las Licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones oportunamente otorgadas a TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES SOCIEDAD ANONIMA CUIT 30-67881435-7 a través de las Resoluciones Nº35 de fecha 17 de enero de 1996 dictada por la ex SECRETARIA DE ENERGIA, TRANSPORTE Y
COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS para la prestación del Servicio de Telefonía Móvil; Resolución Nº32 de fecha 25 de abril de 1996 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES
entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION para la prestación de los Servicios de Valor Agregado, y Transmisión de Datos; Resolución Nº1371 de fecha 3 de junio de 1998 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION para los Servicios de Aviso a Personas y Radioeléctrico de Concentración de Enlaces; Resolución Nº18.325 de fecha 29 de junio de 1999 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACION para el Servicio de Comunicaciones Personales PCS y por Resolución Nº252
de fecha 28 de noviembre de 2002 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES
entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA para los Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, deberán entenderse otorgadas a nombre de TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA quien resulta continuadora de TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES SOCIEDAD ANONIMA.
Que el Prestador TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado numeración geográfica para ser utilizada en los Servicios de Radiocomunicaciones Móvil Celular SRMC, Telefonía Móvil STM y Comunicaciones Personales PCS, en la modalidad abonado llamante paga CPP, y en la modalidad abonado llamado paga MPP, para diversas Localidades del país.
Que han tomado debida intervención las Areas Técnicas específicas de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, y habiendo analizado las cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas localidades, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerado procedente la asignación peticionada.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 del Anexo II del Decreto Nº764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto Nº1142
de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello, EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Asígnase a TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA numeración geográfica para ser utilizada según se indica en el Anexo que forma parte de la presente.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos L. Salas.
ANEXO
Numeración que se asigna:
TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A.
SERVICIO DE RADIOCOMUNICACIONES MOVIL CELULAR/SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL/
SERVICIO DE COMUNICACIONES PERSONALES SRMC/STM/PCS en la Modalidad Abonado Llamante Paga CPP
LOCALIDAD
28 DE NOVIEMBRE
28 DE NOVIEMBRE
28 DE NOVIEMBRE
30 DE AGOSTO
30 DE AGOSTO
ABRA PAMPA
ABRA PAMPA
ABRA PAMPA
ACEVEDO
ADOLFO GONZALEZ CHAVES
ADOLFO GONZALEZ CHAVES
ADOLFO GONZALEZ CHAVES
AGRELO

INDICATIVO
INTERURBANO
2902
2902
2902
2392
2392
3887
3887
3887
2477
2983
2983
2983
261

NUMERO LOCAL
453hij 454hij 455hij 685hij 686hij 477hij 478hij 479hij 394hij 682hij 683hij 684hij 2103hij
CANTIDAD DE
NUMEROS
1.000
1.000
1.000
1.000
1.000
1.000
1.000
1.000
1.000
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1.000
1.000
1.000

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/08/2012

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9383

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/07/2024

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