Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2010 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 27 de setiembre de 2010

BOLETIN OFICIAL Nº 31.995
Concepto Guardería
CONVENCIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO

$
325.-

61

Forma de Pago Pago Mensual
SEGUNDO: Las condiciones del artículo referido, mantienen su plena vigencia, con excepción de lo expresamente establecido en el Punto Primero del presente.
Las partes acuerdan asimismo, solicitar a la Autoridad de Aplicación, la pertinente homologación del presente acuerdo.

% 61 %

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO

En prueba de conformidad, se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

% 61 %

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº990/2010

SECRETARIA DE TRABAJO

Registro Nº1042/2010

Resolución Nº991/2010

Bs. As., 23/7/2010
VISTO el Expediente Nº1.381.221/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la FEDERACION DE
ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS
ARGENTINOS y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que bajo el acuerdo traído a estudio se actualiza el valor del Subsidio por Guardería previsto en el artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº497/02 E.
Que el Convenio Colectivo de referencia fue oportunamente suscripto por las partes del presente y la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES
U.P.J.ET.
Que en consecuencia y respecto al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se establece exclusivamente para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 497/02 E y que laboran para la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Registro Nº1043/2010
Bs. As., 23/7/2010
VISTO el Expediente Nº1.382.539/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES
DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO SI.TRA.TEL y la empresa TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 2 del Expediente Nº1.382.539/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que el acuerdo de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº728/05 E.
Que mediante el presente acuerdo, las partes convienen actualizar el valor correspondiente al subsidio por Guardería previsto en el artículo 60, Anexo III del convenio marco, a partir del 1 de octubre de 2009.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que los Delegados del Personal han tomado la intervención que les compete en los términos del Artículo 17 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la FEDERACION
DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS
ARGENTINOS y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 del Expediente Nº1.381.221/10, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo, obrante a fojas 2 del Expediente Nº1.381.221/10.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº497/02 E.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.381.221/10
Buenos Aires, 28 de julio de 2010
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 990/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1042/10.
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárese homologado el Acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO SI.TRA.TEL y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 2 del Expediente Nº1.382.539/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 2 del expediente Nº1.382.539/10.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº728/05 E.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.382.539/10
Buenos Aires, 28 de julio de 2010

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 7 días del mes de octubre de 2009, se reúnen, los Sres. José Magno y Eduardo García Beaumont, en representación de F.O.P.S.T.T.A. Federación de Organizaciones del Personal de Supervisión y Técnicos Telefónicos Argentinos, y por la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. los Sres. Marcelo Villegas, Roberto Traficante, Mariano Oscar Muñoz y Jorge Locatelli, quienes acuerdan lo siguiente:

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 991/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1043/10.
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

PRIMERO: Modificar con vigencia a partir del 1/10/2009 el valor del Subsidio por Guardería artículo 42, previsto en el Anexo V del CCT 497/02 E, el cual quedará fijado de la siguiente manera:

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 7 días del mes de octubre de 2009, se reúnen, por una parte, los Sres. Claudio César, Darío Quintanilla, Héctor Medina y Jorge Aquino,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2010 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/09/2010

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9416

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/08/2024

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